Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
28-02-2011

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110228-84

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

84
Ordenanza edificación y uso del suelo

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada de fecha 3 de febrero de 2011, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Proposición del concejal-delegado de Urbanismo, Inspección, Patrimonio y Cultura, sobre aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de la Intervención Administrativa del Ayuntamiento de Getafe, en materia de edificación y uso del suelo.

Visto el dictamen favorable de la Comisión Permanente de Urbanismo, Desarrollo Industrial y Territorial y Medio Ambiente de fecha 27 de enero de 2011, la proposición de referencia de fecha 26 de enero de 2011, la ordenanza, el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión ordinaria celebrada el 7 de octubre de 2010 sobre aprobación inicial, el anuncio de publicación del mencionado acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 11 de noviembre de 2010 (número 270), la diligencia acreditativa de exposición de dicho acuerdo en el tablón de anuncios del Ayuntamiento desde el 18 de octubre al 23 de noviembre de 2010, el escrito del jefe de Negociado del Registro General de fecha 27 de enero de 2011, haciendo constar que no se han presentado reclamaciones a la ordenanza de referencia durante el período de exposición pública, así como el informe de la jefa de la Sección de Disciplina Urbanística, de 26 de enero de 2011, y demás documentación obrante en el expediente.

Se somete a votación el dictamen y por mayoría de 14 votos a favor: 11 votos de los concejales del PSOE, tres votos de los concejales de IU y nueve abstenciones de los concejales del PP, se adopta el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar las modificaciones de oficio al acuerdo inicial adoptado por el Ayuntamiento Pleno el 7 de octubre de 2010, contenidas en el informe de la jefa de la Sección de Disciplina Urbanística, de 26 de enero de 2011, siguientes:

— Se corrige la terminología del proyecto de ordenanza en relación a las comunicaciones previas de obras y a las declaraciones responsables incorporando la terminología de la Ley de Bases del Régimen Local.

— Se modifica y unifica la terminología del proyecto de ordenanza en cuanto a las licencias de actividad, se elimina el término inocua y se sustituye por licencia de actividad e instalación sin evaluación ambiental, por contraposición a las licencias de actividad e instalación con evaluación ambiental. También se unifica la terminología para las actividades que precisan declaración responsable para su funcionamiento.

— Se incorporan las definiciones de comunicación previa de obras y declaración responsable.

— Se modifica el artículo 34. Alineación oficial, incluyendo en él, tanto la definición como los aspectos regulados referentes a la rasante oficial.

— En el anexo I, asignación de procedimientos, se han definido con más precisión las clases de obras que pueden tramitarse por el procedimiento inmediato. Son obras de pequeña entidad constructiva, obras de mantenimiento y conservación, de acondicionamiento, que, por sus características, se adaptan más al nuevo procedimiento asignado. Por tanto, en estas clases de obras cambia la tramitación del procedimiento abreviado al inmediato.

— Del mismo modo, la licencia de derribo cambia su tramitación del procedimiento normal abreviado.

— En el anexo II, documentación a presentar según los distintos procedimientos y clases de licencias, se ha definido con más precisión la documentación a presentar en los casos de declaraciones responsables de funcionamiento de industrias y locales y se ha incluido la correspondiente a las cédulas urbanísticas.

Segundo.—Aprobar definitivamente la ordenanza reguladora de la intervención administrativa del Ayuntamiento de Getafe en materia de edificación y uso del suelo municipal que consta de tres títulos, con 105 artículos, una disposición adicional, una disposición final y tres anexos.

Tercero.—Publicar el texto integro de la ordenanza en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se procede a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del texto íntegro de la ordenanza citada.

(03/6.236/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110228-84