Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 7

Fecha del Boletín 
10-01-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110110-115

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

115
Demanda 1.767 de 2009

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.767 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Esther Gil Estrada, contra las empresas “Broken Day, Sociedad Limitada”, y “Di Memba Joyeros, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Estimo la demanda de la actora, doña María Esther Gil Estrada, y declaro debida la cantidad reclamada con la misma..

En consecuencia, condeno de forma solidaria a las demandadas “Broken Day, Sociedad Limitada”, y “Di Membna Joyeros, Sociedad Limitada Unipersonal”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abonen de forma solidaria a la actora la cantidad de 3.650,27 euros en concepto de liquidación.

Asimismo, declaro la mora de la demandada, por lo que la empresa deberá incrementar el 10 por 100 de interés anual moratorio desde la fecha en que se devengó las cantidades objeto de condena hasta su total pago.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Broken Day, Sociedad Limitada”, y “Di Memba Joyeros, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/47.392/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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