Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
04-01-2011

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110104-74

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO

OTROS ANUNCIOS

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Notificación expediente demolición

No habiéndose podido notificar el acuerdo de Junta de Gobierno Local, de fecha 9 de septiembre de 2010, por el que se concedía trámite de audiencia al interesado, don José Luis González García, con referencia al expediente de protección de legalidad urbanística número EIU-0033/10, se publica el presente anuncio en el “Boletín Oficial de la Comunidad de Castilla-La Mancha” y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Guadalajara, a fin de que el interesado pueda ser notificado por comparecencia en el Departamento de Urbanismo e Industria del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, ubicada en plaza Casa Grande, número 2, de esta localidad, en el plazo máximo de quince días naturales, contados desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el “Boletín Oficial de la Comunidad de Castilla-La Mancha”, de lunes a viernes, de ocho a catorce horas. Transcurrido dicho plazo sin haber comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer. Siendo el texto íntegro del acuerdo el siguiente:

En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se pone en conocimiento que por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Mejorada del Campo, en sesión de fecha 9 de septiembre de 2010, entre otros asuntos adoptó el siguiente acuerdo:

11. Incoación de expediente de demolición. Promotor y titular: don Venancio Guindel Calvo.

Visto que con fecha de 24 de marzo de 2010 consta anotado en el Registro de Entradas de Documentos del Departamento de Urbanismo de este Ayuntamiento, al número 473, informe de Policía Local, de fecha 22 de marzo de 2010, relativo a denuncia o informe de intervención número 100000020 por “construcción de viviendas de 250 metros cuadrados aproximadamente, careciendo de licencia de obras” en urbanización “El Tallar”, calle de la Jara, parcela 79-A, de este término municipal, sin la preceptiva licencia de obras, constando como titulares de dicha obra don Venancio Guindel Calvo y don José Luis González García.

Visto que con fecha de 15 de abril de 2010 la Concejalía-Delegada de Urbanismo de este Ayuntamiento dictó el decreto 329/2010, por el que se resuelve la inmediata suspensión de las obras descritas en el informe o boletín de denuncia 100000020, situado en urbanización “El Tallar”, calle de la Jara, parcela 79-A, de esta localidad, siendo los propietarios/promotores don Venancio Guindel Calvo y don José Luis González García, según datos recabados por la Policía Local. En dicho decreto se ordena la inmediata suspensión de las obras y se le concede un plazo de dos meses para que solicite la preceptiva licencia municipal, este fue notificado el día 21 de mayo de 2010 a ambos interesados, según obra en expediente.

Obra en el expediente informe del Servicio Administrativo del Departamento de Urbanismo, emitido con fecha de 30 de agosto de 2010, en el que se hace constar que hasta el día en que se emite el informe no se ha presentado solicitud ni se ha concedido licencia alguna para las obras que se están ejecutando en urbanización “El Tallar”, calle Jara, parcela número 79-A, de esta localidad.

Atendida la providencia de la Concejalía de Urbanismo, de fecha 1 de septiembre de 2010, por la que se solicita informe de los servicios técnicos sobre la posible legalización o no de las obras objeto del expediente, al amparo de lo establecido en el ordenamiento urbanístico municipal, obrante en el expediente.

Visto que con fecha de 1 de septiembre de 2010 se emite informe del arquitecto técnico municipal en el que hace constar:

Vista la denuncia aportada se estima que la obra ejecutada se encuentra incluida dentro del área denominada por el Plan General de Ordenación Urbana de Mejorada del Campo API-1, “Villaflores-El Tallar”, para la que la aprobación definitiva de este Plan General especificó:

«... Segundo.—Denegar la aprobación definitiva del anexo contenido en el documento de revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Mejorada del Campo, denominado “Anexo Normativo de los ámbitos API-1 y API-2”.

Tercero.—Aplazar la aprobación definitiva del Plan General de Ordenación Urbana de Mejorada del Campo, a los efectos previstos en el artículo 48.c) de la Ley 9/1995, de 28 de marzo, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo de la Comunidad de Madrid, en tanto no sean subsanadas la deficiencias señaladas, en los informes que obran en el expediente y mencionadas en el cuerpo del presente acuerdo, en los ámbitos y en las determinaciones que a continuación se relacionan:

(...)

b) Ámbitos de Suelo Urbanizable Incorporado denominado API-1 y API-2, “El Balcón de Mejorada”, “Villaflores-El Tallar”.

Por lo que actualmente no es posible informar sobre su ordenación.

Visto el informe de la vicesecretaria general, de fecha 2 de septiembre de 2010, obrante en el expediente.

Sometido el asunto a votación, la Junta de Gobierno, por unanimidad, acuerda:

Primero.—Incoar expediente de demolición de obras cuya ejecución fue suspendida mediante el decreto de este Ayuntamiento número 329/2010, de 15 de abril, descritas en informe o boletín de denuncia 100000020, situadas en el paraje conocido como urbanización “El Tallar”, calle Jara, parcela 79-A, de esta localidad, siendo los promotores/propietarios de dichas obras don Venancio Guindel Calvo y don José Luis González García.

Segundo.—Poner de manifiesto el expediente a los interesados, confiriéndoles, de conformidad con lo establecido en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, un plazo de diez días a los efectos de vista y audiencia, durante el cual podrán formular alegaciones y aportar cuantos documentos y justificaciones estimen pertinentes para la defensa de sus intereses.

Según establece el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, esta notificación del acta donde se adoptó el acuerdo se expide a reserva de los términos que resulten de la aprobación.

Lo que traslado a usted para su conocimiento y efectos oportunos, significándole que durante el plazo de diez días contados a partir de la fecha de recepción de la presente notificación podrá presentar las alegaciones u observaciones al expediente que estime oportunas para la defensa de sus intereses, de conformidad con lo establecido en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.»

Todo ello de conformidad con lo preceptuado en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para su conocimiento y efectos oportunos.

Mejorada del Campo, a 22 de noviembre de 2010.—El concejal de Urbanismo, Industria, Vivienda y Medio Ambiente, Miguel Valero Camacho.

(02/11.854/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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