Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 25

Fecha del Boletín 
31-01-2011

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110131-37

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda

Dirección General de Ejecución y Control de la Edificación

Subdirección General de Edificación

Departamento de Ordenación

37
Plan Especial finca expediente 711/2009/19900

El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 30 de noviembre de 2010, adoptó el siguiente acuerdo (expediente 711/2009/19900):

«Primero.—Aprobar definitivamente, una vez transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan formulado alegaciones, el Plan Especial para el edificio sito en el paseo de Recoletos, número 6, Distrito de Salamanca, promovido por “Helvetia Cía. Suiza, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 57 de la misma Ley.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en cumplimiento del artículo 66 del mismo texto legal.

Tercero.—Dar traslado a los interesados del presente acuerdo, advirtiéndoles de los recursos que procedan en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.»

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, con indicación de que se ha procedido al depósito del presente Plan de Ordenación Urbanística en la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

Significando que esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, sin perjuicio de cualquier otro que se estime pertinente.

Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, modificado por la Ley 39/1994, de 30 de diciembre, a continuación se publica el texto de las Ordenanzas del Plan Especial de referencia:

NORMAS DE PROTECCIÓN

Condiciones generales

El edificio está incluido en el ámbito del Área de Planeamiento Específico APE.00.01 del Centro Histórico y está regulado por la Norma Zonal 1, grado 3.o, nivel D.

Está incluido en el Catálogo de Edificios Protegidos con protección de nivel 2 y grado estructural.

En consecuencia, su régimen urbanístico se corresponde con lo señalado para los edificios catalogados con este nivel y grado según las Normas Urbanísticas en su título 4 y, en concreto, en el capítulo 4.3, “La protección de la edificación”, más lo establecido por las Normas de Protección de este Plan Especial.

Régimen de las obras

Además de las obras permitidas por el PGOUM, conforme al nivel 2, grado de protección estructural, este Plan Especial permite en el patio central y en la crujía posterior del edificio el siguiente tipo de obra de edificación, cuya definición establece el artículo 1.4.8 de las normas del PGOUM, y cuyas condiciones quedan establecidas en el artículo 4.3.9 del mismo:

Obras de reestructuración parcial. En la zona del patio central y crujías posteriores del edificio:

— Ampliación del patio central.

— Sustitución del núcleo de comunicación posterior por uno nuevo.

— Cubrición y forjado de los patios traseros sin aumento de la edificabilidad permitida.

Condiciones de edificabilidad

Mediante el régimen de obras admitidas, no pudiendo sobrepasar la edificabilidad señalada por la Norma Zonal 1, grado 3.o, resultante de aplicar:

E = S ´ Z ´ C = 467,73 ´ 7 ´ 0,90 = 2.945,75 m2

Las obras que se realicen para la rehabilitación del edificio, contempladas en el presente Plan Especial, no supondrán, en ningún caso, un aumento de la edificabilidad contemplada en la ficha urbanística.

Condiciones de uso

Este Plan Especial no propone para el inmueble un uso diferente del que ya tiene. El uso del inmueble objeto de este Plan Especial es terciario en edificio exclusivo.

El régimen de usos compatibles aplicable es el establecido en el artículo 8.1.30 de las Normas Urbanísticas para el nivel D.

Otras condiciones

Se respetará la composición de fachada, procediendo a una recuperación y restauración de los huecos y recercados que tenían los edificios originales del mismo.

Se respetará la composición de fachada de planta baja, procediendo a una recuperación y restauración de los escaparates existentes, así como de la puerta de acceso al inmueble.

Se utilizarán para la restauración revestimientos y revocos tradicionales a la cal, en colores suaves y definidos por los técnicos municipales.

Se respetará la composición del núcleo principal de comunicación vertical del edificio, procediendo a una recuperación y restauración de la escalera y del ascensor existentes.

Se respetará y aplicará la normativa vigente en relación a la Protección Contra Incendios.

Madrid, a 23 de diciembre de 2010.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

(02/22/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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