Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
28-02-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110228-188

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

188
Demanda 1.059 de 2009

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.059 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Remus Petrica Lica, contra “Fraternidad Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, “Sallafra Reformas y Construcciones, Sociedad Limitada”, “Internacional de Comercio e Industria, Sociedad Anónima”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 625 de 2010

En Madrid, a 9 de diciembre de 2011.—Doña María Luisa Gil Meana, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre Seguridad Social, entre partes: de una, y como demandante, don Remus Petrica Lica, que comparece asistido del letrado don José Ramón Anunciabay Cejudo, y de otra, como demandados, “Fraternidad Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, representada por el letrado don Santiago Bianqui Rebagliato; “Sallafra Reformas y Construcciones, Sociedad Limitada”, “Internacional de Comercio e Industria, Sociedad Anónima”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que con estimación de la demanda presentada por don Remus Petrica Lica, contra “Fraternidad Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, “Sallafra Reformas y Construcciones, Sociedad Limitada”, “Internacional de Comercio e Industria, Sociedad Anónima”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, debo declarar y declaro al actor afecto a incapacidad permanente total con derecho al percibo de una pensión vitalicia del 55 por 100 de una base reguladora de 1.006,40 euros y efectos de 11 de febrero de 2009.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sallafra Reformas y Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 31 de enero de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/4.718/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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