Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
16-02-2011

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110216-29

Páginas: 17


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Tesorería General de la Seguridad Social

Dirección Provincial de Madrid

29
Notificación de bienes inmuebles

URE 28/03.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE BIENES INMUEBLES (TVA 603).

Don Nicasio Fuentes Cobos, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/03 de Madrid, con domicilio en la c/ Fuencarral 77 - 4ª planta Madrid.

HACE SABER: Que tramitando se en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo, expediente ejecutivo de apremio 28 03 08 00307556 contra del deudor CAMPIÑA COT SARA, C.C.C.: 10 28170395244 DNI/CIF 001073357Q Numero de Documento 28 03 603 11 008209676 por deudas a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:

“PROVIDENCIA: Una vez autorizada con fecha 25 de 11 de 2011 la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el deudor, proceda se a la celebración de la subasta el día 29 de 03 de 2011, a las 10,00 horas en C/ Agustín de Foxa 28,30 de MADRID, y observen se en su tramite y realización las prescripciones de los artículos 114 y 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como el tipo de subasta, son lo sindicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor, al depositario de los bienes embragados, al cónyuge, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes”.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

1. Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta son los indicados en Providencia de subasta.

2. Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es titulo mediante el cual efectuarse la inmatriculación en los terminaos previstos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Titulo VI de dicha Ley.

3. Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

4. Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial estableciendo al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas DE 04/02/2011 a 28/03/2011. Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañado a cada postura cheque conformado a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por 100 del tipo de la subasta.

5. Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por 100 del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un deposito del 30 por 100 del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente deposito.

6. Las posturas verbales que se hayan formulado deberán guardar una diferencia entre ellas, al menos, el 2 por 100 del tipo de subasta.

7. El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiere incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no afectividad de la adjudicación.

8. La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargo y costas del procedimiento, procediendo, en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieren formalizado para la constitución del deposito.

9. Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración.

10. Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de 30 días; en este caso, se adjudicara el bien subastado, notificaciones así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el deposito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho.

11. Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y regístrales, serán siempre a cargo del adjudicatario.

12. Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificada, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.

13. En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento de Recaudación citado.

ADVERTENCIAS:

De acuerdo con lo establecido en la Ley 49/60, de 21 de julio, sobre Propiedad Horizontal en la redacción dad por la Ley 8/99, será a cargo del adquirente de una vivienda o local en régimen de propiedad horizontal los gastos que queden pendientes de pago. El depósito que se constituya en el mismo día de la subasta por un 30 por 100 del tipo ha de ser mediante cheque certificado, visado o conformado, y nominativo a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Madrid, a 3 de febrero de 2011.-El Recaudador Ejecutivo.

RELACIÓN ADJUNTA DE BIENES (QUE SE SUBASTAN).

EL DEUDOR: CAMPIÑA COT SARA.

Finca numero: 01.

DATOS FINCA URBANA.

DESCRIPCIÓN FINCA: 100 POR 100 PLENO DOMINIO CON CARÁCTER GANANCIAL.

TIPO VÍA.: CL NOMBRE DE LA VÍA.: SANTIAGO BERNABEU NÚMERO VÍA: 16 BIS-NÚMERO VÍA: ESCALERA: PISO: 1 PUERTA: DE CODIGO-POSTAL: 28036 COD-MUNI.: 28079.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG.: 14 TOMO: 0919 NÚMERO LIBRO: 491 NÚMERO FOLIO 0138 NÚMERO FINCA: 19952.

IMPORTE DE LA TASACIÓN: 865.680,00.

CARGAS QUE DEBERÁN QUEDAR SUBSISTENTES.

CARGA: HIPOTECA IMPORTE: 161.019,87.

TIPO DE SUBASTA: 704.660,13.

DESCRIPCIÓN AMPLIADA:

SE EMBARGA 100 POR 100 PLENO DOMINIO POR COMPRAVENTA CARÁCTER GA- NANCIAL.

URBANA C/ SANTIAGO BERNABEU 16 1º DCHA 180,35 M2 CONSTRUIDOS.

LINDA EN EL FRENTE, ENTRADO, CON VESTIBULO DE ASCENSOR PRINCIPAL; FONDO, CON EL PISO IZQUIERDA DE LA MISMA PLANTA DE LA CASA NÚMERO 13 DE PS DE LA HABANA: IZQUIERDA, CON EL PISO IZQUIERDA DE LA MISMA PLANTA, C/ SANTIAGO BERNABEU Y CHAFLAN FORMADO POR DICHA CALLE Y PS DE LA HABANA Y DERECHA, CON HUECO ASCENSOR, VESTIBULO DE SERVICIO Y PATIO MANCOMUNADO DE LA CASA A QUE PERTENECE ESTE PISO Y LA NÚMERO 13 DEL PS DE LA HABANA.

ANEJO TRASTERO NÚMERO 1 EN SOTANO DE 3,12 METROS CUADRADOS.

REFERENCIA CATASTRAL 1681812VK4718B0004XL.

Madrid, 3 de febrero de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, NICASIO FUENTES COBOS.

EDICTO DE PROVIDENCIA PARA LA PRORROGA DE ANOTACION PREVENTIVA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Don Nicasio Fuentes Cobos, Recaudador Ejecutivo de la URE 2803 de Madrid, con domicilio en la calle Fuencarral 77 - 4º planta.

HACE SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, contra TRIVIÑO LUCENA MIGUEL ANGEL, por deudas a la Seguridad Social por el Régimen Autónomos y cuyo último domicilio conocido es el CL GENERAL ALVAREZ DE CASTRO 12 de MADRID, se procedió con fecha de 16 de DICIEMBRE de 2010 el Mandamiento de prorroga de Anotación Preventiva de embargo de bienes inmuebles, cuya providencia a continuación se transcribe:

Tipo /Identificador: 10 280272973552 Régimen 0521.

Número expediente: 28 03 96 00044694.

Deuda pendiente: 7.518,26.

Nombre/Razón social: TRIVIÑO LUCENA MIGUEL ANGEL.

Domicilio: CL GENERAL ALVAREZ DE CASTRO 12.

Localidad: 28010-MADRID.

DNI/CIF/NIF: 005369575H.

Número de documento: 28 03 511 10 078852272.

PROVIDENCIA PARA LA PRORROGA DE ANOTACION PREVENTIVA DE EMBARGO POR CUTRO AÑOS (TVA-511).

PROVIDENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, con DNI/CIF/NIF: 005369575H, (estado civil, casado, en su caso: MARIA ELENA BARTOLOME CLEMENTE, notificado), resulta lo siguiente:

Que para responder de los debitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practico embargo de fincas que se detallan en RELACION adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de TORREJON DE ARDOZ NÚMERO 1, garantizando la suma total de 5.415,08 euros, que incluye el principal, el recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO. – TOMO. – FOLIO. – FINCA NUM. – ANOTACION LETRA.

0817. – 3539. – 0004. – 54503. – B.

Que no siendo posible la ultimación del procedimiento antes de que transcurran los 4 años desde la anotación registral del embargo de dichas fincas, ACUERDO solicitar del Sr. Registrador de la Propiedad de TORREJON DE ARDOZ NÚMERO 1, la prórroga, por el, plazo de 4 años más, de las anotaciones registrales del embargo de las fincas relacionadas, al amparo de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley Hipotecaria.

Madrid, a 16 de diciembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Nicasio Fuentes Cobos.

RELACION DE BIENES INMUEBLES EMBARGADAS:

DEUDOR: TRIVIÑO LUCENA MIGUEL ANGEL.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS DE LA FINCA URBANA:

DESCRIPCIÓN FINCA: VIVIENDA UNIFAMILIAR 100 POR 100 GANANCIAL.

TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: ALVAREZ CIENFUEGOS NÚMERO VÍA: 4 PISO: PUERTA: COD POST: 28850 COD-MUNI: 28148.

DATOS REGISTRO.

NÚMERO REGISTRO: 01 NÚMERO TOMO: 3539 NÚMERO LIBRO: 0817 NÚMERO FOLIO: 0004 NÚMERO FINCA: 54503.

DESCRIPCION AMPLIADA:

VIVIENDA UNIFAMILIAR, CALLE ALVAREZ CIENFUEGOS NUMERO 4 PROV. COMPENSACION SECTOR 1-3 DEL P.G.O.U. DE TORREJON DE ARDOZ. TITULARIDAD DEL DEUDOR Y DEL CONYUGE EN CUANTO A LA TOTALIDAD DEL TITULO POR COMPRAVENTA CON CARÁCTER GANANCIAL.

MADRID, a 16 de DICIEMBRE de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Nicasio Fuentes Cobos.

URE 28/04.

EDICTO PROVIDENCIAS DE APREMIO INEM.

Don Fidel Lebrero Herraiz, jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social numero 28/04, sita en la calle de la Cruz, núm. 7, 28012 de Madrid.

Hace saber: Que, por haber resultado infructuosas las notificaciones realizadas en el ultimo domicilio conocido del deudor, practicadas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), y de los artículos 58 a 61 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por medio de edictos de lo siguiente:

La Subdirectora Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, respecto de los sujetos responsables que figuran en relación adjunta, por deudas al Instituto Nacional de Empleo, cuya cuantía total asimismo se indica en la citada relación ha dictado la siguiente:

PROVIDENCIA DE APREMIO: De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 29-06-94), y 85 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 25-06-2004), dicto la presente Providencia de Apremio, que constituye el TITULO EJECUTIVO suficiente para el inicio del procedimiento de apremio y tiene la misma fuerza ejecutiva que las sentencias judiciales para proceder contra los bienes y derechos de los sujetos responsables del pago de la deuda, practicándose, en caso de impago, el EMBARGO DE LOS BIENES en los términos establecidos en el artículo 32.2 de la ley General de la Seguridad Social y la ejecución de las garantías existentes.

Para el caso de certificaciones que se correspondan con Resoluciones emitidas con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, si no se ingresa su importe en el plazo de quince días naturales desde su notificación serán exigibles los INTERESES DE DEMORA (interés legal incrementado en un 25 por 100) devengados desde la finalización del plazo reglamentario de ingreso hasta la fecha de pago de la deuda para el principal y desde el vencimiento del plazo de ingreso de esta providencia para el recargo.

A tenor de lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común; artículo 34 de la Ley General de la Seguridad, contra la providencia de Apremio podrá formularse RECURSO DE ALZADA, en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente en que se recibe la notificación de la Providencia de Apremio, ante el superior jerárquico del que dictó el acto, que solo será admisible por los siguientes motivos debidamente justificados: pago, prescripción, error material o aritmético en la determinación de la deuda, condonación, aplazamiento de la deuda o suspensión del procedimiento, falta de notificación de la reclamación de deuda. La interposición del recurso suspenderá el procedimiento de apremio hasta la resolución de la impugnación.

El importe total de la deuda deberá ser hecho efectivo, por medios de pago legalmente admitidos, dentro del plazo de QUINCE DIAS NATURALES siguientes al de la notificación de la presente providencia de apremio, mediante ingreso en la cuenta de la Unidad de Recaudación Ejecutiva competente.

No obstante, si se ingresa el importe de la deuda transcurrido el plazo de los quince días citados en e apartado anterior, el responsable del pago deberá solicitar el cálculo y liquidación de los intereses de demora exigibles en el momento del pago ante la Unidad de Recaudación Ejecutiva personándose en la dirección o llamando al número de teléfono indicados en esta providencia, aplicándose a estos ingresos los criterios de imputación de pagos en vía de apremio previstos en el artículo 29 de la Ley General de la Seguridad Social.

RELACION QUE SE CITA:

NOMBRE/RAZON SOCIAL. – DNI/NIF/CIF. – DOMICILIO. – LOCALIDAD. – NÚMERO DE AFILIACION. – NÚMERO DE CERTIFICACION. – PERIODO. – IMPORTE.

FAITAH MOHAMED. – X2380689M. – CL VALENCIA, 20. – 1 – C. – 28012. – MADRID. – 28 10 050975078. – 07/2009. – 351,15 EUROS.

YU YONGJIAN. – X1433018A. – CL RONDA DE ATOCHA, 7. – 5º. – L. – 28012. – MADRID. – 28 10 050989226. – 05/2006. – 371,27 EUROS.

Madrid, a 2 de febrero de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRAMITE DE AUDIENCIA DE ACUERDO CON EL ARTICULO 84.2 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE. A SUJETOS NO LOCALIZADOS, PREVIO A LA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del RD. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 11), y en virtud de lo previsto en el artículo 262 apartado5, en relación con el artículo 260 apartado1, puntos 3, 4,5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimos aprobada por RD. Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 27-12-89 y 01-02-90) o en el artículo 105, apartados 1 y 4, en conexión con el artículo 104 letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/1995, de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por lo que en su caso daría lugar a la apertura del correspondiente expediente de derivación de responsabilidad conforme se señala en el artículo 12.2 del RD. 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 25), y de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 13 del mismo texto.

De los antecedentes que obran en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, ha podido comprobarse que los sujetos que a continuación se relacionan, son o fueron administradores o miembros de los Consejos de Administración, de las sociedades mercantiles que se citan, las cuales mantienen una deuda con la Unidad de Recaudación Ejecutiva citada en el encabezamiento cuyo importe y período se señala en la relación que se adjunta.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio de los citados sujetos, procede practicar la notificación de las comunicaciones previas a la posible declaración de derivación de responsabilidad que se relacionan en virtud de lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (“Boletín Oficial del Estado” del 14-1-99).

En cualquier caso, el administrador o miembro del consejo de administración designado en la relación, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrá efectuar las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29). Para conocimiento del contenido del expediente de apremio que consta a nombre de la mercantil indicada, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Unidad de Recaudación ejecutiva, sita en la Calle de la Cruz número 7, 28012 Madrid.

Madrid a 2 de febrero de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

Número de Documento Nacional de Identidad del Administrador o miembro del Consejo de Administración (DNI). – Nombre del Administrador o miembro del Consejo de Administración (NOMBRE). – Dirección del envío (DIRECCION ENVIO). – Código Postal (CP). – Localidad de envío. – (LOCALIDAD). – Provincia del envío (PROVINCIA). – Número del expte. Administrativo de apremio (Nª EXPTE). – Empresa o sociedad mercantil de la que es administrador o miembro de su consejo de administración (ENTIDAD MERCANTIL). – Importe de la deuda que mantiene en la Unidad de Recaudación Ejecutiva (IMPORTE). – Período que abarca la Deuda Reclamada (PERIODO).

DNI. – NOMBRE. – DIRECCIÓN ENVIO. – CP. – LOCALIDAD Y PROVINCIA. – NÚMERO EXPTE. – ENTIDAD MERCANTIL. – IMPORTE. – PERÍODO.

05430826C. – ANTONIO MARTIN SANCHEZ. – CL ANGEL RIPOLL, NÚMERO 26-3º-A. – 28025. – MADRID. – 28 04 09 00193591. – EVOHE HOSTELEROS DE MADRID, SL. – 11.501,84 EUROS. – 01/2009 A 05/2009 Y 09/2009 A 08/2010.

00263095K. – JUAN ÓSCAR MARINE BRANDI. – CL BARQUILLO, NÚMERO 8-2-D. – 28004. – MADRID. – 28 04 09 00424371. – O.M.B. DISEÑO GRAFICO, SL. – 54.897,95 EUROS. – 08/2009 A 12/2009 Y 02/2010 A 09/2010.

