Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
28-01-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110128-221

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

221
Demanda 1.750 de 2009

En autos de demanda número 1.750 de 2009, sobre ordinario, siendo demandante don Antonio Utrilla Barcala y demandada “Talleres Mecánicos Roype, Sociedad Limitada”, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Almudena Ortiz Martín.—En Madrid, a 13 de diciembre de 2010.

Visto el estado de las actuaciones, y resultando que la parte demandada se encuentra en ignorado paradero, cítese a la misma por medio de edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.

Se acuerda, asimismo, citar al Fondo de Garantía Salarial, dándole traslado de la demanda de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, a fin de que comparezca ante este Juzgado para el acto de conciliación y, en su caso, juicio señalado para el día 30 de marzo de 2011, a las once y treinta horas.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Auto

En Madrid, a 18 de mayo de 2010.—Vistos los artículos citados y demás de general y pertinente aplicación;

Parte dispositiva:

Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.

Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 30 de marzo de 2011, a las once y treinta horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a la demandada y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, así como del escrito de subsanación, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Al primer otrosí digo: se tiene por hecha la manifestación de asistencia letrada.

Al segundo otrosí digo: ha lugar a lo solicitado sobre interrogatorio o confesión de “Talleres Mecánicos Roype, Sociedad Limitada”. A tal fin, se hace saber que el interrogatorio habrá de responderse por su representante en juicio siempre y cuando hubiera intervenido en los hechos controvertidos. En caso contrario, tal circunstancia habrá de alegarse con suficiente antelación al acto del juicio, identificando a la persona que intervino en nombre de la entidad para su citación al juicio. Si tal persona no formase parte ya de la entidad, podrá solicitar que se le cite en calidad de testigo. Apercibiéndose de que, en caso de no cumplir lo anteriormente señalado o no identificar a la persona interviniente en los hechos, ello podrá considerarse como respuesta evasiva y tenerse por ciertos los hechos a que se refieran las preguntas.

Ha lugar a la testifical, cuando se proponga se acordará.

Ha lugar a la documental, requiérase a la demandada para que aporte al acto de juicio los documentos interesados en el escrito de demanda.

Requiérase al actor para que en el plazo de cuatro días presente el poder original, así como el original del acta de conciliación celebrada ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita que para la admisión a trámite deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado, con número 2518/0000/30/1750/09, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Teresa Orellana Carrasco.

En Madrid.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.743/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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