Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
20-01-2011

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110120-2

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

2
RESOLUCIÓN 568/2010, de 11 de noviembre, por la que se delega de forma permanente el ejercicio de determinadas competencias.

El Consejo de Administración de la Agencia Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid (ICM), en sesión celebrada el pasado 5 de mayo de 2009, aprobó la estructura y organigrama de la Agencia correspondientes al nivel organizativo siguiente al del Consejero-Delegado, de acuerdo con lo dispuesto en la letra c) del punto 4 del apartado Seis del artículo 10 de la Ley 7/2005, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, a fin de adecuar la organización de la Agencia al mejor cumplimiento de los objetivos encomendados.

Con el fin de lograr una mayor agilidad y eficacia en la actuación administrativa, de acuerdo con la reestructuración organizativa y competencial de la Agencia, resulta necesario proceder al establecimiento y actualización de las delegaciones, en otras unidades organizativas, de determinadas funciones atribuidas al Consejero-Delegado por el apartado Ocho.2 del artículo 10 de la Ley 7/2005, conforme a lo dispuesto en su apartado nueve y en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En su virtud,

RESUELVO

Primero

Delegar en los órganos y centros directivos que seguidamente se enumeran, con carácter permanente, el ejercicio de las siguientes funciones atribuidas por las disposiciones vigentes al Consejero-Delegado, quedando exceptuados de estas delegaciones los casos en los que el titular del órgano o unidad en la que se delega sea interesado en determinado ejercicio concreto de la competencia delegada:

1. Se delegan en el Secretario General:

a) Las facultades referidas en el artículo 10, apartado Ocho.2.b) de la Ley 7/2005, de 23 de diciembre, en materia de contratación, siempre que su importe sea inferior a 60.000 euros (IVA no incluido), con excepción de lo previsto en el apartado 4 del presente resolutorio.

b) La aprobación de los pliegos de condiciones jurídicas.

c) La resolución de recursos administrativos.

d) La resolución de reclamaciones previas a las vías civil y laboral.

2. Se delegan en el Director competente en materia de contratación pública, los actos de trámite y de comunicación que correspondan en materia de contratación, sin límite de importe, con las mismas excepciones referidas en el apartado 1.a).

3. Se delegan en el Director competente en materia de seguridad corporativa:

a) Las facultades en materia de seguridad para la definición de requisitos, establecimiento y control de la disponibilidad, confidencialidad, integridad e identidad y acceso a la información, comunicada o tratada entre dispositivos, componentes o servicios para la Comunidad de Madrid.

b) Las facultades en materia de seguridad para la gestión y control de la solicitud, asignación y uso de los certificados digitales destinados por la Agencia a establecer conexiones seguras entre usuarios, componentes informáticos y sitios web, garantizando la integridad, identidad y confidencialidad de las comunicaciones de datos entre estos.

c) Los actos de instrucción, trámite y notificación a las autoridades policiales o judiciales de las resoluciones de los órganos de gobierno de la Agencia, a causa de acciones u omisiones que presuntamente puedan tipificarse como ilícito penal a los empleados o contra el patrimonio de la Agencia.

4. Se delega en el Director competente en materia de compras las facultades referidas en el artículo 10, apartado Ocho.2.b) de la Ley 7/2005, de 23 de diciembre, en materia de contratación relativas a:

a) Compras centralizadas y formalización de contratos menores, cuando su importe sea inferior a 60.000 euros (IVA no incluido),

b) Adquisiciones y suministros del material preciso para el funcionamiento ordinario de los servicios y dependencias, sin límite de importe.

5. Se faculta al titular de la Secretaría General y al de la Dirección competente en materia de compras y logística, así como a todos los Directores y Jefes de Área dependientes de los mismos, dentro de su ámbito de actividad, para realizar el cotejo y la compulsa de los documentos que obren en la Agencia o que se presenten junto a su original ante ésta o con destino a cualquier Administración Pública. Se faculta adicionalmente para el mismo fin al personal adscrito al Registro General de la Agencia y a la unidad organizativa encargada del soporte administrativo general y de secretaría.

6. Se delega en el Subdirector General competente en materia de desarrollos, tecnología e infraestructuras el ejercicio de las competencias atribuidas a la Agencia derivadas de la aplicación del Decreto 175/2002, de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid.

Segundo

En los casos de vacante, ausencia o enfermedad del titular del órgano delegado, las funciones delegadas serán asumidas por quien designe en suplencia el Consejero-Delegado, y en defecto de designación expresa, por el superior jerárquico inmediato.

Tercero

Las delegaciones efectuadas por la presente resolución podrán ser objeto de revocación en cualquier momento por el órgano delegante.

Cuarto

En todas las resoluciones que se dicten en ejercicio de las funciones delegadas deberá hacerse constar expresamente tal circunstancia, con mención de la fecha de la aprobación de esta resolución y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Quinto

Dejar sin efecto las siguientes Resoluciones del Consejero-Delegado de la Agencia:

a) La Resolución 18/2006, de 2 de febrero, por la que se delegan de forma permanente determinadas competencias.

b) La Resolución 698/2007, de 10 de diciembre, por la que se delegan de forma permanente determinadas competencias en la Dirección de Seguridad Corporativa.

c) La Resolución 770/2007, de 20 de diciembre, por la que se delegan de forma permanente determinadas competencias en la Dirección General de Desarrollos, Tecnología e Infraestructuras.

d) La Resolución 331/2008, de 11 de junio, por la que se modifica la delegación de competencias y se actualiza la suplencia temporal del Director competente en materia de control de gestión y del Secretario de la Mesa de Contratación.

Asimismo, se dejan sin efecto cuantas resoluciones de fecha anterior se opongan a lo establecido en la presente Resolución.

Sexto

La presente Resolución tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Séptimo

Publicar la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para su general conocimiento y efectos oportunos.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Consejero-Delegado de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, computados dichos plazos a partir del día siguiente a su publicación.

Madrid, a 11 de noviembre de 2010.—El Consejero-Delegado, José Martínez Nicolás.

(03/1.749/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110120-2