51387095N. – ALFONSO LENGUAS FERNANDEZ. – CL SERRANIA DE RONDA, NÚMERO 38. – 28691. – VILLANUEVA DE LA CAÑADA. – MADRID. – 28 04 09 00448825. – MAXIMA RESTAURACION, SL. – 53.209,43 EUROS. – 03/2009 A 08/2010.

00388300Z. – LUIS FERNANDO DE MARIA DE LAS HERAS. – CL COLEGIATA, NÚMERO 4. – 28012. – MADRID. – 28 04 10 00021244. – CORCHERA CASTELLANA, CASA FUNDADA EN 1881, SL. – 9.080,82. – 04/2009,07/2009,08/2009,10/2009, 11/2009, 12/2009, 03/2010, 04/2010, 05/2010 Y 07/2010.

Madrid a 2 de febrero de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 07 00204752.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 4 de Madrid.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor LUIS FRANCISCO ORTEGA MERCADER con NIF: 02245470A y con Tipo Identificador 281036376127 del régimen Autónomos, por deudas a la Seguridad Social y cuyo último domicilio conocido fue en la calle San Bernardo, número 112 – In- 2º - Dch de Madrid, se procedió con fecha 08-11-2010 al embargo de bienes inmuebles número de documento 28 04 501 10 070591310 de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente EDICTO.

Al propio tiempo se requiere al deudor para que en el plazo de DIEZ DÍAS, comparezca, por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado en todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 9 y 96 A 102 del mencionado Reglamento General de Recaudación.

EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 02245470ª, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚMERO DE APREMIO. – PERIODO. – REGIMEN.

28 08 010294940. – 10/2007. – 0521.

28 08 015106645. – 11/2007. – 0521.

28 08 021822176. – 12/2007. – 0521.

28 08 035230408. – 01/2008. – 0521.

28 08 035230509. – 02/2008. – 0521.

28 08 043297269. – 03/2008. – 0521.

28 08 048778072. – 04/2008. – 0521.

28 08 057360249. – 05/2008. – 0521.

28 08 061073026. – 06/2008. – 0521.

28 08 068603862. – 07/2008. – 0521.

28 08 074618771. – 08/2008. – 0521.

28 08 082428584. – 09/2008. – 0521.

28 08 094917740. – 10/2008. – 0521.

28 09 014276262. – 11/2008. – 0521.

28 09 026857869. – 12/2008. – 0521.

28 09 035939901. – 01/2009. – 0521.

28 09 040184861. – 02/2009. – 0521.

28 09 048223939. – 03/2009. – 0521.

28 09 060725724. – 04/2009. – 0521.

28 09 065593508. – 05/2009. – 0521.

28 09 072449788. – 06/2009. – 0521.

28 09 080939312. – 07/2009. – 0521.

28 09 086419105. – 08/2009. – 0521.

28 09 096883785. – 09/2009. – 0521.

28 09 101479060. – 10/2009. – 0521.

28 10 012904905. – 11/2009. – 0521.

28 10 020301557. – 12/2009. – 0521.

28 10 025885323. – 01/2010. – 0521.

28 10 032171731. – 02/2010. – 0521.

28 10 038644055. – 03/2010. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

7.278,91. – 1.455,84. – 787,24. – 59,45. – 500,00. – 10.081,44.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmueble pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de lo bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar una nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Madrid, a 8 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS:

DEUDOR: ORTEGA MERCADER LUIS FRANCISCO.

FINCA NUMERO: 03.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCIÓN FINCA: 100 POR 100 PRIVATIVO. C/SAN BERNARDO, 112-2º DHCA. MADRID.

TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: SAN BERNARDO NÚMERO VIA: 112 ESCALERA: IN PISO: 2 PUERTA: DCH COD-POST: 28015 COD-MUNI: 28079.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG: 27 NÚMERO TOMO: 39 NÚMERO LIBRO: 39 NÚMERO FOLIO:141 NÚMERO FINCA: 3002.

DESCRIPCION AMPLIADA:

VIVIENDA INTERIOR EN PLANTA SEGUNDA, DERECHA, EN LA CALLE SAN BERNARDO, NÚMERO 112 EN MADRID. TIENE UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 65 M2 Y FIGURA INSCRITA EN ELR EGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 27 DE MADRID. SE EMBARGA EL 100 POR 100 DEL PLENO DOMINIO, CON CARÁCTER PRIVATIVO, A NOMBRE DEL DEUDOR.

Madrid, a 8 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 08 00219230.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 4 de Madrid.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor GONZALO RAFAEL QUEIPO LLANO MORALEDA con NIF: 50742438E y con Tipo Identificador 281090973787 del régimen Autónomos, por deudas a la Seguridad Social y cuyo último domicilio conocido fue en la calle Valverde, número 47 de Madrid, se procedió con fecha 04-11-2010 al embargo de bienes inmuebles número de documento 28 04 501 10 070036285 de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente EDICTO.

Al propio tiempo se requiere al deudor para que en el plazo de DIEZ DÍAS, comparezca, por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado en todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 9 y 96 A 102 del mencionado Reglamento General de Recaudación.

EL RECAUDADOR EJECUTIVO. Fidel Lebrero Herraiz.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 50742438E, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚMERO DE APREMIO. – PERIODO. – REGIMEN.

28 08 094928652. – 10/2008. – 0521.

28 09 035950914. – 01/2009. – 0521.

28 09 048234750. – 03/2009. – 0521.

28 09 060735020. – 04/2009. – 0521.

28 09 065603511. – 05/2009. – 0521.

28 09 072461310. – 06/2009. – 0521.

28 09 080950224. – 07/2009. – 0521.

28 09 086429815. – 08/2009. – 0521.

28 09 096894091. – 09/2009. – 0521.

28 10 012915918. – 11/2009. – 0521.

28 10 020311055. – 12/2009. – 0521.

28 10 025895124. – 01/2010. – 0521.

28 10 032182643. – 02/2010. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

3.096,68. – 619,37. – 209,03. – 21,28. – 200,00. – 4.146,36.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmueble pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de lo bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar una nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Madrid, a 4 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS:

DEUDOR: QUEIPO LLANO MORALEDA GONZALO RAFAEL.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCIÓN FINCA: 50 POR 100 DEL PLENO DOMINIO- C/ BLASCO DE GARAY, 10. MADRID.

TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: BLASCO DE GARAY NÚMERO VIA: 10 ESCALERA: PISO: BJ PUERTA: DCH COD-POST: 28015 COD-MUNI: 28079.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG: 05 NÚMERO TOMO: 2188 NÚMERO LIBRO: NÚMERO FOLIO:116 NÚMERO FINCA: 32497.

DESCRIPCION AMPLIADA:

URBANA. VIVIENDA SITUADA EN C/ BLASCO DE GARAY, 10 PTA. BAJA DE MADRID, OCUPA UNA SUPERFICIE APROXIMADA DE 111,60 M2, FIGURA INSCRITA EN ELR EGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MADRID, NÚMERO 5. SE DECLARA EMBARGADO EL 50 POR 100 DEL PLENO DOMINIO CON CARÁCTER PRIVATIVO, CUYA TITULARIDAD CORRESPONDE A NOMBRE DEL DEUDOR.

Madrid, a 4 DE NOVIEMBRE DE 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 09 00061128.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 4 de Madrid.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor ARANTZAZU EXPOSITO MIJAN con NIF: 53416511T y con Tipo Identificador 281097891911 del régimen Autónomos, por deudas a la Seguridad Social y cuyo último domicilio conocido fue en la calle Italia, 10- 2-8-C de Leganés (Madrid), se procedió con fecha 01-09-2010 al embargo de bienes inmuebles número de documento 28 04 501 10 055174269 de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente EDICTO.

Al propio tiempo se requiere al deudor para que en el plazo de DIEZ DÍAS, comparezca, por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado en todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 9 y 96 A 102 del mencionado Reglamento General de Recaudación.

EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 53416511T, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚMERO DE APREMIO. – PERIODO. – REGIMEN.

28 09 060736030. – 04/2009. – 0521.

28 09 065604925. – 05/2009. – 0521.

28 09 072462522. – 06/2009. – 0521.

28 09 080951436. – 07/2009. – 0521.

28 09 086430724. – 08/2009. – 0521.

28 09 096895105. – 09/2009. – 0521.

28 09 101490174. – 10/2009. – 0521.

28 10 012917130. – 11/2009. – 0521.

28 10 020312368. – 12/2009. – 0521.

28 10 025896538. – 01/2010. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

2.282,48. – 456,53. – 113,57. – 10,64. – 85,00. – 2.948,22.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmueble pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge (LUIS CUADRADO CASTILLO-11838704Y-CL CORREDERA BAJA SAN PABLO,39-BJ-INT-28004-MADRID-28 04 501 10 055174875), a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de lo bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar una nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Madrid, a 1 de septiembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS:

DEUDOR: EXPOSITO MIJAN ARANTZAZU.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCIÓN FINCA: 50 POR 100 PLENO DOMINIO. CORREDERA BAJA SAN PABLO, 39. MADRID.

TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: CORREDERA BAJA SAN PABLO NÚMERO VIA: 39 ESCALERA: PISO: BJ PUERTA: INT COD-POST: 28004 COD-MUNI: 28079.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG: 27 NÚMERO TOMO: 346 NÚMERO LIBRO: 346 NÚMERO FOLIO: 211 NÚMERO FINCA: 1775.

DESCRIPCION AMPLIADA:

FINCA EN PLANTA BAJA, PUERTA INTERIOR, EN CALLE CORREDERA BAJA DE SAN PABLO NÚMERO 39 EN MADRID. TIENE UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 41,50 M2 Y FIGURA INSCRITA EN REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MADRID NÚMERO 27. SE EMBARGA EL 50 POR 100 DEL PLENO DOMINIO, POR TITULO DE COMPRA, A NOMBRE DE LA DEUDORA.

Madrid, a 1 de septiembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 09 00179245.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 4 de Madrid.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor GLORIA INES BOLIVAR MURILLO con NIF: 51088797R y con Tipo Identificador 281093233584 del régimen Autónomos, por deudas a la Seguridad Social y cuyo último domicilio conocido fue en la calle Ruiz, 22-3º-I de Madrid, se procedió con fecha 27-10-2010 al embargo de bienes inmuebles número de documento 28 04 501 10 066720808 de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente EDICTO.

Al propio tiempo se requiere al deudor para que en el plazo de DIEZ DÍAS, comparezca, por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado en todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 9 y 96 A 102 del mencionado Reglamento General de Recaudación.

EL RECAUDADOR EJECUTIVO. Fidel Lebrero Herraiz.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 51088797R, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚMERO DE APREMIO. – PERIODO. – REGIMEN.

28 08 082440510. – 09/2008. – 0521.

28 09 014286972. – 11/2008. – 0521.

28 09 080950931. – 07/2009. – 0521.

28 09 086430219. – 08/2009. – 0521.

28 09 096894600. – 09/2009. – 0521.

28 09 101489669. – 10/2009. – 0521.

28 10 012916524. – 11/2009. – 0521.

28 10 020311661. – 12/2009. – 0521.

28 10 025895932. – 01/2010. – 0521.

28 10 032183148. – 02/2010. – 0521.

28 10 038654765. – 03/2010. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

2.606,85. – 521,40. – 140,80. – 21,28. – 150,00. – 3.440,33.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmueble pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de lo bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar una nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Madrid, a 27 de octubre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS:

DEUDOR: BOLIVAR MURILLO GLORIA INES.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCIÓN FINCA: 50 POR 100 PLENO DOMINIO (GARAJE) C/ BAUSA, NÚMERO 8 DE MADRID.

TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: BAUSA NÚMERO VIA: 8 ESCALERA: PISO: ST PUERTA: COD-POST: 28033 COD-MUNI: 28079.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG: 07 NÚMERO TOMO: 1252 NÚMERO LIBRO:87 NÚMERO FOLIO:16 NÚMERO FINCA: 3744.

DESCRIPCION AMPLIADA:

URBANA: PLAZA DE GARAJE SEÑALADA CON EL NUMERO 58, SITUADA EN PLANTA SOTANO SEGUNDO DEL EDIFICIO EN MADRID, CALLE BAUSA, 8, OCUPA UNA SUPERFICIE 10,12 M2, FIGURA INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MADRID NÚMERO 7, SE DECLARA EMBARGADO EL 50 POR 100 EN PLENO DOMINIO POR TITULO DE COMPRAVENTA, CUYA TITULARIDAD CORRESPONDE A NOMBRE DEL DEUDOR.

Madrid, a 27 de octubre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 09 00183285.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 4 de Madrid.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor ALI KHAN - ABBAS con NIF: X1472233A y con Tipo Identificador 281010541387 del régimen Autónomos, por deudas a la Seguridad Social y cuyo último domicilio conocido fue en la calle Tántalo, 10 -2º - A de Madrid, se procedió con fecha 27-04-2010 al embargo de bienes inmuebles número de documento 28 04 501 10 027240491 de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente EDICTO.

Al propio tiempo se requiere al deudor para que en el plazo de DIEZ DÍAS, comparezca, por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado en todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 9 y 96 A 102 del mencionado Reglamento General de Recaudación.

EL RECAUDADOR EJECUTIVO. Fidel Lebrero Herraiz.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número X1472233A, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚMERO DE APREMIO. – PERIODO. – REGIMEN.

28 08 082423130. – 09/2008. – 0521.

28 09 014270808. – 11/2008. – 0521.

28 09 026852213. – 12/2008. – 0521.

28 09 060720771. – 04/2009. – 0521.

28 09 058610013. – 04/2009. – 0111.

28 09 065588757. – 05/2009. – 0521.

28 09 070153821. – 05/2009. – 0111.

28 09 072444738. – 06/2009. – 0521.

28 09 080934359. – 07/2009. – 0521.

28 09 077689206. – 06/2009. – 0111.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

2.650,77. – 530,17. – 137,42. – 10,46. – 150,00. – 3.478,82.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmueble pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge, al cotitular (SABER ALI KHAN – X2734478P), a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de lo bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar una nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Madrid, a 27 de abril de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS:

DEUDOR: ALI KHAN - ABBAS.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCIÓN FINCA: 50 POR 100 PLENO DOMINIO- C/ JESUS Y MARIA, 34. MADRID.

TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: JESUS Y MARIA NÚMERO VIA: 34 ESCALERA: IN PISO: PUERTA: 3 COD-POST: 28012 COD-MUNI: 28079.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG: 37 NÚMERO TOMO: 1448 NÚMERO LIBRO: 71 NÚMERO FOLIO: 23 NÚMERO FINCA: 3001.

DESCRIPCION AMPLIADA:

URBANA: VIVIENDA, SITUADA EN C/JESUS Y MARIA, 34 PTA INT. 3 MADRID, CON UNA SUPERFICIE UTIL DE 32,22M2, FIGURA INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 37 DE MADRID. SE DECLARA EMBARGADO EL 50 POR 100 DEL PLENO DOMINIO CON CARÁCTER PRIVATIVO POR TITULO DE COMPRAVENTA. (NUMERO DE LA FINCA 3/3001).

Madrid, a 27 de abril de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 09 00429728.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 4 de Madrid.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor RODRIGUEZ BURGOS ADAN con NIF: 70047885M y con Tipo Identificador 281214277157 del régimen Autónomos, por deudas a la Seguridad Social y cuyo último domicilio conocido fue en la calle Ciudad Rodrigo número 6 de Madrid, se procedió con fecha 17-11-2010 al embargo de bienes inmuebles número de documento 28 04 501 10 072144926 de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente EDICTO.

