Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 49

Fecha del Boletín 
28-02-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110228-142

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

142
Demanda 1.103 de 2010

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.103 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Margarita Ortiz Olmo, contra la empresa “Elca Infraestructuras, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 24 de enero de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 26 de 2011

En Madrid, a 24 de enero de 2011.—Doña Teresa Orellana Carrasco, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 20 de Madrid y su provincia, tras haber visto los presentes autos sobre despido, seguido a instancias de doña Margarita Ortiz Olmo, contra la empresa “Elca Infraestructuras, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, en nombre de Su Majestad el Rey ha pronunciado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Margarita Ortiz Olmo, contra la empresa “Elca Infraestructuras, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, debo declarar y declaro nulo el despido de la actora con efectos de fecha 31 de julio de 2010, condenando a la empresa demandada a que abone a la actora la suma de 31.627,65 euros en concepto de indemnización, con abono de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido a la de esta resolución, que ascienden a la suma de 21.953,31 euros, declarando con esta fecha extinguida la relación laboral.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y frente a ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de la parte o de su abogado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número de cuenta 2518 en “Banesto”, en la calle Orense, número 19, de Madrid (haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento).

Asimismo, deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 150 euros en concepto de depósito.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Elca Infraestructuras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de enero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.407/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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