Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 8

Fecha del Boletín 
11-01-2011

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110111-54

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CAMPO REAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Suplementos de créditos

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 179.4 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, el cual se remite a los artículos 169, 170 y 171 de la misma Ley, y artículo 20.1, al que se remite el artículo 38.2 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se pone en conocimiento general que en la intervención de esta Entidad Local se halla expuesto al público el expediente de suplementos de créditos y partidas de nueva creación de gastos número 2/2010, que afecta al vigente presupuesto, aprobado inicialmente por la Corporación en Pleno, en sesión celebrada el día 20 de diciembre de 2010, financiando con cargo a mayores ingresos, partidas de nueva creación de ingresos y bajas de créditos de gastos de otras partidas del presupuesto vigente no comprometidos.

Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales citado a que se ha hecho referencia, y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrá presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General.

c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

En Campo Real, a 21 de diciembre de 2010.—La alcaldesa, Concepción Guerra Delgado.

(03/48.339/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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