Al propio tiempo se requiere al deudor para que en el plazo de DIEZ DÍAS, comparezca, por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado en todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 9 y 96 A 102 del mencionado Reglamento General de Recaudación.

EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 70047885M, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚMERO DE APREMIO. – PERIODO. – REGIMEN.

28 09 051379772. – 03/2009. – 0521.

28 09 068633951. – 05/2009. – 0521.

28 09 070307910. – 05/2009. – 0111.

28 09 075662108. – 06/2009. – 0521.

28 09 084080290. – 07/2009. – 0521.

28 09 077844709. – 06/2009. – 0111.

28 09 092121792. – 07/2009. – 0111.

28 09 089755804. – 08/2009. – 0521.

28 09 095881049. – 08/2009. – 0111.

28 09 107073637. – 09/2009. – 0111.

28 09 096911673. – 09/2009. – 0521.

28 09 101507049. – 10/2009. – 0521.

28 10 011555894. – 10/2009. – 0111.

28 10 012934611. – 11/2009. – 0521.

28 10 032200427. – 02/2010. – 0521.

28 10 038671337. – 03/2010. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

4.197,69. – 839,55. – 255,32. – 21,28. – 300,00. – 5.613,84.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmueble pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge, al cotitular (DAVID RODRIGUEZ BURGOS – 11829805P), a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de lo bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar una nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Madrid, a 17 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS:

DEUDOR: RODRIGUEZ BURGOS ADAN.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCIÓN FINCA: 50 POR 100 DE PLENO DOMINIO DE LA FINCA.

TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: AMANIEL NÚMERO VIA: 6 ESCALERA: IN PISO: BJ PUERTA: COD-POST: 28015 COD-MUNI: 28079.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG: 27 NÚMERO TOMO: 518 NÚMERO LIBRO: 518 NÚMERO FOLIO: 211 NÚMERO FINCA: 10428.

DESCRIPCION AMPLIADA:

LOCAL COMERCIAL LEN CALLE AMANIEL NÚMERO 6 DE MADRID. OCUPA UNA SUPERFICIE 57,75 M2. SE DECLARA EMBARGADO EL 50 POR 100 DEL PLENO DOMINIO DE LA FINCA CUYA TITULARIDAD CORRESPONDE A ADAN RODRIGUEZ BURGOS CON CARÁCTER PRIVATIVO.

Madrid, a 17 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 10 00024173.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 4 de Madrid.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor MARIA HERAS LUIS F con NIF: 00388300Z y con Tipo Identificador 280299016032 del régimen Autónomos, por deudas a la Seguridad Social y cuyo último domicilio conocido fue en la calle San Millán, número 3 de Madrid, se procedió con fecha 10-11-2010 al embargo de bienes inmuebles número de documento 28 04 501 10 070816632 de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente EDICTO.

Al propio tiempo se requiere al deudor para que en el plazo de DIEZ DÍAS, comparezca, por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado en todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 9 y 96 A 102 del mencionado Reglamento General de Recaudación.

EL RECAUDADOR EJECUTIVO. Fidel Lebrero Herraiz.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 00388300Z, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚMERO DE APREMIO. – PERIODO. – REGIMEN.

28 09 080907986. – 07/2009. – 0521.

28 09 086385658. – 08/2009. – 0521.

28 09 096854584. – 09/2009. – 0521.

28 09 101452485. – 10/2009. – 0521.

28 10 012878027. – 11/2009. – 0521.

28 10 020274881. – 12/2009. – 0521.

28 10 025856930. – 01/2010. – 0521.

28 10 032144146. – 02/2010. – 0521.

28 10 038616672. – 03/2010. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

2.181,28. – 436,28. – 106,72. – 0,00. – 200,00. – 2.924,28.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmueble pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge (MARIA PALOMA CABRERO FRUTOS – 01915329G), a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de lo bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar una nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Madrid, a 10 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS:

DEUDOR: MARIA HERAS LUIS F.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCIÓN FINCA: PLENO DOMINIO DE LOCAL COMERCIAL EN GANANCIALES.

TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: SAN MILLAN NÚMERO VIA: 3 ESCALERA: PISO: BJ PUERTA: LOC COD-POST: 28012 COD-MUNI: 28079.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG: 43 NÚMERO TOMO: 1649 NÚMERO LIBRO: 1229 NÚMERO FOLIO: 71 NÚMERO FINCA: 21.

DESCRIPCION AMPLIADA:

LOCAL COMERCIAL SITUADO EN PLANTAS BAJA Y SOTANO DE LA FINCA EN MADRID, CALLE SAN MILLAN NUMERO TRES. TIENE UNA SUPERFICIE DE 262,66 M2. SE DECLARA EMBARGADO EL PLENO DOMINIO DE LA FINCA CUYA TITULARIDAD CORRESPONDE A LUIS FERNANDO MARIA DE LAS HERAS CON CARÁCTER GANANCIAL.

Madrid, a 10 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 10 00024779.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 4 de Madrid.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor ARANDA GONZALEZ JOSE ANTONIO con NIF: 01085654P y con Tipo Identificador 280424048628 del régimen Autónomos, por deudas a la Seguridad Social y cuyo último domicilio conocido fue en la calle Mónaco, número 1 de Pozuelo de Alarcón (Madrid), se procedió con fecha 04-01-11 al embargo de bienes inmuebles número de documento 28 04 501 11 0021590013 de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente EDICTO.

Al propio tiempo se requiere al deudor para que en el plazo de DIEZ DÍAS, comparezca, por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado en todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 9 y 96 A 102 del mencionado Reglamento General de Recaudación.

EL RECAUDADOR EJECUTIVO. Fidel Lebrero Herraiz.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 01085654P, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚMERO DE APREMIO. – PERIODO. – REGIMEN.

28 09 065578148. – 05/2009. – 0521.

28 09 080923043. – 07/2009. – 0521.

28 09 086400715. – 08/2009. – 0521.

28 09 096867924. – 09/2009. – 0521.

28 10 020287413. – 12/2009. – 0521.

28 10 025869559. – 01/2010. – 0521.

28 10 038629810. – 03/2010. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

1.819,62. – 363,91. – 117,29. – 10,64. – 200,00. – 2.511,46.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmueble pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de lo bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar una nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Madrid, a 04 de enero de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS:

DEUDOR: ARANDA GONZALEZ JOSE ANTONIO.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCIÓN FINCA: PLEN O DOMINIO DE LA FINCA.

TIPO VIA: PZ NOMBRE VIA: GABRIEL MIRO NÚMERO VIA: 4 ESCALERA: PISO: 4 PUERTA:B COD-POST: 28005 COD-MUNI: 28079.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG: 04 NÚMERO TOMO: 2760 NÚMERO LIBRO: NÚMERO FOLIO: 9 NÚMERO FINCA: 38595.

DESCRIPCION AMPLIADA:

VIVIENDA EXTERIOR LETRA B, EN LA PLANTA CUARTA DE PISOS O QUINTA DE COSNTRUCCION DE LA CASA NUMERO CUATRO DE LA PLAZA DE GABRIEL MIRO DE ESTA CAPITAL. OCUPA UNA SUPERFICIE DE CINCUENTA Y CINCO METROS Y CUARENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS. SE DECLARA EMBARGADO EL PLENO DOMINIO DE LA FINCA CUYA TITULARIDAD CORRESPONDE A JOSE ANTONIO ARANDA GONZALEZ POR TITULO DE HERENCIA.

Madrid, a 04 de enero de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 10 00198470.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 4 de Madrid.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor KAMAL UDDIN FIROZ con NIF: X4974934B y con Tipo Identificador 28173983739 del régimen general, por deudas a la Seguridad Social y cuyo último domicilio conocido fue en la calle Ave María, número 18 - Bj de Madrid, se procedió con fecha 14-12-2010 al embargo de bienes inmuebles número de documento 28 04 501 10 078409106 de cuya diligencia se acompaña copia adjunta al presente EDICTO.

Al propio tiempo se requiere al deudor para que en el plazo de DIEZ DÍAS, comparezca, por si o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado en todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 9 y 96 A 102 del mencionado Reglamento General de Recaudación.

EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número X4974934B, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚMERO DE APREMIO. – PERIODO. – REGIMEN.

28 09 107548028. – 09/2009. – 0111.

28 10 012013616. – 10/2009. – 0111.

28 10 030669847. – 12/2009. – 0111.

28 10 037181476. – 01/2010. – 0111.

28 10 043610253. – 02/2010. – 0111.

28 10 050691960. – 03/2010. – 0111.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

10.775,70. – 3.663,91. – 504,14. – 10,64. – 600,00. – 15.554,39.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmueble pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de lo bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar una nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Madrid, a 14 de diciembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS:

DEUDOR: KAMAL UDDIN FIROZ.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCIÓN FINCA: PLENO DOMINIO DE LA FINCA.

TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: MESON DE PAREDES NÚMERO VIA: 80 ESCALERA: PISO: 2 PUERTA:1 COD-POST: 28012 COD-MUNI: 28079.

DATOS REGISTRO:

NÚMERO REG: 37 NÚMERO TOMO: 1433 NÚMERO LIBRO: 59 NÚMERO FOLIO: 13 NÚMERO FINCA: 3112.

DESCRIPCION AMPLIADA:

VIVIENDA EN PLANTA 2, PUERTA 1 DE LA FINCA SITA EN LA CALLE MESON DE PAREDES NÚMERO 80 DE MADRID. TIENE UNA SUPERFICIE DE 29,60 M2. SE DECLARA EMBARGADO EL PLENO DOMINIO DE LA FINCA CUYA TITULARIDAD CORRESPONDE A KAMAL UDDIN FIROZ CON CARÁCTER PRIVATIVO.

Madrid, a 14 de diciembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Fidel Lebrero Herraiz.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE VALORACION DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.- EXPT. 28 04 06 00447023.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/04, con sede en la calle de la Cruz núm. 7, 28012 de Madrid.

Notificadas al deudor ALAM BEGUM MANSURUL con NIF 51499454Q, y con identificador: 28151875318 del régimen general con domicilio en Doctor Fourquet número 39 de Madrid, número de documento 28 04 503 10 069206129, las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe más abajo se indica, sin haberlas satisfecho, y habiéndose procedido con fecha 17 01 2007 al embargo de bienes muebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe en RELACION adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

IMPORTE DE LA DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas. – TOTAL.

9.344,38. – 2.044,18. – 1.431,83. – 295,00. – 13.115,39.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese conforme con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Y para que sirva de NOTIFICACION EN FORMA y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición de deudor se expide la presenta notificación.

Madrid, a 3 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

RELACION DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS (CON VALORACIÓN DE LOS MISMOS):

DEUDOR: ALAM BEGUM MANSURUL.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCION FINCA: PLENO DOMINIO DE LA FINCA.

TIPO VIA: CL NOMBRE VIA: MESON DE PAREDES NÚMERO VIA: 64 BIS-NÚMERO VIA: ESCALERA: PISO: BJ PUERTA: 2 COD-POST: 28012 COD-MUNI: 28079.

DATOS REGISTRO:

REGISTRO: 37 NÚMERO TOMO: 1709 NÚMERO LIBRO: 0292 NÚMERO FOLIO: 0212 NÚMERO FINCA: 10105.

IMPORTE DE TASACIÓN: 102.068,64.

DESCRIPCIÓN AMPLIADA: VIVIENDA SITA EN CALLE MESON DE PAREDES 64, PISO BAJO NÚMERO 2 DE MADID OCUPA UNA SUPERFICIE DE 30,73 M2. CUOTA UN ENTERO TREINTA Y CINCO CENTESIMAS POR CIENTO. SE DECLARA EMBARGADO EL 100 POR 100 DEL PLENO DOMINIO DEL INMUEBLE CUYA TITULARIDAD CORRESPONDE AL DEUDOR CON CARÁCTER PRIVATIVO POR TITULO DE COMPRAVENTA.

Madrid, a 3 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE VALORACION DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.- EXPT. 28 04 10 00061862.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/04, con sede en la calle de la Cruz núm. 7, 28012 de Madrid.

Notificadas al deudor ROTACION DE MONTAJE DE ANDAMIOS, SL con CIF B80474521, y con identificador: 28102131088 del régimen general con domicilio en Avenida Canteras (Nave 8) 90 de Valdemoro (Madrid), número de documento 28 04 503 10 065855585, las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe más abajo se indica, sin haberlas satisfecho, y habiéndose procedido con fecha 03 05 2010 al embargo de bienes muebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe en RELACION adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

IMPORTE DE LA DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas. – TOTAL.

34.628,86. – 6.925,77. – 2.237,01. – 442,50. – 44.234,14.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese conforme con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Y para que sirva de NOTIFICACION EN FORMA y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición de deudor se expide la presenta notificación.

Madrid, a 21 de octubre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

RELACION DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS (CON VALORACIÓN DE LOS MISMOS):

DEUDOR: ROTACION DE MONTAJE DE ANDAMIOS, SL.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCION FINCA: PLENO DOMINIO DE NAVE INDUSTRIAL EN VALDEMORO.

TIPO VIA: PG NOMBRE VIA: VALMOR NÚMERO VIA: 8 BIS-NÚMERO VIA: B ESCALERA: PISO: PUERTA: LOC COD-POST: 28340 COD-MUNI: 28161.

DATOS REGISTRO:

REGISTRO: NÚMERO TOMO: 798 NÚMERO LIBRO: 217 NÚMERO FOLIO: 106 NÚMERO FINCA: 14237.

IMPORTE DE TASACIÓN: 283.936,27.

DESCRIPCIÓN AMPLIADA: NAVE INDUSTRIAL NUMERO OCHO, DEL BLOQUE B, EN EL COMPLEJO INDUSTRIAL DENOMINADO COMUNIDAD 103, SITO EN LAS PARCELAS 41,42 Y 43 DEL POLIGONO INDUSTRIAL VALMOR EN EL KILOMETRO 28,500 DE LA CARRETERA MADRID-CADIZ, EN EL TERMINO MUNICIPAL DE VALDEMORO. OCUPA UNA SUPERFICIE DE 315 M2. SE DECLARA EMBARGADO EL PLENO DOMINIO DE LA FINCA CUYA TITULARIDAD CORRESPONDE A ROTACION DE MONTAJE DE AMDAMIOS, S.L.

Madrid, a 21 de octubre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 06 00103883.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/04, con sede en la calle de la cruz número 7 de Madrid.

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor FERRADA ERICES CLAUDIA ANDREA, con NIF X4606979X y con domicilio en la calle Ciudad Real – Urb. Encinar del Alberche, 369 de Villa el Prado (Madrid), con número de documento 28 04 504 10 063659648, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en RELACION adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de SAN MARTIN DE VALDEIGLESIAS, garantizando la suma total de 2.520,24 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO. – TOMO. – FOLIO. – FINCA NUM. – ANOTACION LETRA.

0141. – 0523. – 0193. – 8889. – B.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle.

28 05 071692064. – 09/2005. – 0111.

28 06 020794224. – 11/2005. – 0111.

28 06 033107968. – 12/2005. – 0111.

28 06 034812542. – 01/2006. – 0111.

28 06 041039942. – 02/2006. – 0111.

28 06 045994117. – 03/2006. – 0111.

28 06 055839516. – 04/2006. – 0111.

28 06 059148428. – 05/2006. – 0111.

28 06 063355093. – 06/2006. – 0111.

