Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110225-178

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

178
Demanda 22 de 2011

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario del Juzgado de lo social número 9 de los de Madrid y su provincia.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución 22 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mónica Gabriela Ibujes Castillo, contra la empresa “Publicaciones Roelto, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva se acompaña.

Auto

En Madrid, a 1 de febrero de 2011.

Parte dispositiva:

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor de la ejecutante doña Mónica Gabriela Ibujes Castillo, frente a “Publicaciones Roelto, Sociedad Limitada”, parte ejecutada.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto.

Así, por este auto, lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez en funciones, Carmen Camargo Sánchez.

Diligencia de ordenación del secretario judicial don Rafael Lozano Terrazas.—En Madrid, a 1 de febrero de 2011.

Únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, a sentencia de fecha 4 de noviembre de 2010, a la empresa “Publicaciones Roelto, Sociedad Limitada”, en favor de la demandante doña Mónica Gabriela Ibujes Castillo y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en calle Hernani, número 59, el día 9 de marzo de 2011, a las once y diez horas, que soplo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Citéselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.

Notifíquese a las partes esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspendará la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184 de la Ley de Procedimiento Laboral).—El secretario judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Publicaciones Roelto, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de febrero de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/5.163/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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