Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 3

Fecha del Boletín 
05-01-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110105-191

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

EDICTO

191
Demanda 982 de 2010

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 982 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana María Sánchez Rossique, contra la empresa “Procesos Externos, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente sentencia:

Sentencia número 469 de 2010

En Madrid, a 16 de noviembre de 2010.—Don Ángel Juan Alonso Boggiero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 13 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, doña Ana María Sánchez Rossique, que comparece asistida por el letrado don José Antonio Serrano Martínez, y de otra, como demandados, “Procesos Externos, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por doña Ana María Sánchez Rossique, frente a la empresa “Procesos Externos, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo:

1.o Declarar improcedente el despido practicado con efecto del 31 de mayo de 2010.

2.o Declarar extinguida la relación laboral con efectos del 16 de noviembre de 2010.

3.o Condenar a la empresa “Procesos Externos, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones, así como a que abone a doña Ana María Sánchez Rossique la cantidad de 19.591,31 euros en concepto de indemnización y la de 6.089,07 euros en concepto de salarios de tramitación desde la fecha del despido (31 de mayo de 2010) hasta la de la extinción de la relación laboral (16 de noviembre de 2010).

4.o Absolver al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de sus obligaciones legales.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Procesos Externos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/46.937/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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