28 06 063355194. – 06/2006. – 0111.

28 06 073875755. – 07/2006. – 1221.

28 06 083902323. – 08/2006. – 1221.

28 06 087187791. – 09/2006. – 1221.

28 07 115270280. – 09/2007. – 1211.

28 08 017781926. – 10/2007. – 1211.

28 08 020906336. – 11/2007. – 1211.

28 08 025213641. – 12/2007. – 1211.

28 08 033787431. – 01/2008. – 1211.

28 08 040387875. – 02/2008. – 1211.

28 08 047749569. – 03/2008. – 1211.

28 08 056482300. – 04/2008. – 1211.

28 08 064491769. – 05/2008. – 1211.

28 08 067766935. – 06/2008. – 1211.

28 08 080400779. – 07/2008. – 1211.

28 08 081574479. – 08/2008. – 1211.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas Devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

13.372,24. – 2.674,49. – 3.864,68. – 87,16. – 700,00. – 20.698,57.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de 20.698,57 euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 23.218,81 euros, y expedir el mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde a interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS (SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO).

DEUDOR: FERRADA ERICES CLAUDIA ANDREA.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCION FINCA: VIV. UNIF. CIUDAD REAL, 369. URB. ALBERCHE. VILLA PRADO. MADRID.

TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: CIUDAD REAL NÚMERO VÍA:369.

BIS-NÚMERO VÍA: ESCALERA: PISO: PUERTA: COD-POST: 28630 COD-MUNI: 28171.

DATOS RESGISTRO:

NÚMERO REG: NÚMERO TOMO: 0523 NÚMERO LIBRO: 0141 NÚMERO FOLIO:0193 NÚMERO FINCA: 8889.

LETRA: B.

Madrid, a 6 de octubre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 07 00403806.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/04, con sede en la calle de la cruz número 7 de Madrid.

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor HOFFER GARCIA MIGUEL ANGEL, con NIF 51397728L y con domicilio en la calle Beneficio, 8 – 3º- D de Galapagar (Madrid), con número de documento 28 04 504 10 073861725, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en RELACION adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de GALAPAGAR, garantizando la suma total de 6.724,55 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO. – TOMO. – FOLIO. – FINCA NUM. – ANOTACION LETRA.

460. – 3265. – 161. – 13816. – C, D.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle.

28 09 067617067. – 05/2009. – 0521.

28 09 074588741. – 06/2009. – 0521.

28 09 083029761. – 07/2009. – 0521.

28 09 088626964. – 08/2009. – 0521.

28 09 098897547. – 09/2009. – 0521.

28 09 103462409. – 10/2009. – 0521.

28 10 014839548. – 11/2009. – 0521.

28 10 022233170. – 12/2009. – 0521.

28 10 027801172. – 01/2010. – 0521.

28 10 034070406. – 02/2010. – 0521.

28 10 040446740. – 03/2010. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas Devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

2.748,54. – 549,74. – 148,69. – 78,02. – 0,00. – 3.524,99.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de 3.524,99 euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 10.249,54 euros, y expedir el mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge, al cotitular (MANUEL VIDALES REJAS – 05408630L).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde a interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS (SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO):

DEUDOR: HOFFER GARCIA MIGUEL ANGEL.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCION FINCA: VIV. EN C/BENEFICIO, 8 – 3º -D EN GALAPAGAR.

TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: BENEFICIO NÚMERO VÍA: 8.

BIS-NÚMERO VÍA: ESCALERA: PISO: 3 PUERTA: D COD-POST: 28260 COD-MUNI: 28061.

DATOS RESGISTRO:

NÚMERO REG: NÚMERO TOMO: 3265 NÚMERO LIBRO: 460 NÚMERO FOLIO: 161 NÚMERO FINCA: 13816.

LETRA: C, D.

Madrid, a 25 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 07 00419061.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/04, con sede en la calle de la cruz número 7 de Madrid.

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor SOTO BAYANO IVAN, con NIF 11851205H y con domicilio en la Avenida de Bélgica, 45- 7- B de Leganés (Madrid), con número de documento 28 04 504 10 065486783, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en RELACION adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de FUENLABRADA NÚMERO 2 garantizando la suma total de 2.830,60 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO. – TOMO. – FOLIO. – FINCA NUM. – ANOTACION LETRA.

471. – 1567. – 188. – 27655. – A.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle.

28 08 068634780. – 07/2008. – 0521.

28 08 074651713. – 08/2008. – 0521.

28 08 082462435. – 09/2008. – 0521.

28 08 094952395. – 10/2008. – 0521.

28 09 014309507. – 11/2008. – 0521.

28 09 026897073. – 12/2008. – 0521.

28 09 035974455. – 01/2009. – 0521.

28 09 040219621. – 02/2009. – 0521.

28 09 048258392. – 03/2009. – 0521.

28 09 060757753. – 04/2009. – 0521.

28 09 065626749. – 05/2009. – 0521.

28 09 072486972. – 06/2009. – 0521.

28 09 080974270. – 07/2009. – 0521.

28 09 086453861. – 08/2009. – 0521.

28 09 096913794. – 09/2009. – 0521.

28 09 101509372. – 10/2009. – 0521.

28 10 012937136. – 11/2009. – 0521.

28 10 020331869. – 12/2009. – 0521.

28 10 025915837. – 01/2010. – 0521.

28 10 032203154. – 02/2010. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas Devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

5.790,46. – 1.158,06. – 459,69. – 0,00. – 400,00. – 7.808,21.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de 7.808,21 euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 10.638,81 euros, y expedir el mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge, al cotitular (MARGARITA TURIEL ROMERO – 50202188L).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde a interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS (SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO):

DEUDOR: SOTO BAYANO IVAN.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCION FINCA: 50 POR 100 PLENO DOMINIO, PRIVATIVO, EN MARIA CURIE, 4. FUENLABRADA.

TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: MARIA CURIE NÚMERO VÍA: 4.

BIS-NÚMERO VÍA: ESCALERA: PISO: 8 PUERTA: 328 COD-POST: 28942 COD-MUNI: 28058.

DATOS RESGISTRO:

NÚMERO REG: 02 NÚMERO TOMO: 1567 NÚMERO LIBRO: 471 NÚMERO FOLIO: 188 NÚMERO FINCA: 27655.

LETRA: A.

Madrid, a 19 de octubre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 08 00223068.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/04, con sede en la calle de la cruz número 7 de Madrid.

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor UDDIN NASIMA BEGUM NASIR, con NIF 51459576C y con domicilio en la calle Lavapiés, número 40 – Bj de Madrid, con número de documento 28 04 504 10 066603600, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en RELACION adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de MADRID NUMERO 37 garantizando la suma total de 4.184,51 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO. – TOMO. – FOLIO. – FINCA NUM. – ANOTACION LETRA.

11. – 1350. – 155. – 643. – B, C.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle.

28 09 035941214. – 01/2009. – 0521.

28 09 040186073. – 02/2009. – 0521.

28 09 048225252. – 03/2009. – 0521.

28 09 060726936. – 04/2009. – 0521.

28 09 065594619. – 05/2009. – 0521.

28 09 072450903. – 06/2009. – 0521.

28 09 080940524. – 07/2009. – 0521.

28 09 086420519. – 08/2009. – 0521.

28 09 096885102. – 09/2009. – 0521.

28 09 101480373. – 10/2009. – 0521.

28 10 012906218. – 11/2009. – 0521.

28 10 020302567. – 12/2009. – 0521.

28 10 025886434. – 01/2010. – 0521.

28 10 032172943. – 02/2010. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – ññIntereses. – ññCostas Devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

3.493,56. – 698,76. – 215,89. – 153,38. – 750,00. – 5.311,59.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de 5.311,59 euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 9.496,10 euros, y expedir el mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge, al cotitular (KHAN KHAN SHIRIN PARVEN – 11862452M).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde a interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS (SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO):

DEUDOR: UDDIN NASIMA BEGUM NASIR.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCION FINCA: 50 POR 100 DEL PLENO DOMINIO DE LA FINCA.

TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: LAVAPIES NÚMERO VÍA: 29.

BIS-NÚMERO VÍA: ESCALERA: PISO: 2 PUERTA: COD-POST: 28012 COD-MUNI: 28079.

DATOS RESGISTRO:

NÚMERO REG: 37 NÚMERO TOMO: 1350 NÚMERO LIBRO: 11 NÚMERO FOLIO: 155 NÚMERO FINCA: 643.

LETRA: B, C.

Madrid, a 26 de octubre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 08 00238226.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/04, con sede en la calle de la cruz número 7 de Madrid.

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor COFIÑO BRAGADO MARIA BELEN, con NIF 05393181A y con domicilio en la calle Clarinetes, 9 -3º- B de Madrid, con número de documento 28 04 504 10 077467293, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en RELACION adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de MADRID NÚMERO 15 garantizando la suma total de 1.539,74 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO. – TOMO. – FOLIO. – FINCA NUM. – ANOTACION LETRA.

1526. – 1526. – 92. – 71763. – A.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle.

28 09 040190218. – 02/2009. – 0521.

28 09 048229494. – 03/2009. – 0521.

28 09 060730471. – 04/2009. – 0521.

28 09 065598760. – 05/2009. – 0521.

28 09 072455650. – 06/2009. – 0521.

28 09 096889041. – 09/2009. – 0521.

28 09 101484417. – 10/2009. – 0521.

28 10 012910157. – 11/2009. – 0521.

28 10 020306510. – 12/2009. – 0521.

28 10 025890474. – 01/2010. – 0521.

28 10 032177286. – 02/2010. – 0521.

28 10 038649109. – 03/2010. – 0521.

28 10 046099921. – 04/2010. – 0111.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas Devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

3.249,42. – 649,92. – 205,32. – 0,00. – 300,00. – 4.404,66.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de 4.404,66 euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 5.944,40 euros, y expedir el mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde a interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS (SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO):

DEUDOR: COFIÑO BRAGADO MARIA BELEN.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCION FINCA: 100 POR 100 PLENO DOMINIO PRIVATIVO EN C/ Clarinetes, 9. MADRID.

TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: CLARINETES NÚMERO VÍA: 9.

BIS-NÚMERO VÍA: ESCALERA: PISO: 3 PUERTA: B COD-POST: 28054 COD-MUNI: 28079.

DATOS RESGISTRO:

NÚMERO REG: 15 NÚMERO TOMO: 1526 NÚMERO LIBRO: 1526 NÚMERO FOLIO: 92 NÚMERO FINCA: 71763.

LETRA: A.

Madrid, a 9 de diciembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 08 00288443.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/04, con sede en la calle de la cruz número 7 de Madrid.

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor ANDRES CUERVO FERNANDO LUIS, con NIF 00132570K y con domicilio en la calle Colonia Iglesia, 34 (Presbiterio Blanco 6) de Navacerrada (Madrid), con número de documento 28 04 504 10 058163889, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en RELACION adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de MORALZARZAL garantizando la suma total de 1.520,61 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO. – TOMO. – FOLIO. – FINCA NUM. – ANOTACION LETRA.

46. – 653. – 117. – 555. – I.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle.

28 10 023832458. – 09/2009. – 0111.

28 10 024799327. – 10/2009. – 0111.

28 10 023832256. – 07/2009. – 0111.

28 10 023832559. – 06/2008. – 0111.

28 10 023832660. – 07/2008. – 0111.

28 10 023832761. – 08/2008. – 0111.

28 10 023832963. – 09/2008. – 0111.

28 10 023833064. – 10/2008. – 0111.

28 10 023833266. – 11/2008. – 0111.

28 10 023833367. – 12/2008. – 0111.

28 10 023833569. – 01/2009. – 0111.

28 10 023833670. – 02/2009. – 0111.

28 10 023833771. – 03/2009. – 0111.

28 10 023833872. – 05/2009. – 0111.

28 10 023833973. – 06/2009. – 0111.

28 10 031110488. – 11/2009. – 0111.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas Devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

20.113,10. – 4.022,61. – 1.623,54. – 0,00. – 150,00. – 25.909,25.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de 25.909,25 euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 27.429,86 euros, y expedir el mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge (CONCEPCION PERNUDO DE MIGUEL – 02835511W).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde a interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS (SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO):

DEUDOR: ANDRES CUERVO FERNANDO LUIS.

FINCA NUMERO: 02.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCION FINCA: 100 POR 100 PLENO DOMINIO, CON CARÁCTER GANANCIAL-NAVACERRADA.

TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: SITIO DE LA IGLESIA NÚMERO VÍA: 34.

BIS-NÚMERO VÍA: ESCALERA: PISO: 2 PUERTA: COD-POST: 28491 COD-MUNI: 28093.

DATOS RESGISTRO:

NÚMERO REG: 01 NÚMERO TOMO: 653 NÚMERO LIBRO: 46 NÚMERO FOLIO: 117 NÚMERO FINCA: 555.

LETRA: I.

Madrid, a 14 de septiembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 08 00372107.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/04, con sede en la calle de la cruz número 7 de Madrid.

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor DRAGOJLO JANKOVIC SEKULOVIC, con NIF 51077785Y y con domicilio en la calle Cañete, número 3 – 3º de Madrid, con número de documento 28 04 504 10 068074057, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en RELACION adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de MADRID NÚMERO 31 garantizando la suma total de 5.510,01 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO. – TOMO. – FOLIO. – FINCA NUM. – ANOTACION LETRA.

2221. – 2221. – 133. – 86889. – A.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle.

28 09 014288184. – 11/2008. – 0521.

28 09 026872219. – 12/2008. – 0521.

28 09 035953237. – 01/2009. – 0521.

28 09 040197894. – 02/2009. – 0521.

28 09 048236366. – 03/2009. – 0521.

28 09 060736333. – 04/2009. – 0521.

28 09 065605228. – 05/2009. – 0521.

28 09 072462825. – 06/2009. – 0521.

28 09 080951739. – 07/2009. – 0521.

28 09 086430926. – 08/2009. – 0521.

28 09 096895307. – 09/2009. – 0521.

28 09 101490477. – 10/2009. – 0521.

28 10 012917433. – 11/2009. – 0521.

28 10 020312570. – 12/2009. – 0521.

28 10 025896841. – 01/2010. – 0521.

28 10 032184057. – 02/2010. – 0521.

28 10 038655876. – 03/2010. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas Devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

8.370,01. – 1.673,94. – 585,47. – 171,00. – 600,00. – 11.400,42.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de 11.400,42 euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 16.910,43 euros, y expedir el mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge (ROSA MARIA PINILLA OLIVAR – 02043786Y).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde a interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS (SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO):

DEUDOR: JANKOVIC SEKULOVIC DRAGOJLO.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCION FINCA: 100 POR 100 PLENO DOMINIO GANANCIAL EN CAÑETE, 3 -3º. 28019 MADRID.

TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: CAÑETE NÚMERO VÍA: 3.

BIS-NÚMERO VÍA: ESCALERA: PISO: 3 PUERTA: COD-POST: 28019 COD-MUNI: 28079.

DATOS RESGISTRO:

NÚMERO REG: 31 NÚMERO TOMO: 2221 NÚMERO LIBRO: 2221 NÚMERO FOLIO: 133 NÚMERO FINCA: 86889.

LETRA: A.

Madrid, a 2 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 08 00372107.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/04, con sede en la calle de la cruz número 7 de Madrid.

