Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
02-02-2011

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110202-5

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2010, por la que se hace público el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 16 de diciembre de 2010, por el que se adecuan los plazos para los años 2011 y 2012 del Plan Regional de Residuos Urbanos incluido en la estrategia de residuos de la Comunidad de Madrid.

Por el Consejo de Gobierno, con fecha 16 de diciembre de 2010, se adoptó, entre otros, el Acuerdo del siguiente tenor literal:

Adecuar el texto del Plan Regional de Residuos Urbanos en el siguiente sentido:

Primero

Apartado 5. Aplicación del nuevo modelo de gestión:

— Donde dice: “A partir del 31 de diciembre 2010 la Comunidad de Madrid dejará de prestar dichos servicios”; debe decir: “A partir del 31 de diciembre 2012 la Comunidad de Madrid dejará de prestar dichos servicios”.

Apartado 5.1. Propuesta organizativa del modelo de gestión:

— Donde dice: “Los municipios constituidos en mancomunidad recibirán de la Comunidad de Madrid el plan de ayudas previsto en el Plan Autonómico de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad de Madrid (1997-2005), hasta finalizar el año 2010”; debe decir: “Los municipios constituidos en mancomunidad recibirán de la Comunidad de Madrid el plan de ayudas previsto en el Plan Autonómico de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos de la Comunidad de Madrid (1997-2005), hasta finalizar el año 2012”.

— Donde dice: “A partir del año 2011 la Comunidad de Madrid ayudará económicamente a los municipios de menos de 5.000 habitantes para que, a través de las nuevas mancomunidades, gestionen la transferencia, tratamiento y eliminación de sus residuos urbanos”; debe decir: “A partir del año 2013 la Comunidad de Madrid ayudará económicamente a los municipios de menos de 5.000 habitantes para que, a través de las nuevas mancomunidades, gestionen la transferencia, tratamiento y eliminación de sus residuos urbanos”.

Segundo

Apartado 8. Modelo económico:

— Donde dice: “Con la puesta en marcha del mencionado sistema de gestión de los residuos urbanos, la Comunidad de Madrid establece un modelo de financiación que hasta el 31 de diciembre de 2010 (...)”; debe decir: “Con la puesta en marcha del mencionado sistema de gestión de los residuos urbanos, la Comunidad de Madrid establece un modelo de financiación que hasta el 31 de diciembre de 2012 (...)”.

— Y donde dice: “A partir del 1 de enero de 2011 la Comunidad de Madrid financiará el importe del tratamiento (...)”; debe decir: “A partir del 1 de enero de 2013 la Comunidad de Madrid financiará el importe del tratamiento (...)”.

En el apartado 8.1.1:

— Donde dice: “Modelo de financiación para el período 2006-2010”; debe decir: “Modelo de financiación para el período 2006-2012”.

En el apartado 8.1.1.2. Financiación por parte de la Comunidad de Madrid:

— Donde dice: “Mientras la Comunidad de Madrid siga prestando los actuales servicios de gestión de residuos (y como máximo hasta el 31 de diciembre de 2010)”; debe decir: “Mientras la Comunidad de Madrid siga prestando los actuales servicios de gestión de residuos (y como máximo hasta el 31 de diciembre de 2012)”.

— Y donde dice: “Los municipios de la Comunidad de Madrid de más de 5.000 habitantes y que no superen los 20.000 gozarán de una bonificación durante el período comprendido entre los años 2007 y 2016, según la siguiente escala:

Año 2007: 95 por 100 de bonificación.

Año 2008: 90 por 100 de bonificación.

Año 2009: 85 por 100 de bonificación.

Año 2010: 80 por 100 de bonificación”.

Debe decir: “Los municipios de la Comunidad de Madrid de más de 5.000 habitantes y que no superen los 20.000 gozarán de una bonificación durante el período comprendido entre los años 2007 y 2016, según la siguiente escala:

Año 2007: 95 por 100 de bonificación.

Año 2008: 90 por 100 de bonificación.

Año 2009: 85 por 100 de bonificación.

Año 2010: 80 por 100 de bonificación.

Año 2011: 75 por 100 de bonificación.

Año 2012: 63 por 100 de bonificación”.

— Donde dice: “Durante el período 2006-2010, la Comunidad de Madrid seguirá financiando el servicio de apoyo para la gestión de residuos urbanos a los municipios de la Sierra Norte, según se venía prestando el servicio”; debe decir: “Durante el período 2006-2012, la Comunidad de Madrid seguirá financiando el servicio de apoyo para la gestión de residuos urbanos a los municipios de la Sierra Norte, según se venía prestando el servicio”.

En el apartado 8.1.2:

— Donde dice: “Modelo de financiación para el período 2011-2016”; debe decir: “Modelo de financiación para el período 2013-2016”.

— Donde dice: “A partir del 1 de enero de 2011, la Comunidad de Madrid financiará por el importe total (...)”; debe decir: “A partir del 1 de enero de 2013, la Comunidad de Madrid financiará por el importe total (...)”.

En el índice del documento, en el punto 8.1.1:

— Donde figura: “Modelo de financiación para el período 2006-2010”; debe decir: “Modelo de financiación para el período 2006-2012”.

De igual modo, en el punto 8.1.2:

— Donde figura: “Modelo de financiación para el período 2011-2016”; debe decir: “Modelo de financiación para el período 2013-2016”.

Tercero

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 23 de diciembre de 2010.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/2.785/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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