Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5

Fecha del Boletín 
07-01-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110107-109

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

109
Demanda 1.419 de 2010

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria de lo social del número 20 de Madrid.

Hago saber: Que por diligencia de ordenación dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancias de don Carlos Blasco Robledo, don Daniel Herranz Sánchez, don Carlos Uceda Millán, don Carlos Herrero Izquierdo, don Fernando Pontón Moreno, don Javier Feijoo Herranz, don Carlos Domínguez Domínguez y don Alejandro García Nicolás, contra doña Isabel Marote Barrado, “Natura Sierra Oeste, Sociedad Limitada”, “Beluchi Casoni, Sociedad Limitada”, y “Beluchi Casoni di Monti, Sociedad Limitada”, en reclamación por despido, registrado con el número 1.419 de 2010, se ha acordado citar a “Beluchi Casoni, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 27 de enero de 2011, a las nueve horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, de juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 20, sito en la calle Hernani, número 59, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Almudena Ortiz Martín.—En Madrid, a 16 de diciembre de 2010.

Visto el estado de las actuaciones, y resultando que la parte demandada “Beluchi Casoni, Sociedad Limitada”, se encuentra en ignorado paradero, cítese a la misma, por medio de edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado. Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán mediante el tablón de anuncios de este Juzgado (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Se acuerda, asimismo, citar al Fondo de Garantía Salarial, dándole traslado de la demanda, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, a fin de que comparezca ante este Juzgado para los actos de conciliación y, en su caso, juicio, señalados para el día 27 de enero de 2011, a las nueve horas.

Se requiere a la parte actora por cinco días para que aporte nueva dirección de la demandada “Beluchi Casona, Sociedad Limitada”.

Consultados el al Instituto Nacional de Estadística y el Registro Mercantil, constando nueva dirección de la demandada doña Isabel Marote Barrado, que a su vez aparece como administradora única de la empresa “Beluchi Casoni di Monti, Sociedad Limitada”, remítase ambas citaciones a dicha dirección.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá al ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita que para la admisión a trámite deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en “Banesto”, calle Orense, número 19, a nombre de este Juzgado, con número 2518/0000/30/1419/09, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Beluchi Casoni, Sociedad Limitada”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 16 de diciembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/47.903/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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