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor DRAGOJLO JANKOVIC SEKULOVIC, con NIF 51077785Y y con domicilio en la calle Cañete, número 3 – 3º de Madrid, con número de documento 28 04 504 10 068080222, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en RELACION adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de MADRID NÚMERO 2 garantizando la suma total de 5.510,01 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO. – TOMO. – FOLIO. – FINCA NUM. – ANOTACION LETRA.

1728. – 1813. – 192. – 37021. – A.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle.

28 09 014288184. – 11/2008. – 0521.

28 09 026872219. – 12/2008. – 0521.

28 09 035953237. – 01/2009. – 0521.

28 09 040197894. – 02/2009. – 0521.

28 09 048236366. – 03/2009. – 0521.

28 09 060736333. – 04/2009. – 0521.

28 09 065605228. – 05/2009. – 0521.

28 09 072462825. – 06/2009. – 0521.

28 09 080951739. – 07/2009. – 0521.

28 09 086430926. – 08/2009. – 0521.

28 09 096895307. – 09/2009. – 0521.

28 09 101490477. – 10/2009. – 0521.

28 10 012917433. – 11/2009. – 0521.

28 10 020312570. – 12/2009. – 0521.

28 10 025896841. – 01/2010. – 0521.

28 10 032184057. – 02/2010. – 0521.

28 10 038655876. – 03/2010. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas Devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

8.370,01. – 1.673,94. – 585,47. – 171,00. – 0,00. – 10.800,42.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de 10.800,42 euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 16.310,43 euros, y expedir el mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge (ROSA MARIA PINILLA OLIVAR – 02043786Y).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde a interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS (SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO):

DEUDOR: JANKOVIC SEKULOVIC DRAGOJLO.

FINCA NUMERO: 02.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCION FINCA: 100 POR 100 PLENO DOMINIO GANANCIAL EN ECHEGARAY, 10. MADRID.

TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: ECHEGARAY NÚMERO VÍA: 10.

BIS-NÚMERO VÍA: ESCALERA: PISO: BJ PUERTA: DCH COD-POST: 28014 COD-MUNI: 28079.

DATOS RESGISTRO:

NÚMERO REG: 02 NÚMERO TOMO: 1813 NÚMERO LIBRO: 1728 NÚMERO FOLIO: 192 NÚMERO FINCA: 37021.

LETRA: A.

Madrid, a 2 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 09 00007473.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/04, con sede en la calle de la cruz número 7 de Madrid.

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor MATEO ALCANTARA MANUEL A, con NIF 50810481P y con domicilio en la calle Cerrillo de Monterrubio, número2 de Galapagar (Madrid), con número de documento 28 04 504 10 065516085, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en RELACION adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de GALAPAGAR garantizando la suma total de 2.196,36 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO. – TOMO. – FOLIO. – FINCA NUM. – ANOTACION LETRA.

399. – 3081. – 169. – 19559. – A.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle.

28 09 040160108. – 02/2009. – 0521.

28 09 060698038. – 04/2009. – 0521.

28 09 065568246. – 05/2009. – 0521.

28 09 072423217. – 06/2009. – 0521.

28 09 080912737. – 07/2009. – 0521.

28 09 086390106. – 08/2009. – 0521.

28 09 096858729. – 09/2009. – 0521.

28 09 101456529. – 10/2009. – 0521.

28 10 012882067. – 11/2009. – 0521.

28 10 020278723. – 12/2009. – 0521.

28 10 025861071. – 01/2010. – 0521.

28 10 032148287. – 02/2010. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas Devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

2.995,20. – 599,08. – 171,86. – 0,00. – 300,00. – 4.066,14.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de 4.066,14 euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 6.262,50 euros, y expedir el mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, al cónyuge (MARÍA CRISTINA MARTIN MATA – 06549219S).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde a interposición de dicho recurso de ­alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS (SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO):

DEUDOR: MATEO ALCANTAR MANUE A.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCION FINCA: 100 POR 100 PLENO DOMINIO EN SEPARACION BIENES EN GALAPAGAR.

TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: CERILLO DE MONTERRUBIO NÚMERO VÍA: 2.

BIS-NÚMERO VÍA: ESCALERA: PISO: PUERTA: COD-POST: 28260 COD-MUNI: 28061.

DATOS RESGISTRO:

NÚMERO REG: NÚMERO TOMO: 3081 NÚMERO LIBRO: 399 NÚMERO FOLIO: 169 NÚMERO FINCA: 19559.

LETRA: A.

Madrid, a 19 de octubre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 09 00381834.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/04, con sede en la calle de la cruz número 7 de Madrid.

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor MIAH - AKLAS, con NIF X3511810D y con domicilio en la calle Isabel Méndez, 30 - Bj de Madrid, con número de documento 28 04 504 11 002954502, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en RELACION adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de MADRID NÚMERO 39 garantizando la suma total de 2.367,24 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO. – TOMO. – FOLIO. – FINCA NUM. – ANOTACION LETRA.

175. – 1641. – 125. – 13381. – A.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle.

28 09 058502808. – 04/2009. – 0111.

28 09 064435164. – 05/2009. – 0111.

28 09 070050555. – 08/2009. – 0111.

28 09 077581900. – 06/2009. – 0111.

28 09 091857973. – 07/2009. – 0111.

28 09 095652289. – 08/2009. – 0111.

28 09 106851951. – 09/2009. – 0111.

28 10 011340979. – 10/2009. – 0111.

28 10 018240208. – 11/2009. – 0111.

28 10 043023102. – 02/2010. – 0111.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – ññIntereses. – Costas Devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

6.562,22. – 1.424,61. – 464,93. – 59,26. – 1.000,00. – 9.511,02.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de 9.511,02 euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 11.878,26 euros, y expedir el mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde a interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS (SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO):

DEUDOR: MIAH - AKLAS.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCION FINCA: 50 POR 100 DE PLENO DOMINIO DE LA FINCA.

TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: ISABEL MENDEZ NÚMERO VÍA: 30.

BIS-NÚMERO VÍA: ESCALERA: PISO: BJ PUERTA: LOC COD-POST: 28038 COD-MUNI: 28079.

DATOS RESGISTRO:

NÚMERO REG: 39 NÚMERO TOMO: 1641 NÚMERO LIBRO: 175 NÚMERO FOLIO: 125 NÚMERO FINCA: 13381.

LETRA: A.

Madrid, a 11 de enero de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 10 00061862.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/04, con sede en la calle de la cruz número 7 de Madrid.

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor ROTACION DE MONTEJE DE ANDAMIOS, SL, con CIF B80474521 y con domicilio en la Avenida Canteras, 90 (nave 8) de Valdemoro (Madrid), con número de documento 28 04 504 10 062105527, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en RELACION adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de VALDEMORO garantizando la suma total de 24.966,02 euros, que incluyen el principal, el recargo de apremio y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO. – TOMO. – FOLIO. – FINCA NUM. – ANOTACION LETRA.

217. – 798. – 106. – 14237. – A.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle.

28 09 090560500. – 08/2009. – 0111.

28 09 094805965. – 08/2009. – 0111.

28 09 106000977. – 09/2009. – 0111.

28 10 010550431. – 10/2009. – 0111.

28 10 029210403. – 12/2009. – 0111.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas Devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

15.692,54. – 3.138,51. – 742,50. – 113,78. – 3.500,00. – 23.187,33.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de 23.187,33 euros, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 48.153,35 euros, y expedir el mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde a interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS (SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO):

DEUDOR: ROTACION DE MONTAJE DE ANDAMIOS, S.L.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA:

DESCRIPCION FINCA: PLENO DOMINIO DE NAVE INDUSTRIAL EN VALDEMORO.

TIPO VÍA: PG NOMBRE VÍA: VALMOR NÚMERO VÍA: 8.

BIS-NÚMERO VÍA: B ESCALERA: PISO: PUERTA: LOC COD-POST: 28340 COD-MUNI: 28161.

DATOS RESGISTRO:

NÚMERO REG: NÚMERO TOMO: 798 NÚMERO LIBRO: 217 NÚMERO FOLIO: 106 NÚMERO FINCA: 14237.

LETRA: A.

Madrid, a 4 de octubre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

EDICTO PROVIDENCIA DE PRORROGA DE ANOTACIÓN PREVENTIVA DE EMBARGO POR CUATRO AÑOS. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 96 00360233.-.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 04 de Madrid.

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor EL MATI - EL FENNANE, con identificador 280361998738 NIF: X0284472P, número documento: 28 04 511 10 065506991 y domicilio en calle San Cristóbal número 9 de San Martín de la Vega (Madrid), por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado la siguiente:

“PROVIDENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF numero X0284472P (estado civil, en su caso: CASADO- NAIMA FAHIM-X0983059Q), resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en RELACIÓN adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de PINTO, garantizando la suma total de 138.383,05 euros, que incluye el principal, el recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO. – TOMO. – FOLIO. – FINCA NUM. – ANOTACION LETRA.

143. – 936. – 139. – 6361. – A, E, F, G.

Que no siendo posible la ultimación del procedimiento antes de que transcurran los 4 años desde la anotación registral del embargo de dichas fincas, ACUERDO solicitar del Sr. Registrador de la Propiedad de PINTO, la prórroga, por un plazo de 4 años más, de las anotaciones registrales del embargo de las fincas relacionadas, al amparo de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley Hipotecaria.

Madrid, a 19 de octubre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

RELACION DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS (SOBRE LOS QUE SE SOLICITA PRORROGA DE ANOTACION PREVENTIVA DE EMBARGO POR 4 AÑOS):

DEUDOR: EL MATI - EL FENNANE.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA.

DESCRIPCION FINCA: PLENO DOMINIO DE LA FINCA.

TIPO VÍA: PG NOMBRE VÍA: CERRAS CHICOS NÚMERO VÍA: 3.

BIS-NÚMERO VÍA: B ESCALERA: PISO: PUERTA: DCH COD-POST: 28330 COD-MUNI: 28132.

DATOS RESGISTRO:

NÚMERO REG: NÚMERO TOMO: 936 NÚMERO LIBRO: 143 NÚMERO FOLIO: 139 NÚMERO FINCA: 6361.

DESCRIPCION AMPLIADA.

VIVIENDA DERECHA EN PLANTA ALTA INTEGRANTE DE LA CASA SEÑALADA CON EL NUMERO TRES-B, PERTENECIENTE AL MODELO UNO EN EL POLIGONO CERROS CHICOS, DE SAN MARTIN DE LA VEGA. MIDE NOVENTA Y UN METROS NOVENTA DECIMETROS CUADRADOS. SE DECLARA EMBARGADO EL 100 POR 100 DEL PLENO DOMINIO DE LA FINCA CUYA TITULARIDAD CORRESPONDE AL DEUDOR POR TITULO DE COMPRAVENTA.

Madrid, a 19 de octubre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

EDICTO PROVIDENCIA DE PRORROGA DE ANOTACIÓN PREVENTIVA DE EMBARGO POR CUATRO AÑOS. EXPEDIENTE NÚMERO 28 04 06 00447023.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 04 de Madrid.

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor ALAM BEGUM MANSURUL, con identificador 28151875318 NIF: 51499454Q, número documento: 28 04 511 10 065255296 y domicilio en calle Doctor Fourquet número 39 de Madrid, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado la siguiente:

“PROVIDENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF numero 51499454Q (estado civil, en su caso: SOLTERO), resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en RELACIÓN adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de MADRID NUMERO 37, garantizando la suma total de 3.839,81 euros, que incluye el principal, el recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO. – TOMO. – FOLIO. – FINCA NUM. – ANOTACION LETRA.

0292. – 1709. – 0212. – 10105. – A, B.

Que no siendo posible la ultimación del procedimiento antes de que transcurran los 4 años desde la anotación registral del embargo de dichas fincas, ACUERDO solicitar del Sr. Registrador de la Propiedad de MADRID NUMERO 37, la prórroga, por un plazo de 4 años más, de las anotaciones registrales del embargo de las fincas relacionadas, al amparo de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley Hipotecaria.

Madrid, a 18 de octubre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

RELACION DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS (SOBRE LOS QUE SE SOLICITA PRORROGA DE ANOTACION PREVENTIVA DE EMBARGO POR 4 AÑOS).

DEUDOR: ALAM BEGUM MANSURUL.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA.

DESCRIPCION FINCA: PLENO DOMINIO DE LA FINCA.

TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: MESON DE PAREDES NÚMERO VÍA: 64.

BIS-NÚMERO VÍA: ESCALERA: PISO: BJ PUERTA: 2 COD-POST: 28012 COD-MUNI: 28079.

DATOS RESGISTRO:

NÚMERO REG: 37 NÚMERO TOMO: 1709 NÚMERO LIBRO: 0292 NÚMERO FOLIO: 0212 NÚMERO FINCA: 10105.

DESCRIPCION AMPLIADA.

VIVIENDA SITA EN CALLE MESON DE PAREDES 64, PISO BAJO NÚMERO 2 DE MADRID OCUPA UNA SUPERFICIE DE 30,73 M2. CUOTA UN ENTERO TREINTA Y CINCO CENTESIMAS POR CIENTO. SE DECLARA EMBARGADO EL 100 POR 100 DEL PLENO DOMINIO DEL INMUEBLE CUYA TITULARIDAD CORRESPONDE AL DEUDOR CON CARÁCTER PRIVATIVO POR TITULO DE COMPRAVENTA.

Madrid, a 18 de octubre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FIDEL LEBRERO HERRAIZ.

URE 28/09.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN A DEUDORES.

Dª MARÍA JOSÉ MORENO ARRÓNIZ Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/09, con sede en C/ Santa Juliana, 11 - 28039 Madrid.

HAGO SABER: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial: Unidad de Recaudación Ejecutiva 28/09, sita en Madrid, calle Santa Juliana núm. 11, teléfono 91.459.3112, fax 91.450.4998 en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Relación que se cita:

- Número expediente: 28091000171916; Nombre/razón social: ATRIZ GESTION INMOBILIARIA, S.A.; Domicilio: PZ CRISTO REY 2 1º 28040 - MADRID; Procedimiento: Diligencia Embargo Inmuebles; Documento: 280950110071960727; Deuda: 28.0864,48 euros; Número finca 1: 26.605; Libro 2990; Tomo 0876; Folio 0097. Reg Prop. Núm. 28 de Madrid; Dirección inmueble: García de Paredes núm. 14 Plaza Garaje 26; MADRID. Número finca 2: 26.529; Libro 2988; Tomo 0874; Folio 0167. Reg Prop. Núm. 28 de Madrid; Dirección inmueble: García de Paredes núm. 14 Plaza Garaje 50; MADRID.

- Número expediente: 28091000058546; Nombre/razón social: HOSTELERIA BESPERIA S.L.; Domicilio: Rosa de Silva núm. 14 28020 - MADRID; Procedimiento: Diligencia Embargo Inmuebles; Documento: 280950111005442348; Deuda: 8.616,11 euros; Número finca: 12183; Libro 0320; Tomo 1267; Folio 0007. Reg Prop. Núm. 7 de Madrid; Dirección inmueble: Rosa de Silva núm. 14 Local MADRID.

En Madrid, a 31 de enero de 2.011.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, MARIA JOSÉ MORENO ARRÓNIZ.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN A DEUDORES.

DOÑA MARÍA JOSÉ MORENO ARRÓNIZ, Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/09, con sede en C/ Santa Juliana, 11 - 28039 Madrid.

