Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 39

Fecha del Boletín 
16-02-2011

Sección 2.110.60.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110216-28

Páginas: 2


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE FOMENTO

Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras

Secretaría General de Infraestructuras

Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias

28
Expropiación forzosa

Resolución de la Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias de fecha 24 de enero de 2011 por la que se abre información pública correspondiente al expediente de expropiación forzosa que se tramita con motivo de las obras del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias “Proyecto básico de adecuación de la línea eléctrica subterránea de alta tensión D/C 66 Kv, de acometida y alimentación a la obra de los túneles de San Pedro, a suministro definitivo a las instalaciones de dichos túneles en fase de explotación de la Línea de Alta Velocidad”. En los términos municipales de Colmenar Viejo y Miraflores de la Sierra (Madrid). Expediente: 045ADIF1102.

El Administrador de Infraestructuras Ferroviarias insta la incoación del expediente de expropiación forzosa para disponer de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras del “Proyecto básico de adecuación de la línea eléctrica subterránea de alta tensión D/C 66 Kv de acometida y alimentación a la obra de los túneles de San Pedro, a suministro definitivo a las instalaciones de dichos túneles en fase de explotación de la Línea de Alta Velocidad”, en los términos municipales de Colmenar Viejo y Miraflores de la Sierra (Madrid), el cual ha sido debidamente aprobado.

Dichas obras están incluidas en la normativa de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario, capítulo II, título II sobre planificación, proyecto y construcción de infraestructuras integrantes de la red ferroviaria de interés general, siendo aplicable a las mismas su artículo 153.1 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres. Así, las obras se encuentran amparadas por lo establecido en los artículos 228, 233 y 236.2 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestre de 28 de septiembre de 1990 y resulta de aplicación el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954 y demás concordantes de su Reglamento de 26 de abril de 1957.

En su virtud, y a los efectos señalados en el título II, capítulo II, de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y en los concordantes del Reglamento para su aplicación, esta Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias, en cumplimiento de los artículos 18 y 19.1 de la citada Ley y concordantes de su Reglamento, ha resuelto abrir información pública durante un plazo de quince días hábiles, contados en la forma dispuesta en el artículo 17 del mencionado Reglamento, para que los titulares de los bienes y derechos afectados por la ejecución de las obras y todas las demás personas o entidades interesadas, puedan formular por escrito ante este Departamento las alegaciones que consideren oportunas, para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por razones de fondo o forma, a la necesidad de ocupación.

Se podrá consultar el anejo de expropiaciones tanto en los locales del Ministerio de Fomento, Dirección General de Infraestructuras Ferroviarias, Subdirección General de Construcción (plaza de los Sagrados Corazones, número 7; paseo de la Habana, número 12, cuarto), en los respectivos Ayuntamientos afectados, así como en las Subdelegaciones de Gobierno o Delegaciones del Gobierno, en su caso.

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Madrid, a 24 de enero de 2011.—El director general de Infraestructuras Ferroviarias, Carlos María Juárez Colera.

(02/907/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.60.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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