Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 45

Fecha del Boletín 
23-02-2011

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110223-31

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CASARRUBUELOS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Concejalías-delegadas

Se hacen públicos los siguientes decretos de Alcaldía, de 14 de febrero de 2011, en ejercicio de las competencias conferidas por los artículos 21.3 y 23.4 de la Ley 7/1985, de Bases del Régimen Local; los artículos 43 al 47 y 52 y 53 del Real Decreto 2568/1986, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, y el artículo 30.3 de la Ley 2/2003, de Administración Local de la Comunidad de Madrid:

1. Concejalías-delegadas:

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Todos los concejales-delegados tienen atribución de resolver actos administrativos que afectan a terceros. Además, el concejal-delegado de Hacienda tiene delegada:

— Gestión, liquidación de los ingresos locales con carácter general.

— Formar e impulsar los proyectos de ordenanzas fiscales.

— Formar, impulsar y gestionar el presupuesto general y su ejecución.

— Dirigir, impulsar y proponer cuantas medidas sean pertinentes en los servicios de contabilidad recaudación de cuentas y custodia de fondos

— Promoción, impulso, gestión, propuestas y análisis de la actividad económica del municipio.

2. Designación de miembros de la Junta de Gobierno Local: se nombra a los siguientes concejales:

— Don Justo Carbonell Gómez.

— Don Álvaro Sánchez Vara.

— Don Vicente Astillero Ballesteros.

— Será suplente don Manuel Rodríguez González.

3. Nombramiento de tenientes de alcalde: se nombra a los miembros de la Junta de Gobierno Local:

— Primer teniente de alcalde: don Justo Carbonell Gómez.

— Segundo teniente de alcalde: don Álvaro Sánchez Vara.

— Tercer teniente de alcalde: don Vicente José Astillero Ballesteros.

A los efectos de que, en caso de ausencia, vacante o enfermedad de esta Alcaldía, establecerá mediante decreto la duración de su ausencia, designando el teniente de alcalde que tenga que asumir sus competencias. Los tenientes de alcalde afectados tendrán que mantener informada a esta Alcaldía del ejercicio de sus atribuciones como alcalde accidental, no pudiendo, en el citado ejercicio, modificar las delegaciones ya efectuadas por esta Alcaldía con anterioridad ni otorgar otras nuevas.

Estas delegaciones y nombramientos han sido notificados y aceptados por sus destinatarios, y se ha dado cuenta de ellos al Pleno del Ayuntamiento en sesión de 18 de febrero de 2011.

Casarrubuelos, a 18 de febrero de 2011.—La alcaldesa, María Soledad Lavin Hernando.

(03/6.349/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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