HAGO SABER: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 al 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27) según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente Edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior, dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de DIEZ DÍAS, contados desde el siguiente al de la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Así mismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

RELACIÓN QUE SE CITA:

EXPEDIENTE. – NIF/CIF. – NOMBRE/RAZÓN SOCIAL. – IMPORTE DEUDA. – PROCEDIMIENTO/NUMERO.

28099600273758. – 051066944K. – LEDO FERNANDEZ RAUL. – 298,89. – SUELDOS/SALARIOS.

En Madrid, a 31 de enero de 2011.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, MARIA JOSÉ MORENO ARRÓNIZ.

EDICTO DE ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES.

Doña María José Moreno Arróniz, Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/09, con sede en la calle Santa Juliana, núm. 11, C.P. 28039, de Madrid.

HACE SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye es esta Unidad a mi cargo contra el deudor que se consigna en relación adjunta, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente.

PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 29 de diciembre de 2.010, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 1 de marzo de 2.011, a las 10,00 horas en calle Agustín de Foxá núm. 28-30 de Madrid, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

Los bienes embargados sobre los que se decreta su venta, así como su tipo de subasta en primera licitación, es el indicado en relación adjunta.

Notifíquese esta Providencia al deudor y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán el apremiado o los acreedores citados liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, en cuya caso se suspenderá la subasta de los bienes.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

1.-Cuando los bienes subastados sean susceptibles de inscripción en Registros Públicos, los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros. De no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual podrá efectuarse la inmatriculación en los términos previstos por el artículo 199.b de la Ley Hipotecaria, y que, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el título VI de dicha ley.

2.-Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

3.-Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas desde el 13/01/2011 hasta 28/02/2011. Simultáneamente a la presentación de la oferta, el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por 100 del tipo de la subasta.

4.-Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por 100 del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por 100 del tipo fijado para la subasta, mediante cheque certificado, visado o conformado y nominativo a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito.

5.-Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una deferencia entre ellas de, al menos, el 2 por 100 del tipo de subasta.

6.-El rematante deberá abonar mediante ingresos en cuenta, cheque, transferencia bancaria u otro medio autorizado por la Tesorería General, efectuado o expedido a nombre de la “Tesorería General de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva núm. 28/09” la diferencia entre el precio de adjudicación y el importe de la cantidad depositada, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación.

7.-La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo, en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieren formalizado para la constitución del depósito.

8.-Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración.

9.-Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de 30 días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido y, en su caso, el resto del precio satisfecho.

10.-Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario.

12.-Mediante el presente Edicto, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.

13.-De acuerdo con lo establecido en la Ley 49/60 de 21 de julio sobre Propiedad Horizontal en la redacción dada por la Ley 8/99, “serán a cargo del adquirente de una vivienda o local en régimen de propiedad horizontal los gastos que queden pendientes de pago”.

14.-El depósito que se constituya el mismo día de la subasta por un 30 por 100 del tipo ha de ser mediante cheque certificado, visado o conformado y nominativo a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Para que sirva de notificación a los deudores, a los terceros poseedores y en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge del deudor y a los condueños, notifíquese el presente Anuncio mediante Edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de MADRID, en cumplimiento de lo que establecen los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 enero. Lo que se hace público en cumplimiento de lo que establece el artículo 129 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (RD 1637/1995 de 6 de octubre “Boletín Oficial del Estado” de fecha 24 de octubre), a los efectos de que sirva de notificación al deudor y acreedores hipotecarios, así como al resto de interesados.

Los bienes inmuebles que se subastan son los siguientes:

Expte 28090700273477; Deudor: CRUZ VELASQUEZ DUERNEY; Inmueble que se subasta: 100 POR 100 PLENO DOMINIO Vivienda 2ª planta c/Depósitos núm. 31 de GETAFE (MADRID); Perteneciente al Registro de la Propiedad de Getafe; Folio 0042; Libro 0557; Tomo 1324; Finca 41088; IMPORTE DE TASACIÓN: 185.295,36 euros; TIPO DE SUBASTA: 753,32 euros. CARGAS QUE QUEDAN SUBSISTENTES: 184.542,04 euros.

Expte 28090500109634; Deudor: VALLEJO PAULINO MANUEL ANTONIO; Inmueble que se subasta: 100 POR 100 PLENO DOMINIO Piso 1ºDrcha c/Berruguete núm. 14 de MADRID; Perteneciente al Registro de la Propiedad número 26 de Madrid; Folio 0053; Libro 0269; Tomo 0269; Finca: 14273; IMPORTE DE TASACIÓN: 250.440,00 euros; TIPO DE SUBASTA: 131.844,13 euros; CARGAS QUE QUEDAN SUBSISTENTES: 118.595,87 euros.

En Madrid, a 31 de enero de 2011.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, María José Moreno Arróniz.

EDICTO DE ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES.

Doña María José Moreno Arróniz, Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/09, con sede en la calle Santa Juliana, núm. 11, C.P. 28039, de Madrid.

HACE SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye es esta Unidad a mi cargo contra el deudor que se consigna en relación adjunta, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente.

PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 25 de enero de 2.011, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 29 de marzo de 2.011, a las 10,00 horas en calle Agustín de Foxá núm. 28-30 de Madrid, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

Los bienes embargados sobre los que se decreta su venta, así como su tipo de subasta en primera licitación, es el indicado en relación adjunta.

Notifíquese esta Providencia al deudor y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán el apremiado o los acreedores citados liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, en cuya caso se suspenderá la subasta de los bienes.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

1.-Cuando los bienes subastados sean susceptibles de inscripción en Registros Públicos, los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros. De no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual podrá efectuarse la inmatriculación en los términos previstos por el artículo 199.b de la Ley Hipotecaria, y que, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el título VI de dicha ley.

2.-Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

3.-Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas desde el 07/02/2011 hasta 28/03/2011. Simultáneamente a la presentación de la oferta, el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por 100 del tipo de la subasta.

4.-Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por 100 del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por 100 del tipo fijado para la subasta, mediante cheque certificado, visado o conformado y nominativo a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito.

5.-Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una deferencia entre ellas de, al menos, el 2 por 100 del tipo de subasta.

6.-El rematante deberá abonar mediante ingresos en cuenta, cheque, transferencia bancaria u otro medio autorizado por la Tesorería General, efectuado o expedido a nombre de la “Tesorería General de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva núm. 28/09” la diferencia entre el precio de adjudicación y el importe de la cantidad depositada, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación.

7.-La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo, en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieren formalizado para la constitución del depósito.

8.-Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración.

9.-Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de 30 días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido y, en su caso, el resto del precio satisfecho.

10.-Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario.

12.-Mediante el presente Edicto, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.

13.-De acuerdo con lo establecido en la Ley 49/60 de 21 de julio sobre Propiedad Horizontal en la redacción dada por la Ley 8/99, “serán a cargo del adquirente de una vivienda o local en régimen de propiedad horizontal los gastos que queden pendientes de pago”.

14.-El depósito que se constituya el mismo día de la subasta por un 30 por 100 del tipo ha de ser mediante cheque certificado, visado o conformado y nominativo a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Para que sirva de notificación a los deudores, a los terceros poseedores y en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge del deudor y a los condueños, notifíquese el presente Anuncio mediante Edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de MADRID, en cumplimiento de lo que establecen los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 enero. Lo que se hace público en cumplimiento de lo que establece el artículo 129 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (RD 1637/1995 de 6 de octubre “Boletín Oficial del Estado” de fecha 24 de octubre), a los efectos de que sirva de notificación al deudor y acreedores hipotecarios, así como al resto de interesados.

Los bienes inmuebles que se subastan son los siguientes:

Expte. 28070000108416; Deudor: LURUEÑA FRUTOS MANUEL; Inmueble que se subasta: 100 POR 100 PLENO DOMINIO Local Comercial planta baja c/Nuestra Señora de Loreto núm. 6 Bajo H local8 de SANTIAGO DE LA RIBERA (MURCIA); Perteneciente al Registro de la Propiedad de San Javier; Folio 0129; Libro 0508; Tomo 07384; Finca 9594; IMPORTE DE TASACIÓN: 45.296,00 euros; TIPO DE SUBASTA: 45.296,00 euros.

En Madrid, a 4 de febrero de 2011.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, María José Moreno Arróniz.

URE 28/13.

EDICTO SUBASTA BIENES INMUEBLES.

DOÑA ESTRELLA DEL OLMO GARCIA, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/13, de las de Madrid, con domicilio en la calle Doctor Pérez Domínguez 3.

HACE SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo, contra JOSE MANUEL FERNANDEZ MAYORAL, N.I.F. 51941008Q, por deudas a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, con fecha 28 de diciembre de 2010, Providencia de Subasta pública de bienes inmuebles que luego se transcribirá, y no habiendo sido posible la notificación de la misma a JOSE MANUEL FERNANDEZ MAYORAL y a los cotitulares MARIO FERNANDEZ COLILLA y MARIO FERNANDEZ MAYORAL, en los domicilios conocidos, se realiza a través de la publicación del presente edicto:

EDICTO DE NOTIFICACION DE PROVIDENCIA DE SUBASTA PÚBLICA DE BIENES INMUEBLES.

“PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 28 de diciembre de 2010, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 1 de marzo de 2011, a las 10:00 horas, en C/ AGUSTIN DE FOXA, 28-30 MADRID, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta.

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados a continuación:

FINCA: Urbana: 33,3333333 por 100 de nuda propiedad de vivienda unifamiliar en calle Real 75 de Madrid. Superficie construida: Área edificada construida: 70,40 metros cuadrados: útil: 63,00 metros cuadrados. Terreno: 171,35 metros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Santa María La Real de Nieva, tomo 2718, libro 84, folio 39, finca 6535.

CARGAS SUBSISTENTES:

Hipoteca UNION CREDITO INMOBILIARIO, Importe pendiente 6.328,90 euros.

IMPORTE TASACIÓN: 19.375,00 euros.

TIPO DE SUBASTA: 13.046,10 euros.

Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes”.

Madrid, a 7 de febrero de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Estrella del Olmo García.

URE 28/14.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE DILIGENCIAS DE EMBARGO DE INMUEBLES.

Doña María Luisa Martín Carballo, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/14, de las de Madrid, con domicilio en la calle Cáceres número 4.

HACE SABER: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social, contra los apremiados que a continuación se relacionarán, que de conformidad con los dispuesto en los artículos 59.4, 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social (“Boletín Oficial del Estado” del 31, y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representan te por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar las diligencias de embargo de bienes inmuebles cuyos datos identificativos y otras circunstancias se relacionan:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

“En los expedientes administrativos de apremio que se instruyen en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra los deudores cuyos datos identificativos y otras circunstancias se especifican en la relación que a continuación se recoge, una vez notificadas a los mismos las providencias de apremio por los débitos perseguidos, y no habiendo satisfecho la deuda, conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25, DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes a los deudores relacionados más abajo que se identifican asimismo en la citada relación. Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades de los deudores en sus respectivos expedientes, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total reseñada igualmente en la relación.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presenta notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 103 del Reglamento citado a efectos de que sirva de notificación con plena virtualidad legal al deudor y, si los hubiere, cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios, anotantes anteriores y demás interesados.

RELACION QUE SE CITA:

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: FRANCISCO JAVIER MIGUEL GARCÍA. DNI/NIF/NIE/CIF: 50719066H.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 14 07 00186093.

DOMICILIO: C/ Jesús Goldero, 5 (28045 MADRID).

RÉGIMEN: General. PERIODOS AL DESCUBIERTO: 4 a 12/2008 y 1 a 6/2009; Autónomos. PERIODOS AL DESCUBIERTO: 12/2008 y 1 a 9/2009.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 10.023,07 euros. RECARGO DE APREMIO: 2.004,57 euros. INTERES: 1.100,97 euros. COSTAS DEVENGADAS: 10,46 euros. COSTAS PRESUPUESTADAS: 100.00 euros. TOTAL DEUDA: 13.239,07 euros.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 10 de diciembre de 2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: 50 por 100 pleno dominio parcela terreno y vivienda unifamiliar en c/ Neptuno de la Urbanización Rio Cofio, en término municipal de Robledo de Chavela (Madrid). La parcela ocupa una superficie aproximada de 1.115 m/2, sobre parte de la que se ha construido una vivienda unifamiliar aislada con superficie construida aproximada de 184 m/2. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de San Lorenzo de el Escorial, finca 4709 de Robledo de Chavela, al tomo 3478, libro 129, filio 113.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: YANLI HE SHEN. DNI/NIF/NIE/CIF: 50341418F.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 14 09 00214039.

DOMICILIO: C/ NICOLAS GODOY, 21 – AT. A - (28045 MADRID).

RÉGIMEN: Autónomos. PERIODOS AL DESCUBIERTO: 12/2008, 1 a 6/2009 y 2 a 4/2010.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 2.398,56 euros. RECARGO DE APREMIO: 479,73 euros. INTERES: 163,22 euros. COSTAS DEVENGADAS: 21,28 euros. COSTAS PRESUPUESTADAS: 200,00 euros. TOTAL DEUDA: 3.262,79- euros.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 5 de noviembre de 2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: FINCA NÚMERO 1.- 1 / 2 pleno dominio privativo vivienda en Seseña (Toledo), C/ Leonardo Da Vinci, 4, bloque 1, escalera 3, piso 1º, puerta C. Superficie construida: 162,58 m/2 y útil: 144,36 m/2. Le corresponden como anejos indivisibles e inseparables el cuarto trastero 3-17, en sótano 1-A del bloque 48-1, de 5,23 m/2 de superficie útil y la plaza de aparcamiento número 1-220, situada en sótano 1-A del bloque 48-1, de superficie útil: 12,50 m/2.. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Illescas, al tomo 2080, libro 206, folio 163, finca número 15011 de Seseña. FINCA NÚMERO 2.- 1 / 2 indivisa pleno dominio privativo plaza aparcamiento en Seseña (Toledo), C/ Leonardo Da Vinci, 4, bloque 1, escalera 1, planta sótano 2, plaza 139. Superficie útil: 12,50 m/2. Inscrita en el Registro de la propiedad de Illescas número 1, al tomo 2077, libro 203, folio 190, finca 14795 de Seseña.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: FRANCISCO BORJA GALLEGO CABEZAS. DNI/NIF/NIE/CIF: 11849852E.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 14 10 00214066.

DOMICILIO: C/ Canarias, 16 – 4º J – (28045 MADRID).

RÉGIMEN: Autónomos. PERIODOS AL DESCUBIERTO: 11/2009 y 1 y 4/2010.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 915,56 euros. RECARGO DE APREMIO: 183,11 euros. INTERES: 27,11 euros. COSTAS DEVENGADAS: 10,64 euros. COSTAS PRESUPUESTADAS: 100,00 euros. TOTAL DEUDA: 1.236,42 euros.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 11 de noviembre de 2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: 50 por 100 pleno dominio vivienda en Madrid, C/ Ciudad Real, 34, escalera 1, piso 4º, puerta E. Superficie construida: 35,75 m/2. Cuota de participación: 1,9300 por 100. Inscrita en el Registro de la propiedad número 3 de Madrid, al tomo 2107, libro 1988, folio 46, finca 19470.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: JOSE MARIA MAJADAS ALONSO. DNI/NIF/NIE/CIF: 2086764C.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 14 10 00241550.

DOMICILIO: C/ Miguel Arredondo, 8 esc. Dcha. 4º A - (28045 MADRID).

