Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
16-02-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110216-210

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

210
Ejecución 372 de 2010

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 77 de 2010, ejecución número 372 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alejandro Romero Sánchez, contra la empresa “Construcciones Izcaragua, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

En Madrid, a 14 de enero de 2011.—En atención a lo expuesto,

Parte dispositiva:

No ha lugar a despachar la ejecución interesada, por encontrarse la entidad ejecutada “Construcciones Izcaragua, Sociedad Limitada”, en situación de concurso, siendo los administradores concursales don Ignacio Zornoza Pérez, don Luis J. Fernández Arimany, don José Andrés Martín Jiménez.

Hágase entrega a la parte actora de testimonio de la demanda y sentencia recaída en este procedimiento, así como de la presente resolución, y archívense las actuaciones previa baja en el libro correspondiente.

Así por este auto lo pronuncio mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Isabel Sánchez Peña.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Izcaragua, Sociedad Limitada, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de enero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/2.989/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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