Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
02-02-2011

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110202-2

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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Orden 4429/2010, de 17 de diciembre, por la que se dan por finalizadas parcialmente las actuaciones y el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas para la rehabilitación de viviendas en las zonas declaradas al amparo del Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid 1997-2000.

Al amparo de los Decretos 43/1997, de 17 de marzo, y 228/1998, de 30 de diciembre, que se regulan el régimen jurídico de las ayudas en materia de viviendas con protección pública y rehabilitación de viviendas del Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid 1997-2000 y, en virtud de las Órdenes de 22 de junio de 1997 y de 18 de mayo de 1999, de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid, reguladoras del régimen jurídico de las ayudas en materia de vivienda y rehabilitación, se declaran las zonas de rehabilitación integral, mediante Orden de la Consejería competente en materia de vivienda y rehabilitación, con objeto de dinamizar y fomentar la rehabilitación integral del conjunto urbano declarado.

Las actuaciones de rehabilitación de estas zonas declaradas se han desarrollado en la mayoría de los casos conforme al calendario previsto en la memoria técnica y económica de cada zona y asimismo, se ha prolongado en todos los casos dichos plazos para adecuarlos a los previstos en las actuaciones. No obstante, es preciso establecer un límite temporal en cada uno de los ámbitos declarados por razones económicas y presupuestarias.

Es propósito de esta Orden la finalización de las actuaciones y el plazo para la presentación de solicitudes de ayudas al amparo del Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid 1997-2000 para la rehabilitación de viviendas, correspondientes a las áreas indicadas, debido al cumplimiento de los plazos de ejecución de acuerdo con la programación prevista en las memorias de viabilidad, así como el alto grado de ejecución y decaimiento de la demanda:

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48, 49 y 50 del Decreto 228/1998, de 30 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula las ayudas económicas a la vivienda en la Comunidad de Madrid, y conforme a lo establecido en el artículo 32 de la Orden de 18 de mayo de 1999, de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Comunidad de Madrid, reguladora de las bases para la concesión de ayudas económicas a la rehabilitación de viviendas de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto

Dar por finalizadas las actuaciones y el plazo para la presentación de solicitudes de ayudas correspondientes a las zonas de rehabilitación integral relacionadas en el artículo 2. A partir de la entrada en vigor de esta disposición, no se admitirá ninguna solicitud de ayuda correspondiente a este Plan.

Artículo 2

Relación de zonas de rehabilitación integral que se dan por finalizadas

La relación de Zonas de Rehabilitación Integral correspondientes al Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid 1997-2000, que se dan por finalizadas las ayudas, es la siguiente:

— Colonia Boetticher (Madrid).

— Los Nogales (Alcalá de Henares).

— La Paloma (Parla).

— Quinta S. Fausto (Mejorada del Campo).

— Torremocha de Jarama.

— La Hiruela.

— Barriopozo Hondón (Villarejo de Salvanés).

— Urb. Torreparque II (Torrejón de Ardoz).

— Urb. Guadatorre (Torrejón de Ardoz).

— Barrio Las Nieves (Arganda del Rey).

— Mancomun. Murillo (Alcalá de Henares).

— Barrio Cobos (Torrejón de Ardoz).

— La Cooperativa (San Martín de Valdeiglesias).

— Apartamentos Príncipe (El Escorial).

— Urb. Cruz Albillo (Algete).

— Plaza Vázquez de Mella (Madrid).

— Barrio del Rosario (San Lorenzo de El Escorial).

— Barrio Las Flores (Pozuelo de Alarcón).

— Barrio La Era (Mejorada del Campo).

— Barrio El Bercial (Getafe).

— Urb. Las Brisas (Alcobendas).

— Parque Monserrat (Torrejón de Ardoz).

— Urb. Bellomonte (Chapinería).

— Calle Berlín (Móstoles).

— Ciudad 70 (Coslada).

— Casco Histórico (Nuevo Baztán).

— C. Velázquez y Zoyme (Madrid).

— La Cristina (Pinto).

— El Vivero (Colmenar Viejo).

— Estrella Polar (Alcobendas).

— Cooperativa San Lorenzo (San Lorenzo de El Escorial).

— Los Infantes (San Lorenzo de El Escorial).

— Bloque Extremadura (Algete).

— La Espinilla (Coslada).

— El Roquedal (Hoyo de Manzanares).

— Barrio del Pilar (Torrejón de Ardoz).

— Cabrera Antonia, 1.a Fase (El Escorial).

— Conj. Res. Garzón (El Boalo).

— Calle Almagro (Getafe).

— Calle Montera (Madrid).

— Virgen de la Esperanza (Madrid).

— P. Arganzuela, 1.a Fase (Madrid.

— Cabrera Antonia, 2.a Fase (Madrid).

— Reyes Católicos (Alcalá de Henares).

— Escuelas Pías (Alcalá de Henares).

— Colonia San Francisco (Madrid).

— Res. El Cerrillo (Hoyo de Manzanares).

— Calle Imperial (Madrid).

— Comandante Benítez (Madrid).

— Residencial Homan (Hoyo de Manzanares).

— Buen Amor (San Lorenzo de El Escorial).

— La Fuente (Collado Mediano).

— Santa Rosa y Santa Clara (San Lorenzo de El Escorial).

— Puerta de Arganda (Madrid).

— Quinta del Pilar (Madrid).

— El Rincón de Galapagar (Galapagar).

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 17 de diciembre de 2010.

La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, ANA ISABEL MARIÑO ORTEGA

(03/2.703/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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