RÉGIMEN: Autónomos. PERIODOS AL DESCUBIERTO: 12/2009 y 3 a 5/2010.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 1.983,43 euros. RECARGO DE APREMIO: 396,68 euros. INTERES: 62,30 euros. COSTAS PRESUPUESTADAS: 100,00 euros. TOTAL DEUDA: 2542,41 euros.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 21 de diciembre de 2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: 1/3 parte pleno dominio carácter privativo vivienda en Madrid, C/ Miguel Arredondo, 8, escalera derecha, piso 4º, puerta A. Superficie útil: 52,25 m/2. Cuota de participación: 2,4300 por 100. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 3 de Madrid, al tomo 708, libro 708, folio 174, finca 28014.

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: PABLO PINTOS GOMEZ DNI/NIF/NIE/CIF: 2258269Z.

NÚMERO EXPEDIENTE: 28 14 10 00244176.

DOMICILIO: C/ Fermín donaire, 8, 1º B - (28026 MADRID).

RÉGIMEN: Autónomos. PERIODOS AL DESCUBIERTO: 12/2009 y 1 a 3/2010.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 1.049,12 euros. RECARGO DE APREMIO: 209,82 euros. INTERES: 44,07 euros. COSTAS DEVENGADAS: 10,64 euros. COSTAS PRESUPUESTADAS: 100,00 euros. TOTAL DEUDA: 1.413,65 euros.

FECHA DE LA DILIGENCIA: 21 de diciembre de 2010.

IDENTIFICACIÓN DEL INMUEBLE: 100 por 100 pleno dominio carácter ganancial vivienda en Madrid, C/ Fermín donarie, 8, piso 1º, puerta B. Superficie construida: 48,61 m/2. Cuota de participación: 10 por 100.. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 53 de Madrid, al tomo 2608, libro 2608, folio 65, finca 55138A.

Contra este acto podrá formularse Recurso de Alzada, ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contado a partir del día de su publicación en el BOCM, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992”.

Madrid, a 2 de febrero de 2011.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, MARIA LUISA MARTÍN CARBALLO.

URE 28/18.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRAMITE DE AUDIENCIA AL ADMINISTRADOR D.PABLO CARLOS PACHECO GARCIA EN EL EXPTE 2818 0900281063.

Don Jesús Puyuelo Gili, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 18 de las de Madrid, con domicilio en la calle Inspector Juan Antonio Bueno c/v C/.La Paz s/n, 28924-Alcorcón.

HACE SABER: De los antecedentes que obran en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid y de la información obtenida del Registro Mercantil, ha podido comprobarse que D.PABLO CARLOS PACHECO GARCÍA figura o ha figurado como administrador o miembro del consejo de administración de la Sociedad DELPHA REVESTIMIENTO MONOCOPA, S.L, la cual mantiene una deuda con la Administración de la Seguridad Social cuyo importe asciende a un total de 72.208,77 euros, período 09/2006 A 07/2010. Se adjunta informe con desglose de la deuda.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/1995 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. El procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por del R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

A fin de regularizar dicha situación y saldar la deuda mantenida por la Sociedad, deberá personarse en un plazo no superior a 15 días, en la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/18 de las de Madrid, sita en la Calle Inspector Juan Antonio Bueno s/n, 28924 Alcorcón (Madrid), teléfono 91 621 04 26. En el indicado plazo, podrá efectuar, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29), las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes. En particular, se le requiere la presentación de los siguientes documentos: estados financieros de la sociedad y cuenta de pérdidas y ganancias, debidamente inscritos en el Registro Mercantil; liquidación del impuesto de sociedades de los últimos cuatro ejercicios. En todo caso, deberá presentar relación de los bienes y derechos que formen parte del patrimonio social, para hacer frente a las obligaciones pendientes de saldar.

Alcorcón, 3 de febrero de 2011.-El Recaudador Ejecutivo.

URE 28/22.

ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES (TVA 603).

Número expediente: 28 22 09 00329903.

Nombre/razón social: TELEDOC 21, S.L.

Número documento: 28 22 603 11 008657795.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 22 de GETAFE (MADRID).

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo contra el deudor TELEDOC, S.L., por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:

“PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 31 de enero de 2011, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 29 de marzo de 2011, a las 10:00 horas, en CL AGUSTIN DE FOXA, 28-30 MADRID, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes”.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

1.-Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta serán los indicados en la Providencia de subasta.

2.-Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos previstos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.

3.-Las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

4.-Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas HASTA EL 28-03-2011. Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe, en todo caso, del 25 por 100 del tipo de subasta.

5.-Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por 100 del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, constituyendo en el acto un depósito del 30 por 100 del tipo fijado para la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito.

6.-Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia entre ellas de, al menos, el 2 por 100 del tipo de subasta.

7.-El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de adjudicación y el importe del depósito constituido, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación.

8.-La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito.

9.-Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración.

10.-Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho de tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en el plazo máximo de 30 días; en este caso, se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho.

11.-Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario.

12.-Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.

13.-En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado.

ADVERTENCIAS:

DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN LA LEY 49/60 DE 21 DE JULIO SOBRE PROPIEDAD HORIZONTAL EN LA REDACCIÓN DADA POR LA LEY 8/99, SERÁN A CARGO DEL ADQUIRENTE DE UNA VIVIENDA O LOCAL EN RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL LOS GASTOS QUE QUEDEN PENDIENTES DE PAGO.

EL DEPÓSITO QUE SE CONSTITUYA EL MISMO DÍA DE LA SUBASTA POR UN 30 POR CIENTO DEL TIPO HA DE SER MEDIANTE CHEQUE CERTIFICADO, VISADO O CONFORMADO, Y NOMINATIVO A FAVOR DE TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

GETAFE (MADRID), a 7 de febrero de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Juan Antonio Mantecón López.

RELACIÓN ADJUNTA DE BIENES QUE SE SUBASTAN:

DEUDOR: TELEDOC 21, S.L.

LOTE NÚMERO: 01.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS FINCA URBANA.

DESCRIPCIÓN FINCA: NAVE INDUSTRIAL-100 POR 100 PLENO DOMINIO.

TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: AMSTERDAM NÚMERO VÍA: 11.

BIS-NÚMERO VIA: ESCALERA: PISO: PUERTA: COD-POST: 28980 COD-MUNI: 28106 DATOS REGISTRO.

NÚMERO REG.: 28126 NÚMERO TOMO: 940 NÚMERO LIBRO: 424 NÚMERO FOLIO: 25 NÚMERO FINCA: 10999.

IMPORTE DE TASACIÓN: 740.006,31 EUROS.

CARGAS QUE DEBERÁN QUEDAN SUBSISTENTES:

B.S.C.H., S.A. CARGA: HIPOTECA 375.366,23 EUROS.

TIPO DE SUBASTA: 364.640.08 EUROS.

DESCRIPCIÓN AMPLIADA:

FINCA DE PARLA 2 NÚMERO: 10999 IDUFIR: 28126000268281.

URBANA: NUMERO SEIS.- NAVE INDUSTRIAL ADOSADA en término de Parla, en el Polígono Industrial “Ciudad Industrial de Parla” y su CALLE DE AMSTERDAM, designada como P-6, hoy CALLE DE AMSTERDAM, NUMERO ONCE. Consta de planta baja y entreplanta. La planta baja tiene una superficie construida de seiscientos cincuenta y ocho metros nueve mil ciento cincuenta y siete centímetros cuadrados, totalmente diáfana. Y la entreplanta tiene una superficie construida de ciento diez metros dos mil nueve centímetros cuadrados, totalmente diáfana. En total tiene una superficie construida de setecientos sesenta y nueve metros mil ciento sesenta y seis centímetros cuadrados. LINDA: por su frente, con el anejo inseparable delantero de la nave que da a la calle de Amsterdam; derecha entrando, con la nave P-7; izquierda, con la nave P-5; y fondo, con el anejo inseparable trasero que da al límite del Polígono. ANEJOS INSEPARABLES: Le corresponde como anejos inseparables: El espacio libre delantero de la nave, con una superficie de ciento sesenta y siete metros ocho mil seiscientos centímetros cuadrados, que linda: frente, con la calle Amsterdam; derecha, espacio libre de la nave P-7; izquierda, espacio libre de la nave P-5; y fondo, con la nave. Y el espacio libre trasero de la nave, con una superficie de ciento sesenta y cinco metros mil quinientos veintiséis centímetros cuadrados, que linda: frente, con la nave; derecha, espacio libre de la nave P-7; izquierda, con la nave P-5; y fondo, con el límite del Polígono. CUOTA: ocho enteros veintitrés centésimas por ciento.

Referencia catastral: 6847301VK3564N0006OD.

TITULARIDADES:

NOMBRE TITULAR. – N.I.F. – TOMO. – LIBRO. – FOLIO. – ALTA.

TELEDOC 21, S.L. UNIPERSONAL. – B82055070. – 734. – 238. – 94. – 2.

100,0000000 POR 100 (TOTALIDAD) del pleno dominio por título de compraventa.

GETAFE (MADRID), a 7 de febrero de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Juan Antonio Mantecón López.

RESOLUCIONES.

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Dirección Provincial de Madrid.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE EMPLAZAMIENTO A POSIBLES INTERESADOS.

Don Juan Luis Rodríguez Hurtado, Subdirector Provincial de Procedimientos Especiales de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, de la que es Director Provincial Don Rodrigo Mares Ramírez, hago saber que:

1º En el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 22 de los de Madrid, sito en la Calle Gran Vía número 19, se ha interpuesto Recurso Contencioso Administrativo seguido con el número Procedimiento Ordinario 164/2010, del que es parte recurrente Don Francisco Javier Cordero de la Fuente.

2º Ante el órgano judicial y por el recurrente arriba indicado se ha interpuesto recurso contencioso administrativo contra la resolución de esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid de fecha 23 de noviembre de 2009, que desestimó el recurso de alzada planteado contra el acuerdo de derivación de responsabilidad número 28/90/ 2009/91800.

En cumplimiento de lo ordenado por dicho órgano judicial, se acuerda la remisión al mismo del expediente administrativo correspondiente al recurso indicado, de conformidad con el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3º Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49.1 de la citada Ley, se emplaza a la empresa MEDACONS, S. A., C/ Miguel Yuste, número 25, 28037 – Madrid, con C.I.F. A83741637, como posible interesado en el mantenimiento de la resolución impugnada para que pueda comparecer y personarse ante el órgano judicial y en los Autos mencionados en el plazo de 9 días hábiles siguientes a que se tenga conocimiento del presente edicto.

En Madrid, a 2 de febrero de 2011.-EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL, Juan Luis Rodríguez Hurtado (firmado).

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE EMPLAZAMIENTO A POSIBLES INTERESADOS.

Don Juan Luis Rodríguez Hurtado, Subdirector Provincial de Procedimientos Especiales de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, de la que es Director Provincial Don Rodrigo Mares Ramírez, hago saber que:

1º En el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 22 de los de Madrid, sito en la Calle Gran Vía número 19, se ha interpuesto Recurso Contencioso Administrativo seguido con el número Procedimiento Ordinario 164/2010, del que es parte recurrente Don Francisco Javier Cordero de la Fuente.

2º Ante el órgano judicial y por el recurrente arriba indicado se ha interpuesto recurso contencioso administrativo contra la resolución de esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid de fecha 23 de noviembre de 2009, que desestimó el recurso de alzada planteado contra el acuerdo de derivación de responsabilidad número 28/90/ 2009/91800.

En cumplimiento de lo ordenado por dicho órgano judicial, se acuerda la remisión al mismo del expediente administrativo correspondiente al recurso indicado, de conformidad con el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3º Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49.1 de la citada Ley, se emplaza a D. JESÚS GONZÁLEZ ARTIAGA, C/ Marqués de Mondejar, número 18 7º A, 28028 – Madrid, con N.I.F. 51634105W, como posible interesado en el mantenimiento de la resolución impugnada para que pueda comparecer y personarse ante el órgano judicial y en los Autos mencionados en el plazo de 9 días hábiles siguientes a que se tenga conocimiento del presente edicto.

En Madrid a 2 de febrero de 2011.-EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL, Juan Luis Rodríguez Hurtado (firmado).

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE EMPLAZAMIENTO A POSIBLES INTERESADOS.

Don Juan Luis Rodríguez Hurtado, Subdirector Provincial de Procedimientos Especiales de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, de la que es Director Provincial Don Rodrigo Mares Ramírez, hago saber que:

1º En el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 27 de los de Madrid, sito en la Calle Gran Vía número 19, se ha interpuesto Recurso Contencioso Administrativo seguido con el número Procedimiento Ordinario 134/2010, del que es parte recurrente Don Javier Ordovas Artieda.

2º Ante el órgano judicial y por el recurrente arriba indicado se ha interpuesto recurso contencioso administrativo contra la resolución de esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid de fecha 11 de junio de 2010, que desestimó el recurso de alzada planteado contra el acuerdo de derivación de responsabilidad número 28/ 90/ 2009/92341.

En cumplimiento de lo ordenado por dicho órgano judicial, se acuerda la remisión al mismo del expediente administrativo correspondiente al recurso indicado, de conformidad con el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3º Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49.1 de la citada Ley, se emplaza a la empresa VITAL DENTAL ESPAÑA, S.A., C/ Luis Pando, número 16, 28047 – Madrid, con C.I.F. A-79297933, como posible interesado en el mantenimiento de la resolución impugnada para que pueda comparecer y personarse ante el órgano judicial y en los Autos mencionados en el plazo de 9 días hábiles siguientes a que se tenga conocimiento del presente edicto.

En Madrid, a 2 de febrero de 2011.-EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL, Juan Luis Rodríguez Hurtado (firmado).

PROVINCIAS.

PROVINCIA 03 ALICANTE.

EDICTO.

URE 03/09.

Don Pedro Prieto Escobar, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 03/09, con domicilio en la C/Obispo Rocamora, número 43 de 03300 ORIHUELA (Alicante).

HACE SABER: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social contra los apremiados que figuran en la relación adjunta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo común (“Boletín Oficial del Estado” del día 27) según redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, que modifica la anterior y la Ley 24/2001 de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentando la notificación al interesado o a su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar la siguiente:

DILIGENCIA: En cumplimiento de la Providencia de apremio, dictada en su día al amparo del artículo 84 del Régimen General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25) DECLARO EMBARGADOS LOS INMUEBLES pertenecientes a los deudores que se describen en la RELACION adjunta de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho reglamento. Los citados bienes quedan afectados en virtud de estos embargos a las responsabilidades de los deudores en sus respectivos expedientes, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total señalada en la relación.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, y demás interesados, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican.

En el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Así mismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la Subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Se requiere al deudor para que en el plazo de DIEZ DIAS, contados a partir de la publicación del presente, comparezcan en el expediente por sí, o por medio de representante autorizado, a fin de señalar persona y domicilio para la práctica de las notificaciones a las que haya lugar en el procedimiento, con prevención de que transcurrido dicho plazo sin personarse se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento.

Advertencia. Los posibles acreedores hipotecarios o pignoraticios, forasteros o desconocidos, se tendrán por notificados con plena virtualidad legal con la publicación del presente EDICTO, así como los demás interesados en el expediente.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada en el plazo de UN MES, contando a partir de la publicación del presente Edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la Deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

RELACION QUE SE CITA.

EXPEDIENTE. – REGIMEN. – C.C.C./N.A.F. – NOMBRE/RAZON SOCIAL. – DNI/NIF/CIF- DOMICILIO. – CP. – LOCALIDAD. – PERIODO DE DEUDA. – PRINCIPAL. – RECARGO. – INTERESES. – COSTAS DEVENGADAS. – COSTAS PRESUPUESTADAS. – DEUDA. – NÚMERO DOCUMENTO. – PROCEDIMIENTO. – DESCRIPCION REGISTRAL. – NOTIFICACION EN FORMA.

