Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
04-01-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110104-155

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 31

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

155
Demanda 1.149 de 2010

Doña Amalia del Castillo de Comas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 31 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.149 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Macín Arcadiusz Glica, contra la empresa “GLA Transportes por Carretera”, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Estimo la demanda formulada por don Marcín Arcadiusz Glica, frente a “GLA Transportes por Carretera, Sociedad Limitada”, y declaro la improcedencia del despido de que fue objeto con fecha 29 de julio de 2010, y habiendo reconocido la empresa dicha improcedencia, optando por el abono de la indemnización, declaro igualmente extinguida la relación laboral que unía a las partes en la fecha de esta sentencia, condenando a la demandada a estar y pasar por ambas declaraciones, así como a que abone al actor en concepto de indemnización la cantidad de 2.411,37 euros y por los salarios de tramitación del período 29 de julio de 2010 a 5 de noviembre de 2010 la cantidad de 4.896,94 euros (noventa y nueve días a 49,46 euros/día).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “GLA Transportes por Carretera”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de diciembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/46.693/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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