Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 28

Fecha del Boletín 
03-02-2011

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110203-39

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

OTROS ANUNCIOS

Organismo Autónomo Madrid Salud

Servicios Administrativos

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Notificación ratificación medidas cautelares

Según lo previsto en el artículo 59.5, en concordancia con el 61, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC), el gerente de Madrid Salud ha resuelto notificar, mediante la inserción de anuncio, la ratificación de las medidas cautelares adoptadas en materia de salud pública e higiene que se relacionan, de conformidad con lo previsto en los artículos 41.3 y 42 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid.

Los interesados disponen de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio, para formular alegaciones, presentar documentos y proponer la práctica de las pruebas que consideren convenientes. Los mismos se presentarán conforme a lo establecido en el artículo 38.4 LRJPAC y deberán dirigirse a Madrid Salud, Subdirección General de Servicios Administrativos, sito en calle Juan Esplandiú, números 11-13, donde asimismo podrán solicitar vista del expediente.

Interesado. — Número de expediente. — Fecha de medida cautelar. — Medida cautelar propuesta

Más Belleza Peluquería y Centro de Belleza. — 207/2010/03034. — 25 de octubre de 2010. — Ratificar la suspensión de medida cautelar de la actividad de micropigmentación, tatuaje y “piercing” del establecimiento.

Madrid, a 20 de diciembre de 2010.—El subdirector general de Servicios Económico-Administrativos, Rafael Ruiz Badiola.

(02/12.636/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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