03 09 08 00828464. – 0521. – 030111878723. – PEDRO IGNACIO RAMON BERENGUER. – 048342306D. – 03300 ORIHUELA.

02/2008 A 01/2010 Ppal. 3.945,76 Recargo 789,18 Intereses 375,00 Costas dev. 21,28 Costas pres. 300,00 Total 5.431,22.

TVA-28 10 501 10 005276964 NOTIFICACION A ACREEDOR PREFERENTE: D. ADOLFO MARTIN RIVERO, CON NIF.: 002206997D, Dom.: Pan y Toros 18, 28001 FINCA NUMERO 01: PLENO DOMINIO DE RUSTICA CON CASA EN SANTA CRUZ (MURCIA).

DATOS DEL REGISTRO: REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 30024, TOMO 3162, LIBRO 0125, FOLIO 0138, FINCA NUMERO 014545. EL RECAUDADOR EJECUTIVO, FDO.: PEDRO PRIETO ESCOBAR.

PROVINCIA 33 ASTURIAS.

ADMINISTRACIÓN NÚMERO 5 DE LUARCA.

EDICTO de notificación de baja de oficio en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

El Director de la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social en Luarca.

Hace saber: Que resultando infructuosa la notificación por carta certificada con acuse de recibo; se procede, de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27); a comunicar que se ha adoptado la siguiente resolución:

Nombre: Inés de la Caridad Fernández Mora.

NAF: 33141393064.

NIE: 0X0143710Y.

Como continuación al trámite de audiencia, esta Administración, en ejercicio de las funciones que le atribuye el Real Decreto 84/1996, de 26 de enero (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de febrero), por el que se aprueba el Reglamento General sobre Inscripción de Empresas y Afiliación, Altas, Bajas y Variaciones de datos de Trabajadores en la Seguridad Social, ha procedido a tramitar de oficio su baja en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta propia o Autónomos con fecha 31 de octubre de 2010, en base a los siguientes.

HECHOS.

PRIMERO.-Doña Inés de la Caridad Fernández Mora, con NIE 0X0143710Y y NAF 33141393064, figura de alta en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (en adelante RETA) desde 1 de julio de 2008, siendo la actividad declarada la de “Hotel”.

SEGUNDO.-Consultados los datos existentes en el Fichero General de Recaudación de esta Tesorería General de la Seguridad Social se comprueba la falta de ingreso de las cuotas correspondientes al RETA desde el mes de marzo de 2009.

TERCERO.-Con fecha 21 de octubre de 2010, la Unidad de Recaudación Ejecutiva de esta Administración de la Seguridad Social nos comunicó que: “realizada personación en el lugar de ejercicio de su actividad (Hotel Palacete de la Villa en Villapedre – Navia), el nuevo arrendatario informa que, desde hace aproximadamente un año, usted ya no regenta el hotel”. Con la diligencia de personación se acompaña una fotocopia del acuerdo de rescisión del contrato de arrendamiento del local de negocio que, con fecha 23 de octubre de 2009, fue firmado por usted y la propietaria del inmueble doña Matilde Martínez Lombardero.

CUARTO.-Con fecha 24 de noviembre de 2010, se le envió el escrito de comunicación de la apertura de oficio de un expediente de revisión de su situación de alta en el RETA sin que, hasta la fecha, se hayan recibido sus alegaciones o aportado nuevos documentos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO.

PRIMERO.-Artículos 29 y 35 del R.D. 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Inscripción de Empresas, Afiliación, Altas, bajas, y Variaciones de datos de Trabajadores en la Seguridad Social en el que se regulan las formas de promover las altas y bajas de los trabajadores (“Boletín Oficial del Estado” 27/02/1996).

SEGUNDO.-Artículo 46.4 del mismo cuerpo legal en el que al regular la bajas en el RETA dispone que “las bajas de los trabajadores en este régimen especial surtirán efectos desde el día primero del mes siguiente a aquel en que los mismos hubieran cesado en la actividad determinante de su inclusión”.

Vistos los artículos citados y demás de general aplicación esta Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social:

RESUELVE.

Practicar de oficio la baja de doña Inés de la Caridad Fernández Mora, con NIE 0X0143710Y y NAF 33141393064 en el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos con fecha real y de efectos desde el 31 de octubre de 2009.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del día 27).

Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de los establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley.

En Luarca a, 2 de febrero de 2011.-El Director de la Administración, Antonio Dorrego Martínez.

PROVINCIA 40 SEGOVIA.

Unidad de Recaudación Ejecutiva 01.

Dirección: PZ. REINA DOÑA JUANA, 1.

Localidad: 40001 – SEGOVIA.

Teléfono: 921 502050.

Fax: 921 414441.

Núm. expediente: 40 01 05 00128465.

Nombre/razón social: LUNA SANCHO ANGEL.

Núm. documento: 40 01 603 11 000154656.

ANUNCIO DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES (TVA-603).

El Jefe de de la Unidad de Recaudación Ejecutiva núm. 01de SEGOVIA.

HACE SABER: En el expediente administrativo de apremio del deudor que se instruye en esta Unidad a mi cargo, contra el deudor D. LUNA SANCHO ANGEL, por débitos a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Segovia la siguiente.

PROVIDENCIA: Una vez autorizado, con fecha 27 de enero de 2011, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en el procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 23 de marzo de 2011, a las 10,00 horas, en Plaza de la Reina Doña Juana, 1, de Segovia, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta, son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los codueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes”.

En cumplimiento de dicha providencia se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en dicha subasta lo siguiente:

1.-Que los bienes embargados a enajenar, así como el tipo de subasta, serán los indicados en la providencia de subasta.

2.-Que los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad que se hayan aportado al expediente, no teniendo derecho a exigir otros; de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos prevenidos por el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y, en los demás casos en que sea preciso, habrán de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de dicha Ley.

3.-las cargas preferentes, si existieran, quedarán subsistentes, no destinándose el precio del remate a su extinción.

4.-Las posturas deberán presentarse en sobre cerrado, conforme al modelo oficial establecido al efecto por la Tesorería General de la Seguridad Social, siendo el plazo para la presentación de las mismas HASTA EL DÍA 22 DE MARZO DE 2011. Simultáneamente a la presentación de la oferta el licitador deberá constituir depósito, acompañando a cada postura cheque conformado extendido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, por importe en todo caso, del 25 por 100 de tipo de subasta.

5.-Se podrán presentar posturas verbales superiores al 75 por 100 del tipo de enajenación en el acto de celebración de la subasta, a no ser que se hubiera presentado previamente postura en sobre cerrado con su correspondiente depósito.

6.-Las posturas verbales que se vayan formulando deberán guardar una diferencia ente ellas de, al menos, el 2 por 100 del tipo de subasta.

7.-El adjudicatario deberá abonar, mediante ingreso en cuenta, cheque conformado expedido a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social, o, transferencia bancaria, la diferencia entre el precio de la adjudicación y el importe del depósito constituido dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la adjudicación, perdiendo el depósito en otro caso. Además, se le exigirán las responsabilidades en que pudiese incurrir por los mayores perjuicios que, sobre el importe depositado origine la no efectividad de la adjudicación.

8.-La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de bienes si se hace el pago de la deuda, intereses, recargos y costas del procedimiento, procediendo en su caso, a la devolución de los cheques que se hubieran formalizado para la constitución del depósito.

9.-Al deudor le asiste el derecho a presentar tercero que mejore las posturas hechas en el acto de la subasta, conforme al apartado 5 del artículo 120 del citado Reglamento, en el plazo de tres días hábiles contados a partir de la fecha de su celebración.

10.-Que la Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercitar el derecho a tanteo con anterioridad a la emisión del certificado de adjudicación o de la escritura pública de venta y en plazo máximo de 30 días; en este caso se adjudicará el bien subastado, notificándose así al deudor y al adjudicatario, al que se devolverá el depósito que hubiera constituido, y, en su caso, el resto del precio satisfecho.

11.-Los gastos que origine la transmisión de la propiedad del bien adjudicado, incluidos los fiscales y registrales, serán siempre a cargo del adjudicatario.

12.-Mediante el presente Anuncio, se tendrá por notificados, a todos los efectos legales, a los deudores con domicilio desconocido.

13.-En lo no dispuesto expresamente en el presente Anuncio de Subasta se estará a lo establecido en el Reglamento General de Recaudación citado.

ADVERTENCIAS:

A los acreedores hipotecarios y pignoraticios, terceros poseedores, forasteros y desconocidos de tenerlos notificados, en plena virtualidad legal, por medio del presente anuncio de Subasta, así como en el caso de no poderse llevar a efecto la notificación directamente al deudor, cónyuge y condueños, para cualquier información relativa a SUBASTAS, los interesados podrán consultar la dirección de INTERNET: HTTP://WWW.SEG-SOCIAL.ES

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

Segovia, a 27 de enero de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Avelino Redondo Sanz.

RELACIÓN ADJUNTA DE BIENES INMUEBLES QUE SE SUBASTAN:

Deudor: LUNA SANCHO ANGEL.

Lote número: 01.

Finca número: 01.

DATOS DE LA FINCA URBANA.

Descripción Finca: VIVIENDA 3 C.

Tipo Vía: CL; Nombre de la Vía: CURATO; NÚMERO VIA: 3 LOS MOLINOS 132,90M2.

Escalera: Piso: Puerta: Cod. Postal: 28460; Cod. Municipal: 28087.

DATOS DEL REGISTRO:

Número Registro: 28142; Número Tomo: 3025; Número Libro: 79.

Número Folio: 54; Número Finca: 4122.

Importe de Tasación: 217.500,00.

CARGAS QUE DEBERAN QUEDAR SUBSISTENTES:

CAJA DE AHORROS DE CATALUÑA.

CARGA: Hipoteca.

Importe: 193.191,29.

Tipo de subasta: 24.308,71.

DESCRIPCIÓN AMPLIADA:

URBANA: 100 POR 100 DEL PLENO DOMINIO CON CARÁCTER PRIVATIVO DE UNA VIVIENDA EN LOS MOLINOS (MADRID), TRAVESIA DEL CURATO, NUMERO TRES, LETRA C. SUPERFICIE UTIL: CIENTO TREINTA Y DOS METROS, NOVENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS; CONSTRUIDA: CIENTO CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS.

LINDA: FRENTE, HUECO DE ESCALERA Y CALLE CURATO, DERECHA ENTRANDO, ANA ANTON; IZQUIERDA, ESPACIOS LIBRES DE LA FINCA; Y FONDO, HEREDEROS DE JUSTO MOLERO.

Segovia, a 27 de enero de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Avelino Redondo Sanz.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE DEUDA POR ACTAS DE LIQUIDACION E INFRACCION.

Por haber resultado infructuosas las gestiones realizadas para notificar al interesado que más abajo se indica, por la Unidad de Impugnaciones de la Tesorería General de la Seguridad Social de Segovia, se procede, de conformidad con lo establecido en los artículo 59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), a notificar al mismo la resolución adoptada en el expediente de referencia, mediante inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y la exposición del mismo en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su último domicilio conocido, cuyo texto íntegro obra a su disposición en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Segovia, sita en la Plaza de la Reina Dª. Juana, número 1, de Segovia.

TRAVER MEDIO AMBIENTE, S.L.

C.C.C. 40101945518 Régimen General 0111.

Acta de Liquidación 4010008003694.

Acta de Infracción 4010000023729.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 31.2 de la Ley General de la Seguridad Social y 115.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, contra la presente resolución cabrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su notificación, ante el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Segovia.

En Segovia, a 7 de febrero de 2011.-LA JEFA DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, Paz Manzano Moro.

PROVINCIA 42 SORIA.

Unidad de Recaudación Ejecutiva 01.

C/Venerable Carabantes, 1 bajo.

42003 SORIA.

Tipo/Identificador: 07 420009610364 Régimen: 0521.

Número expediente: 42 01 10 00071722.

Nombre: GÓMEZ LAGUNAS CIRIACO.

Domicilio: C/ ANGEL FERNANDEZ LABRADA, 6 – 2º IZDA.

Localidad: 28011-MADRID.

DNI/CIF: 072875003D.

Número Documento: 42 01 501 10 000935904.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA-501).

Diligencia: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia con DNI número 072875003D, por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NÚMERO PROV. APREMIO. – PERIODO. – REGIMEN.

42 09 010985630. – 10 2009 10 2009. – 0521.

42 10 010198491. – 01 2010 01 2010. – 0521.

42 10 010268314. – 02 2010 02 2010. – 0521.

42 10 010360260. – 03 2010 03 2010. – 0521.

Costas Costas e Intereses.

IMPORTE DEUDA:

Principal: 1.004,28/Recargo: 200,86/Intereses: 40,39/Costas Devengadas: 50,36.

Costas e Intereses presupuestados: 120,00.

TOTAL: 1.415,89.

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado, y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento General de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismo en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existiese discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días a contar desde el siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, será suplidos tales títulos a su costa.

Soria a 10 de noviembre de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Alejandro Vega Ruiz.

RELACION DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS:

DEUDOR: GOMEZ LAGUNAS CIRIACO.

DATOS REGISTRO:

ESTA INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MADRID NÚMERO 25.

NÚMERO REG.00025 DE NÚMERO TOMO: 606 NÚMERO LIBRO: 0345, NÚMERO FOLIO: 0207, NÚMERO FINCA: 12411.

DESCRIPCIÓN AMPLIADA:

DATOS REGISTRALES: FINCA DE MADRID NÚMERO 12411. IDUFIR 28106000241729. TOMO, 606. LIBRO, 345. FOLIO, 207.

DESCRIPCIÓN:

PISO SEGUNDO IZQUIERDA DE LA CASA NÚMERO SEIS DE LA CALLE ANGEL FERNÁNDEZ LABRADA, DE MADRID. CONSTA DE CUATRO HABITACIONES, COCINA Y W.C.. MIDE UNA SUPERFICIE DE CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS. LINDEROS: FRENTE, CALLE DE SU SITUACIÓN; DERECHA, FINCA DE DON DAMIAN RUIZ; IZQUIERDA, RELLANO DE ESCALERA, POR DONDE TIENE ACCESO Y EL PISO SEGUNDO DERECHA; Y FONDO, CAJA DE ESCALERA Y PATIO DE LUCES. LE CORRESPONDE UNA CUOTA DE DIECISIETE POR CIENTO.

TITULARIDADES: DON CIRIACO GOMEZ LAGUNAS. N.I.F. 72.875.003D. SOLTERO. TITULO DE COMPRAVENTA. PROPIEDAD CON CARÁCTER PRIVATIVO DE LA TOTALIDAD DEL PLENO DOMINIO.

SIRVA DE NOTIFICACION PARA NUESTRO APREMIADO CIRIACO GÓMEZ LAGUNAS CON DOMICILIO EN C/ ANGEL FERNÁNDEZ LABRADA, 6 2º IZQDA. 28011-MADRID.

ANEXO I.

URE. – DOMICILIO. – LOCALIDAD. – TELEFONO. – FAX.

42 01. – CL VENERABLE CARABANTES 1 BJ. – 42003 SORIA. – 975 0227640. – 975 0227618.

SORIA, a 2 de febrero de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Alejandro Vega Ruiz.

(01/399/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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