Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 5

Fecha del Boletín 
07-01-2011

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110107-13

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

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ORDEN 5954/2010, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Orden 3603/2010, de 29 de junio, y la Orden 4922/2010, de 24 de septiembre, por las que se concedieron ayudas económicas para la realización de cursos de metodología y perfeccionamiento de lenguas extranjeras para el año 2010.

Por Orden 585-01/2010, de 10 de febrero, de la Consejería de Educación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de marzo de 2010), se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas para la realización de cursos de metodología y perfeccionamiento de lenguas extranjeras para el año 2010.

Mediante Orden 3603/2010, de 29 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de agosto de 2010), y Orden 4922/2010, de 24 de septiembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de octubre de 2010), de la Consejería de Educación, se conceden las ayudas económicas correspondientes a dicha convocatoria.

Vistas las justificaciones aportadas por los beneficiarios a los que les fue concedida la ayuda, se comprueba que justifican por un importe menor del concedido las personas que se relacionan a continuación:

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DISPONGO

Primero

Modificar los importes de las ayudas concedidas a los beneficiarios relacionados anteriormente, de acuerdo con la justificación aportada por los mismos:

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Segundo

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de la publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 7 de diciembre de 2010.

La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

(03/48.770/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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