Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 47

Fecha del Boletín 
25-02-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110225-199

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

199
Ejecución 309 de 2010

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 309 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Enrique José Díaz Castro, contra la empresa “SHS Dehtschland, GmbH”, sobre despido, se ha dictado resolución en fecha 18 de enero de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña María José Ceballos Reinoso.—En Madrid, a 18 de enero de 2011.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de parte del acta de conciliación a favor de la parte ejecutante doña Eva María Rebodero López, doña Paloma Díaz Martínez, doña María Díaz Martínez y doña Eva Amasilis Díaz Robeder, frente a “SHS Dehtschland, GmbH”, “SHS Viveon, AG”, “SHS Polar Sistemas Informáticos, Sociedad Limitada”, y “SHS Viveon Ibérica, Sociedad Limitada”, por un principal de 10.000 euros, más 1.000 euros en concepto de intereses y 1.000 euros de costas calculados provisionalmente, en forma solidaria.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “SHS Dehtschland, GmbH”, “SHS Viveon, AG”, “SHS Viveon Ibérica, Sociedad Limitada”, y “SHS Polar Sistemas Informáticos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de enero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/4.522/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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