Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 23

Fecha del Boletín 
28-01-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110128-286

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÁLAGA NÚMERO 7

EDICTO

286
Ejecución 1.093 de 2009

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 7 de Málaga.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 1.093 de 2009 sobre social ordinario, a instancias de doña Luisa Cristina Cano Sánchez, contra “Revelance, Sociedad Anónima”, “Francos Elewen, Sociedad Limitada”, y “Multifactory Productos, Sociedad Limitada”, en la que con fecha 30 de noviembre de 2010 se ha dictado la sentencia número 671, que sustancialmente dice lo siguiente:

Fallo

Estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por doña doña Luisa Cristina Cano Sánchez, frente a “Multifactory Productos, Sociedad Limitada”, “Revelance, Sociedad Anónima”, “Francos Elewen, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, debo condenar y condeno a “Multifactory Productos, Sociedad Limitada”, “Revelance, Sociedad Anónima”, y “Francos Elewen, Sociedad Limitada”, a que abonen a doña Luisa Cristina Cano Sánchez la cantidad de 9.531,09 euros, debiendo estar y pasar, asimismo, el Fondo de Garantía Salarial por el pronunciamiento presente con respecto a las responsabilidades que pudieran acontecer.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 189 de la Ley de Procedimiento Laboral contra esta sentencia cabe recurso de suplicación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma a “Revelance, Sociedad Anónima”, cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el “Boletín Oficial de la Provincia de Málaga”, con la prevención de que las demás resoluciones que recaiga en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.—El secretario judicial (firmado).

(03/1.122/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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