Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
20-01-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110120-246

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

246
Ejecución 239 de 2010

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 239 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Elena Sainz Tejera, contra la empresa “Villalba Ediciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto, decreto y liquidación de intereses de 17 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva se acompaña:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Begoña García Álvarez.—En Madrid, a 17 de noviembre de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución sentencia de 4 de mayo de 2010, a favor de la parte ejecutante, doña Elena Sainz Tejera, frente a “Villalba Ediciones, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 13.421,32 euros en concepto de principal, más otros 1.342,13 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y 1.342,13 euros, las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Decreto

Secretario judicial, don Máximo Javier Herreros Ventosa.—En Madrid, a 17 de noviembre de 2010.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: Requerir a “Villalba Ediciones, Sociedad Limitada” a fin de que en el plazo de diez días, manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada “Villalba Ediciones, Sociedad Limitada”, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesándose la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto”, con número de cuenta 2526/0000/00/1730/09.

En cuanto al libramiento de los despachos de averiguación más arriba acordados, estése la resultado de los remitidos en las ejecuciones seguidas en este mismo Juzgado contra la misma empresa, no siendo necesaria su reiteración, excepto el referido a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Liquidación de intereses

Que practica el secretario judicial que suscribe en las presentes actuaciones tramitadas a instancia de doña María Elena Sainz Tejera, contra “Villalba Ediciones, Sociedad Limitada”, en los autos número 1.730 de 2009, y ejecución número 239 de 2010, y en cumplimiento de lo acordado en sentencia de fecha 4 de mayo de 2010 y conforme a lo dispuesto en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores:

Fecha de sentencia: 4 de mayo de 2010.

Interés: 10 por 100.

Principal: 12.405,12 euros.

Desde 9 de julio de 2009, hasta 4 de mayo de 2010: 299 días.

12.405,12 ´ 10 por 100: 365 ´ 299 = 1.016,20 euros.

Total intereses: 1.016,20 euros.

Total despachar ejecución: 13.421,32 euros.

En Madrid, a 17 de noviembre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Villalba Ediciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/222/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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