Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 27

Fecha del Boletín 
02-02-2011

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110202-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 3

EDICTO

94
Juicio de faltas 1.118 de 2010

Doña Silvia Rodríguez Rodríguez, secretaria del Juzgado de instrucción número 3 (anterior mixto número 7) de Alcalá de Henares.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.118 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Alcalá de Henares, a 25 de octubre de 2010.—Vistos por doña Begoña López Anguita, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio verbal de faltas de enjuiciamiento inmediato número 1.118 de 2010, seguidos por una falta de hurto, en los que han sido partes, además del ministerio fiscal: don Roberto Bollada Botello, como denunciante, y don Alexandru Cretu y don Costín Vlad, en calidad de denunciados, convengo señalar el siguiente

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Alexandru Cretu y a don Costín Vlad, como autores de una falta de hurto en grado de tentativa, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de 6 euros, a cada uno de ellos, con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas.

Se imponen a los condenados las costas del proceso.

Esta sentencia no es firme ya contra la misma cabe interponer recurso de apelación, ante la Audiencia Provincial, en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación, que deberá formalizarse ante este Juzgado.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Alexandru Cretu y a don Costín Vlad, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcalá de Henares, a 3 de enero de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/1.275/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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