Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
02-02-2011

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110202-3

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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ORDEN 4430/2010, de 17 de diciembre, por la que se dan por finalizadas parcialmente las actuaciones y el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas para la rehabilitación de viviendas en las zonas declaradas al amparo del Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid 2001-2004.

Al amparo del Decreto 11/2001, de 25 de enero, por el que se regula la financiación cualificada a actividades protegidas en materia de vivienda y su régimen jurídico para el período 2001-2004, y en virtud de la Orden, de 13 de marzo de 2001, de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid, reguladora de las bases para la concesión de financiación cualificada a la vivienda con protección pública y a la rehabilitación, se declaran las zonas de rehabilitación integral, mediante Orden de la Consejería competente en materia de vivienda y rehabilitación, con objeto de dinamizar y fomentar la rehabilitación integral del conjunto urbano declarado.

Las actuaciones de rehabilitación de estas zonas declaradas se han desarrollado en la mayoría de los casos conforme al calendario previsto en la memoria de técnica y económica de cada zona y, asimismo, se ha prolongado en todos los casos dichos plazos para adecuarlos a los previstos en las actuaciones. No obstante, es preciso establecer un límite temporal en cada uno de los ámbitos declarados por razones económicas y presupuestarias.

Es propósito de esta Orden, la finalización de las actuaciones y el plazo para la presentación de solicitudes de ayudas al amparo del Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid 2001-2004 para la rehabilitación de viviendas, correspondientes a las áreas indicadas, debido al cumplimiento de los plazos de ejecución de acuerdo con la programación prevista en las memorias de viabilidad, así como el alto grado de ejecución y decaimiento de la demanda.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 y 36 del Decreto 11/2001, de 25 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula las ayudas económicas a la vivienda en la Comunidad de Madrid, y conforme a lo establecido en el artículo 25 de la Orden de 13 de marzo de 2001, de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid, reguladora de las bases para la concesión de ayudas económicas a la rehabilitación de viviendas de la Comunidad de Madrid.

DISPONGO

Artículo 1

Objeto

Dar por finalizadas las actuaciones y el plazo para la presentación de solicitudes de ayudas correspondientes a las zonas de rehabilitación integral relacionadas en el artículo 2. A partir de la entrada en vigor de esta disposición, no se admitirá ninguna solicitud de ayuda correspondiente a este Plan.

Artículo 2

Relación de zonas de rehabilitación integral que se dan por finalizadas

La relación de Zonas de Rehabilitación Integral correspondientes al Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid 2001-2004, que se dan por finalizadas las ayudas, es la siguiente:

— San Agustín (Madrid).

— Colonia Sandi (Madrid).

— Resid. Santa Eugenia (Madrid).

— Colonia Los Álamos (Madrid).

— Colonia Fontarrón (Madrid).

— Pavones-Valdebernardo (Madrid).

— Lerma (Valdemoro).

— La Jarosa (Guadarrama).

— Colonia Virtudes (Algete).

— Urba. El Praderón (Galapagar).

— Dorrogaray, 2 y 4 (San Lorenzo de El Escorial).

— Calle Felipe IV (El Escorial).

— Calle Cerrillo, 6, 8 y 10 (Los Molinos).

— Calle María Verónica, 6 a 26 (Guadarrama).

— El Carrascal (Leganés).

— Nuevo Versalles (Fuenlabrada).

— Camino de Covicha (Algete).

— Colonia Pedro Vives (Madrid).

— Col. Antonio Blasco (Madrid).

— Barrio El Chaparral (San Sebastián de los Reyes).

— Barrio San José (Torrejón de Ardoz).

— Calle Huertas, 1 y 3 (Torrejón de Ardoz).

— Col. Gran Capitán (Alcalá de Henares).

— Santa Fe, 1 a 14 (Alcalá de Henares).

— Gil Andrade, 12 al 18 (Alcalá de Henares).

— Colonia Henares (Alcobendas).

— José Antonio (Boadilla del Monte).

— Calle Sevilla (Alcalá de Henares).

— El Sol (Guadarrama).

— Barrio del Salvador (Madrid).

— Col. Nuestra Sra. de Lourdes (Madrid).

— Col. Virgen de la Esperanza (Getafe).

— Calle los Yébenes (Madrid).

— Polg. Puerta de Madrid (Alcalá de Henares).

— La Cerrada (Torremocha de Jarama).

— Col. Orbasa III (Torrejón de Ardoz).

— Urb. Horizonte III (Móstoles).

— El Frontón (Collado Villalba).

— Barrio de la Estación (Navalcarnero).

— Barrio Covadonga (Navalcarnero).

— C. Hist. Reg. Devastadas (Villanueva del Pardillo).

— Urb. Los Enebros (La Navata-Galapagar).

— Casco Histórico Aranjuez (Aranjuez).

— Colonia Los Ríos (Alcalá de Henares).

— Plaza de la Aurora (Robledo de Chavela).

— Hermanos Machado (Daganzo de Arriba).

— Col. Virgen de Begoña (Madrid).

— Barrio El Naranjo (Fuenlabrada).

— Col. Víctor de la Serna (Madrid).

— Pinar de San Lorenzo (San Lorenzo de El Escorial).

— Col. S. Ignacio de Loyola, 1.a Fase (Madrid).

— Urb. Las Cañadas (Collada Villalba).

— Manco. Monte Blanco (Coslada).

— Manc. Fuente Santa (Colmenar Viejo).

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 17 de diciembre de 2010.

La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, ANA ISABEL MARIÑO ORTEGA

(03/2.706/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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