Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
23-02-2011

Sección 1.2.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110223-3

Páginas: 105


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

3
RESOLUCIÓN de 11 de febrero de 2011, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se hacen públicas las plantillas y vacantes de los centros docentes dependientes de la Consejería de Educación donde imparten enseñanzas los funcionarios de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño.

Teniendo en cuenta la planificación educativa prevista para el curso 2011-2012 y de conformidad con lo dispuesto en la base 2 de la Resolución de 5 de noviembre de 2010 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 19), por la que se convoca concurso de traslados de funcionarios docentes de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, procede determinar las plantillas y vacantes de los centros docentes dependientes de esta Consejería, donde imparten enseñanza los integrantes de los citados Cuerpos.

Esta Dirección General

HA RESUELTO

Primero

Hacer pública la relación provisional de las plantillas y plazas vacantes en los centros que se indican en los Anexos a la presente Resolución:

Anexo III.A. En los Institutos de Educación Secundaria y Secciones de Educación Secundaria existirán las plantillas correspondientes a los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de Formación Profesional que figuran en este Anexo.

Anexo III.b. En los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica existirán las plantillas correspondientes a los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria y de Profesores Técnicos de Formación Profesional de las especialidades que figuran en este Anexo.

Anexos III.c1 y c2. En los Centros de Educación Permanente de Adultos existirán las plantillas correspondientes a los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria que figuran en este Anexo.

Anexo III.d. En los Centros de Educación Especial existirán las plantillas correspondientes a los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria y Técnicos de Formación Profesional de las especialidades que figuran es este Anexo.

Anexo IV. En las Escuelas Oficiales de Idiomas existirán las plantillas correspondientes a los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas de las especialidades que figuran en este Anexo.

Anexo V. En los Conservatorios Superiores y Profesionales de Música, Danza; Real Escuela Superior de Arte Dramático, y Escuela Superior de Canto existirán las plantillas correspondientes a los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas para las especialidades que figuran en este Anexo.

Anexo VI. En las Escuelas de Artes y Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales existirán las plantillas correspondientes a los Cuerpos de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño para las especialidades que figuran en este Anexo.

En los Anexos se ha incluido, además de las plantillas y vacantes, un recuadro en el que figura el termino Blg.: Que es el indicador de las plazas bilingües, 0: Plaza no bilingüe, 1: Francés, 2: Inglés, 3: Alemán.

Segundo

Tendrán la consideración de vacantes, y por ello podrán ser objeto de concurso, las plazas vacantes en cada centro, de acuerdo con los datos de los citados Anexos III.A, III.b, III.c1, III.c2, III.d, IV, V y VI a la presente Resolución y aquellas que se originen en la forma prevista en la base 2 de la Resolución de 5 de noviembre de 2010 (resultas), siempre que su funcionamiento se encuentre previsto en la planificación general educativa.

Tercero

Las Direcciones de Áreas Territoriales y demás Órganos competentes de la Consejería de Educación comunicarán a la Dirección General de Educación Secundaria y Enseñanzas Profesionales y a la Dirección General Educación Infantil y Primaria, según proceda, cuantas observaciones se susciten en relación con estas plantillas.

Cuarto

Las Direcciones de Área Territorial remitirán a la Dirección General de Recursos Humanos las modificaciones correspondientes que puedan afectar a las ocupadas y plazas libres.

Quinto

Consideradas o no las observaciones anteriores, se procederá a la determinación y publicación de la relación definitiva de plantillas y vacantes de los centros que se recogen en los Anexos de esta Resolución.

Madrid, a 11 de febrero de 2011.—El Director General, Miguel José Zurita Becerril.

ANEXO III.A

INSTITUTOS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA

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ANEXO III.b

EQUIPOS DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA Y PSICOPEDAGÓGICA GENERALES, ESPECÍFICOS Y DE ATENCIÓN TEMPRANA

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ANEXO III.c1

CENTROS DE EDUCACIÓN DE PERSONAS ADULTAS

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ANEXO III.c2

CENTROS DE PERSONAS ADULTAS EN CENTROS PENITENCIARIOS

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ANEXO III.d

CENTROS DE EDUCACIÓN ESPECIAL

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ANEXO IV

ESCUELAS DE IDIOMAS

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ANEXO V

CENTROS DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS

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ANEXO VI

CENTROS DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO

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(03/6.164/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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