Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
28-01-2011

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110128-97

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

OFERTAS DE EMPLEO

97
Bases específicas convocatoria tres plazas auxiliar taquilla

El concejal-delegado de Organización, Modernización Administrativa, Atención a la Ciudadanía, RR HH, Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, por decreto, ha resuelto aprobar las siguientes bases específicas:

BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PARA TRES PLAZAS DE AUXILIAR DE TAQUILLA

1. Características

Número de plazas: tres.

Denominación: auxiliar taquillero/a.

Clasificación: Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Cometidos Especiales, grupo C, subgrupo C2.

2. Normas rectoras

2.1. Estatuto Básico del Empleado Público, Disposición Transitoria cuarta.

2.2. Reglamento General de Ingreso, Real Decreto 364/1995.

2.3. Bases generales: BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 94 de 21 de abril de 2010.

2.4. Las presentes bases específicas.

3. Requisitos específicos

Además de los requisitos exigidos en las bases generales, los aspirantes deben reunir los siguientes requisitos específicos:

— Estar en posesión del grado académico mínimo de Graduado en ESO, Graduado Escolar, Técnico de Formación Profesional o equivalente.

4. Procedimiento de selección

El procedimiento será por concurso-oposición, con arreglo a las siguientes especificaciones:

4.1. Fase de oposición.—Constará de dos ejercicios, obligatorios y eliminatorios.

4.1.1. Primer ejercicio. Consistirá en la cumplimentación de un cuestionario de cincuenta preguntas con tres respuestas alternativas, tipo test, relacionadas con el temario anexo. La prueba será calificada de 0 a 10 puntos, a razón de 0,20 puntos por cada respuesta correcta. Se restarán 0,05 puntos por cada respuesta incorrecta, y no serán puntuadas las respuestas en blanco. Para ser declarado apto será necesario alcanzar una puntuación mínima de 5 puntos.

4.1.2. Segundo ejercicio. Consistirá en la realización de una o varias pruebas prácticas directamente relacionadas con el oficio de auxiliar de taquilla. El ejercicio se puntuará de 0 a 10 puntos cada ejercicio, siendo eliminados quienes no alcancen una puntuación mínima de 5 puntos.

4.1.3. Puntuación final de la fase de oposición: suma de las puntuaciones ponderadas de cada uno de los ejercicios según el baremo establecido en las bases generales.

4.2. Fase de concurso.—La valoración de la fase de concurso se regula por el baremo señalado en el apartado 6.2 de las bases generales, señalándose en esta convocatoria los siguientes méritos específicos:

— Por tener curso en gestión de instalaciones deportivas. Reserva de espacios y cobro de precios públicos, un punto.

5. Puntuación final

La puntuación final del proceso selectivo será la suma de las puntuaciones de la fase de concurso y de la fase de oposición.

ANEXO

Temario

21. La Constitución española de 1978: contenido y principios básicos. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

22. La organización territorial del Estado. El Gobierno, las Comunidades Autónomas, las Corporaciones Locales.

23. Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.

24. El personal al servicio de las Administraciones Locales: concepto, derechos y deberes e incompatibilidades de los empleados públicos.

25. Régimen disciplinario de los empleados públicos

26. La Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común: ámbito de aplicación y principios generales.

27. El procedimiento administrativo. Nociones generales de la iniciación, ordenación, instrucción y terminación del procedimiento administrativo.

28. Los recursos administrativos. Principios generales. Clases de recursos

29. El Registro General. Registros auxiliares.

10. La notificación. Cómputo de plazos y práctica de notificaciones.

11. La atención al usuario. Régimen de uso de las instalaciones deportivas.

12. Procedimiento de pago y justificación de ingresos por el uso de instalaciones. La Caja.

13. Tasas y precios públicos por el uso de las instalaciones deportivas. Definición de tarifas.

14. Las Escuelas Deportivas. Régimen de funcionamiento.

15. Dotación e instalaciones deportivas municipales.

16. Modalidades de pago de precios públicos de las instalaciones deportivas de Rivas-Vaciamadrid.

17. Tipo de usuarios de las instalaciones deportivas. Derechos y deberes.

18. Modalidades de los abonados.

19. Normas de uso de las instalaciones de raqueta, de piscinas y salas de musculación.

20. Normas de uso, usuarios en general.

Rivas Vaciamadrid, a 11 de enero de 2011.—El concejal-delegado, PD (431/2009, de 5 de febrero), Marcos Sanz Salas.

(02/209/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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