Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2011

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110225-68

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Planeamiento Urbanístico

Subdirección General de Planificación General y Periferia Urbana

68
Aprobación definitiva Plan Especial modificación ordenación pormenorizada Área Planeamiento Específico APE 09.21, Fuente del Rey

Aprobación definitiva del Plan Especial para la modificación de la ordenación pormenorizada del Área de Planeamiento Específico APE 09.21 “Fuente del Rey” distrito de Moncloa-Aravaca.

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 30 de noviembre de 2010, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Aprobar definitivamente, al amparo del artículo 59, en relación con el 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial para la modificación de la ordenación pormenorizada del Área de Planeamiento Específico APE 09.21, “Fuente del Rey”, Distrito Moncloa-Aravaca.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid».

Lo que se publica para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, significando que ha sido entregado con fecha 14 de diciembre de 2010 un ejemplar del Plan Especial aprobado en el Registro de Planes de Ordenación Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo previsto en los artículos 58.2 y 60.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se señala que contra el presente acuerdo procederá, conforme a lo previsto en el artículo 107.3 de la citada Ley 30/1992, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación o, en su caso, de la notificación individual del presente acuerdo, conforme a lo previsto en los artículos 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.

Asimismo, y en cumplimiento del artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se procede a la publicación de las Ordenanzas recogidas en el presente Plan Especial:

ARTICULACIÓN DE LA MODIFICACIÓN

La modificación de la ordenación pormenorizada del APE 09.21, “Fuente del Rey”, objeto del Plan Especial, se articula mediante la inclusión de nuevos apartados en las “Observaciones y determinaciones complementarias” que figuran en la correspondiente casilla de la ficha de condiciones particulares del APE 09.21, “Fuente del Rey”, resultando el texto que a continuación se relaciona:

Ámbitos de ordenación. Suelo urbano.

— Áreas de Planeamiento Específico APE.

— Condiciones particulares: APE.09.21.

— Nombre: “Fuente del Rey”.

— Figura de ordenación: norma zonal.

— Distrito: Moncloa-Aravaca.

— Hoja referencia del Plan General: O-051/7 O-058/1.

OBSERVACIONES Y DETERMINACIONES COMPLEMENTARIAS

1. La edificabilidad máxima del ámbito será la que resulte de multiplicar el aprovechamiento tipo asignado en la casilla de “gestión” por la superficie total del ámbito, excluidos los terrenos afectos a dotaciones públicas ya existentes.

2. Serán de aplicación las condiciones particulares de la norma zonal 7.1, “Edificación de baja densidad”, con las siguientes precisiones:

2.1. Condiciones de nueva edificación:

a) Posición de la edificación [artículo 8.7.6.1.a)]: el retranqueo mínimo respecto a las alineaciones oficiales será de 5 metros.

b) Altura de la edificación (artículo 8.7.11.1): la edificación no podrá sobrepasar cuatro plantas ni una altura a cornisa superior a 1.450 centímetros medida desde la rasante del terreno en contacto con la edificación. En ningún caso, podrá exceder más de 10,50 metros de altura a cornisa medida desde el nivel del nuevo vial previsto como prolongación de la calle Camarines, desde su intercesión con la calle Tamajón hasta el extremo Sur de la calle de Buenafuente.

c) Condiciones estéticas (artículo 8.7.15.1): no es exigible que la edificación sea inscribible en un círculo de diámetro igual a 30 metros.

2.2. Régimen de usos:

— Uso cualificado: servicios terciarios.

Se excluye la categoría de gran superficie comercial, así como de uso terciario recreativo en su categoría de i) (Salas de reunión) y iii) (Espectáculos).

— Uso compatible: tanto complementario como alternativo dotacional privado servicios colectivos.

3. El Proyecto de Urbanización y su posterior ejecución deberá dar solución a:

3.1. La conexión rodada entre la calle de nueva apertura y la calle Buenafuente que, dadas las estrictas secciones de viario, se considerará la oportunidad de su tratamiento como calles compartidas. Este tratamiento puede facilitar la solución de cornisa-mirador sobre el parque, localizada en el citado encuentro, desde la cual se plantearán los accesos peatonales a la zona verde (escaleras y rampas) y a la calle Hiendelaencina.

3.2. La urbanización de la zona verde resolverá el tratamiento de los encuentros con los bordes edificados colindantes y con las nuevas vías públicas que se proyecten, respetando el pozo y el viaje de agua del sistema hidráulico de la Fuente del Rey.

4. Se considerará vinculante la superficie para usos dotacionales públicos (excepto vías públicas).

5. La relocalización de la Fuente del Rey se efectuará, en su caso, siguiendo las instrucciones de los órganos competentes.

Madrid, a 22 de diciembre de 2010.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/12.755/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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