Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 44

Fecha del Boletín 
22-02-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110222-298

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE BADAJOZ NÚMERO 2

EDICTO

298
Ejecución 14 de 2011

Don Fernando Barrantes Fernández, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2, de Badajoz.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 14 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Joaquín Malabe Ambrosio, contra la empresa “Ekena Ibérica, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Decreto

En Badajoz, a 5 de enero de 2011.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

1.o El embargo de los saldos existentes en las siguientes entidades bancarias y como propiedad de la empresa ejecutada “Ekena Ibérica”: “Fundación Caja de Ahorros Castilla-La Mancha”, “Caja de Ahorros y Monte de Piedad Zaragoza-Aragón-Rioja”, “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, “Caja Rural de Toledo, Sociedad Cooperativa de Crédito”, “Caja de Horros y Monte de Piedad de Madrid” y “Banco Popular Español, Sociedad Anónima”, debiendo ingresar los mencionados saldos en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” que este Juzgado tiene abierta en “Banesto”, oficina 5012, entidad 0030 y para el expediente número 0338000064001411, librándose los correspondientes oficios a las distintas entidades.

2.o Líbrense oficios a los organismos públicos para que certifiquen sobre la propiedad de los posibles bienes de la empresa ejecutada, debiendo embargarse las cantidades que la misma tenga a su favor por devoluciones al impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido y otros impuestos en la Agencia Tributaria. No librándose oficio al Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, toda vez que consultado el Punto Neutro Judicial no constan como propiedad de la ejecutada bienes inmuebles.

3.o Estese a la espera del resultado de las diligencias acordadas, debiendo decidir si se decretan otras nuevas, todo con el objeto de hacer efectivas las cantidades reclamadas en el presente procedimiento y expresadas en el antecedente único.

Notifíquese a las partes y a la ejecutada por medio de edicto que se publicará el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 186 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 0338000064001711 en “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa ejecutada “Ekena Ibérica, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Badajoz, a 5 de enero de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/3.495/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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