Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
20-01-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110120-130

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

130
Demanda 1.420 de 2010

Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.420 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Wiriam Lescar Jaramillo Guamán, contra la empresa “Alcarreña y Bonaval de Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente sentencia:

En nombre de Su Majestad el Rey ha dictado la siguiente

Sentencia número 525 de 2010

En Madrid, a 14 de diciembre de 2010.—Su señoría ilustrísima, doña Mercedes Gómez Ferreras, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 3 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, seguidos a instancias de don Wiriam Lescar Jaramillo Guamán, asistido de la letrada doña Olga Sala Sarra, contra “Alcarreña y Bonaval de Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen.

Fallo

Procede estimar la demanda presentada por el actor don Wiriam Lescar Jaramillo Guamán, contra la empresa demandada “Alcarreña y Bonaval de Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, declarar la improcedencia del despido y extinguida la relación laboral con efectos del día de hoy, y condenar a la empresa demandada a que abone al demandante la cantidad de 5.855,46 euros en concepto de indemnización, más los salarios de tramitación dejados de percibir desde el día del despido (20 de septiembre de 2010) hasta la fecha de notificación de esta sentencia a razón de 46,17 euros por día. Con absolución del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus responsabilidades legales.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alcarreña y Bonaval de Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de diciembre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/216/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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