Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110225-234

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 22

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

234
Ejecución 17 de 2011

Doña Ana María Olalla del Olmo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 22 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 17 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel Camarena Navas contra la empresa “Alza Abogados y Fiscalistas, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 28 de febrero de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante, don Miguel Ángel Camarena Navas frente a “Alza Abogados y Fiscalistas, Sociedad Anónima”.

En consecuencia, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 278 de la Ley de Procedimiento Laboral, se acuerda citar a las partes a comparecencia para el examen de las manifestaciones invocadas en el escrito de la parte actora en orden al cumplimiento de lo fallado, por lo que deberán acudir con los medios de prueba de que intenten valerse a la Sala de vistas de este Juzgado el día 14 de marzo de 2011, a las once y diez horas, advirtiéndoles de que, si no asistiese el trabajador o persona que lo represente, se le tendrá por desistido de su solicitud, y de que si no lo hace el empresario o su representante, se celebrará el acto sin su presencia.

Recábese telemáticamente de la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social informe de la vida laboral del trabajador y, adviértase, asimismo, a la parte actora de que, a efectos del cómputo de los salarios de tramitación, deberá acreditarse a través de la presentación de las correspondientes nóminas el período de presentación de servicios en otra empresa, entendiéndose en otro caso que el salario percibido es igual o superior al que tenía con anterioridad (artículo 56.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto.—La secretaria juidicial.—El magistrado-juez.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alza Abogados y Fiscalistas, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de enero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/5.460/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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