Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 2

Fecha del Boletín 
04-01-2011

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110104-14

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2010, por la que se hace público el Acuerdo relativo al Plan Especial de Infraestructuras para las obras de ampliación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales “Las Matas-Peñascales”, en el término municipal de Las Rozas de Madrid, promovido por el Canal de Isabel II (Ac. 206/10).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 25 de noviembre de 2010, examinó el expediente relativo al Plan Especial de Infraestructuras para las obras de ampliación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales “Las Matas-Peñascales”, en el término municipal de Las Rozas de Madrid, promovido por el Canal de Isabel II.

En virtud del contenido del informe técnico-jurídico, de fecha 15 de noviembre de 2010, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General en fecha 17 de noviembre de 2010, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó acuerdo del siguiente tenor literal:

«Primero

Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras para las obras de ampliación de la Estación Depuradora de Aguas Residuales “Las Matas-Peñascales”, en el término municipal de Las Rozas de Madrid, promovido por el Canal de Isabel II.

Segundo

Iniciar el trámite de información pública del Plan Especial por un período de un mes, mediante inserción de los correspondientes anuncios en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor difusión en la Comunidad de Madrid, al objeto de que puedan formularse las alegaciones que se estimen oportunas.

Tercero

Requerir informe, concediendo el mismo plazo de un mes, para su emisión, a los siguientes organismos afectados:

— Confederación Hidrográfica del Tajo. Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

— Dirección General de Evaluación Ambiental. Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

— Dirección General del Medio Ambiente (Subdirección General de Conservación del Medio Natural y Calidad del Aire y Subdirección General de Recursos Agrarios, Área de Vías Pecuarias). Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

— Dirección General de Ordenación e Inspección. Consejería de Sanidad.

— Dirección General de Industria, