Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
16-02-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110216-382

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE PAMPLONA NÚMERO 4

EDICTO DE NOTIFICACIÓN

382
Ejecución 125 de 2010

En el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 125 de 2010, seguido en este Juzgado a instancias de doña Araceli Ortiz Somovilla, contra “Jareche Consulting, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución en el día de la fecha que contiene la siguiente parte dispositiva:

Primero.—Procédase, sin previo requerimiento de pago, al embargo de bienes de la parte ejecutada “Jareche Consulting, Sociedad Limitada”, suficientes a cubrir las siguientes cantidades:

1. La de 6.050,03 euros como principal.

2. La de 363 euros que se calcula para intereses.

3. La de 605 euros presupuestada para costas.

Se significa a la deudora que podrá efectuar el pago de las cantidades reclamadas mediante ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en la entidad “Banesto” con número 00301846420005001274, al concepto 4148000064.0125.10.

Ofíciese al Servicio de Índices del Registro de la Propiedad, así como al Registro de la Propiedad correspondiente al domicilio de la parte ejecutada a fin de que faciliten la relación de todos los bienes o derechos de la misma de los que tengan constancia, y únase la nota informativa relativa a la titularidad de vehículos de la parte ejecutada.

Requiérase a la deudora, o persona que legalmente le represente, para que en el plazo de diez días, de no haber abonado en su totalidad las cantidades objeto de ejecución y sin perjuicio de los bienes embargados, presente manifestación de sus bienes y derechos con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades, sirviendo la notificación de la presente resolución de requerimiento en forma.

Segundo.—Únase la nota obtenida de las aplicaciones informáticas de acceso a las bases de datos de la Hacienda Tributaria de Navarra, Agencia Estatal de Administración Tributaria, Dirección General de Tráfico y Tesorería General de la Seguridad Social, y visto su contenido, se declara el embargo de los siguientes bienes o derechos de la parte ejecutada.

Cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Foral de Navarra y la Agencia Estatal Tributaria a la persona o empresa ejecutada por el impuesto sobre la renta de las personas físicas o impuesto sobre el valor añadido, según la personalidad jurídica de la parte ejecutada, o por cualquier otro concepto, hasta cubrir las cantidades objeto de apremio.

Créditos que la parte ejecutada ostente frente a “Jao Lucigás, Sociedad Limitada”, y “Comercial Vital Santo Tomás, Sociedad Limitada”, a las que se librará oficio para que en el plazo de cinco días transfieran a la cuenta de este Juzgado la suma total de las cantidades pendientes en la ejecutoria, o sucesivas que adeude, hasta cubrir el total del importe, bajo las advertencias y apercibimientos legales en caso de incumplimiento.

El vehículo matrícula M-3412-YC, librándose al efecto mandamiento por duplicado al Registro de Bienes Muebles correspondiente para que tenga lugar la anotación del embargo trabado, reclamándose al tiempo certificación de cargas y gravámenes a que se encuentre afecto, incluso de las que consten en la Dirección General de Tráfico.

Estando la empresa ejecutada en paradero desconocido, líbrese edicto BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para la notificación de la presente resolución a la ejecutada, y póngase en conocimiento del Fondo de Garantía Salarial a los efectos oportunos.

Se advierte a la destinataria que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Jareche Consulting, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Pamplona, a 18 de enero de 2011.—El secretario judicial, Alfonso Pérez Ruiz.

(03/3.150/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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