Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
20-01-2011

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110120-114

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Vigésima Cuarta

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

114
Rollo 1.120 de 2010

En el rollo de apelación número 1.120 de 2010, seguido a instancias de don Freddy Nelson Tulcan Peñaherrera, contra doña Roxana Lorena Ramírez Delgado, se ha dictado sentencia de 15 de diciembre de 2010, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

Sentencia número 1.319

En Madrid, a 15 de diciembre de 2010.—Vistos y oídos en grado de apelación por la Sección Vigésima Cuarta de esta Audiencia Provincial de Madrid los autos de relaciones paterno-filiales número 947 de 2009, procedentes del Juzgado de primera instancia número 28 de Madrid.

De una, como apelante, don Freddy Nelson Tulcan Peñaherrera, representado por la procuradora doña Belén Romero Muñoz; y de otra, como apelada, doña Roxana Lorena Ramírez Delgado.

Visto, siendo magistrada-ponente doña Rosario Hernández Hernández.

Fallamos

Que desestimando el recurso de apelación interpuesto por don Freddy Nelson Tulcan Peñaherrera, representado por la procuradora doña Belén Romero Muñoz, contra la sentencia de 6 de julio de 2010, del Juzgado de primera instancia número 28 de Madrid, en autos de relaciones paterno-filiales número 947 de 2009, seguidos contra doña Roxana Lorena Ramírez Delgado, debemos confirmar y confirmamos la expresada resolución, todo ello sin imposición de las costas causadas en esta instancia a ninguno de los litigantes.

Notifíquese la presente resolución, haciendo saber a las partes que contra la misma puede interponerse recurso de casación o extraordinario por infracción procesal, de concurrir los presupuestos establecidos en el artículo 466 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, ante el Tribunal Supremo en el plazo de cinco días siguientes al de la notificación.

Dese al depósito constituido destino legal.

Así, por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación a la parte apelada doña Roxana Lorena Ramírez Delgado, en ignorado paradero, expido la presente que firmo en Madrid, a 15 de diciembre de 2010.—El secretario (firmado).

(03/709/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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