Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
20-01-2011

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110120-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SECRETARÍA DE GOBIERNO

EDICTO

106
Nombramiento juez de paz sustituto Rivas-Vaciamadrid

Don José Palazuelos Morlanés, secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Certifico: Que por la Sala de Gobierno de este Tribunal Superior, en sesión celebrada el día de hoy, se adoptó el siguiente acuerdo:

Cincuenta y cuatro.—Nombramiento de juez de paz sustituto de Rivas-Vaciamadrid.

Se da cuenta de la certificación remitida por el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid en la que se propone el nombramiento de doña Ana María Parra Muñoz para el cargo de jueza de paz sustituta; aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 22 de julio de 2010, por mayoría de votos a favor, que representa la mayoría absoluta del número legal.

Atendiendo a los criterios de la circular del Consejo General del Poder Judicial de fecha 6 de octubre de 1993, con especial referencia al régimen de prohibiciones e incompatibilidades, y observando que concurren en la electa las condiciones de idoneidad y elegibilidad.

La Sala de Gobierno, por unanimidad, acuerda: Nombrar jueza de paz sustituta de Rivas-Vaciamadrid a doña Ana Parra Muñoz.

Con certificación, particípese este acuerdo al Consejo General del Poder Judicial, al Juzgado Decano de primera instancia e instrucción de Arganda del Rey, partido judicial al que pertenece; al señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid; al Juzgado de paz de la misma localidad, y al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID para su publicación.

Y para que conste, y en cumplimiento de lo acordado, expido y firmo la presente en Madrid, a 15 de noviembre de 2010.—El secretario de Gobierno, José Palazuelos Morlanés.

(03/700/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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