Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 19

Fecha del Boletín 
24-01-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110124-190

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZAMORA NÚMERO 2

EDICTO

190
Procedimiento ordinario 358 de 2010

Doña María Ángeles Blázquez Cosmes, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Zamora.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 358 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Alberto García Borrego y don Carlos Miguel García Borrego , contra la empresa “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Ángeles Blázquez Cosmes.—En Zamora, a 21 de diciembre de 2010.

Presentado el anterior escrito por don Claudino Lorenzo Calvo, letrado del ICA de Zamora, y de don José Alberto García Borrego, don Carlos García Borrego y don Cristian García Núñez, únase a los autos de su razón, y conforme interesa en el mismo se tiene por desistido de su demanda a don Cristian García Núñez, contra la empresa “Prestaciones Mavals, Sociedad Limitada”, así como la continuación de la demanda de don José Alberto García Borrego y don Carlos García Borrego contra la entidad “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”.

Cítese a las partes para la celebración del acto de conciliación, que está señalado para el 31 de enero de 2011, a las diez y quince horas, y, en su caso, al acto de juicio señalado el mismo día, a las diez y veinte horas. Sirva la notificación de la presente resolución de citación en forma.

Respecto de los otrosíes formulados en las demandas acumuladas, se tienen por hechas las manifestaciones en ellos contenidas y respecto de la prueba:

Citar al legal representante de la empresa demandada para practicar interrogatorio de preguntas, interesado por la parte demandante en los procedimientos ordinarios números 359 de 2010 y 360 de 2010, sin que esto signifique la admisión de la prueba propuesta por el actor, ya que este deberá proponerla y, en su caso, el/la juez admitirla en el acto de juicio, artículo 87 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Requerir a la empresa demandada para que aporte los siguientes documentos:

Respecto de don José Alberto: recibos de salarios desde el 1 de enero de 2008 hasta el 14 de enero de 2010, los boletines de cotización de la Seguridad Social TC1 y TC2, partes de alta y baja en la Seguridad Social del demandante, contrato de trabajo de la actora.

Respecto de don Carlos Miguel: recibos de salarios desde el 1 de enero de 2008 hasta el 14 de enero de 2010, los boletines de cotización de la Seguridad Social TC1 y TC2, partes de alta y baja en la Seguridad Social del demandante, contrato de trabajo de la actora, sin que esto signifique la admisión de la prueba propuesta por el actor, ya que este deberá proponerla y, en su caso, el/la juez admitirla en el acto de juicio, artículo 87 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Constando en la ejecución número 106 de 2009 de este mismo Juzgado que la empresa “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, se encuentra en ignorado paradero (concretamente en la Resolución de 1 de diciembre de 2010), cítese a la citada empresa por medio de edictos, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado. Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada partes se harán en estrados (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se acuerda, asimismo, citar al Fondo de Garantía Salarial, dándole traslado de la demanda, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, a fin de que comparezca ante este Juzgado para el acto de conciliación que tendrá lugar el 31 de enero 2011, a las diez y quince horas, así como al acto del juicio el 31 de enero 2011, a las diez y veinte horas.

Antes de la notificación de esta resolución a las partes paso a dar cuenta a su señoría para que decida sobre el señalamiento efectuado.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, a interponer en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación ante la secretaria judicial que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación urgente, para el 31 de enero de 2011, en legal forma a “Maval Seguridad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Zamora, a 21 de diciembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/1.729/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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