Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
28-01-2011

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110128-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

14
RESOLUCIÓN de 19 de enero de 2011, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, por la que se acuerda ofertar las viviendas sin adjudicar procedentes de los sorteos de Viviendas con Protección Pública en Régimen de Arrendamiento con Opción de Compra para Jóvenes, celebrados al amparo de la Orden 3766/2005, de 7 de diciembre, a los inscritos en la lista única de solicitantes.

Mediante la Orden 3766/2005, de 7 de diciembre, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de diciembre de 2005, se regula la lista única de solicitantes de Viviendas con Protección Pública para Arrendamiento con Opción a Compra para Jóvenes y el procedimiento de selección de la misma.

En el artículo 6.2 de la citada Orden se establece que cada convocatoria especificará, como mínimo, el número de solicitantes que hayan de ser seleccionados y, en su caso, el número de solicitantes en reserva hasta el momento de la celebración de los correspondientes contratos.

Igualmente, el artículo 6.4 de la Orden 3766/2005 establece que las viviendas de cada promoción se ofrecerán a los seleccionados según el número correlativo de orden que hayan obtenido en el sorteo, siempre que cumplan los requisitos generales establecidos por la normativa vigente y los específicos de la convocatoria.

En aplicación de lo dispuesto en la Orden 3766/2005 se han convocado y celebrado 46 sorteos de Viviendas con Protección Pública para Arrendamiento con Opción a Compra, procediéndose a la selección de los beneficiarios titulares y reservas para dichas viviendas.

Con posterioridad se ha procedido a ofrecer las mismas a los beneficiarios titulares y reservas seleccionados según el número correlativo de orden obtenido en los sorteos, produciéndose en algunas promociones el hecho de que, una vez agotada la lista de titulares y reservas, permanecen viviendas pendientes de adjudicar.

Esta circunstancia, no prevista de manera expresa en la Orden 3766/2005, precisó adoptar una solución que permitiese la adjudicación de dichas viviendas a solicitantes que cumplan los requisitos generales establecidos por la normativa vigente y los específicos de su convocatoria. Así, mediante Resolución de 4 de abril de 2008, de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación, se acordó que, en todos los sorteos de Viviendas con Protección Pública en Régimen de Arrendamiento con Opción de Compra para Jóvenes (VPPAOC-J), celebrados al amparo de la Orden 3766/2005, de 7 de diciembre, si una vez ofrecidas las mismas a los beneficiarios titulares y reservas seleccionados, conforme a lo dispuesto en el artículo 6.4 de la citada Orden, quedasen viviendas pendientes de adjudicar, estas se ofrecerían a los participantes no seleccionados en el sorteo de dichas viviendas, comenzando por quien hubiera obtenido, en la lista definitiva de participantes, el número de participante consecutivo al último seleccionado como reserva, continuando correlativamente hasta adjudicar todas las viviendas.

Desde su adopción, la aplicación de la Resolución de 4 de abril de 2008 ha permitido, en un primer momento, la adjudicación de viviendas disponibles provenientes de los sorteos realizados. Sin embargo, la experiencia aconseja revisar esta medida debido a la variación de las circunstancias personales, sociales y económicas de los jóvenes, así como a la situación de contracción de la demanda en la que está inmerso el sector inmobiliario. Por todo ello, es necesario adoptar una fórmula que permita, de forma ágil, sencilla, transparente y acorde a la realidad existente, equilibrar la oferta y la demanda de viviendas para jóvenes en nuestra región.

En su virtud, y de conformidad con las competencias que tiene atribuidas esta Dirección General,

RESUELVE

Primero

Acordar que en todos los sorteos de Viviendas con Protección Pública en Régimen de Arrendamiento con Opción de Compra para Jóvenes (VPPAOC-J), celebradas al amparo de la Orden 3766/2005, de 7 de diciembre, si una vez ofrecidas las mismas a los beneficiarios titulares y reservas seleccionados, conforme a lo dispuesto en el artículo 6.4 de la citada Orden, quedasen viviendas pendientes de adjudicar, estas se ofrecerán a los inscritos en la lista única de solicitantes, hasta adjudicar todas las viviendas.

Segundo

Las viviendas a que se refiere la presente Resolución se asignarán con respeto a los principios de publicidad y concurrencia. Toda la información se insertará en el Portal de Vivienda de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org/vivienda).

Tercero

Dejar sin efecto la Resolución de 4 de abril de 2008, de la Dirección General de Vivienda.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación, ante la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda, y Ordenación del Territorio.

Madrid, a 19 de enero de 2011.—El Director General de Vivienda y Rehabilitación, Juan Van-Halen Rodríguez.

(03/3.131/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110128-14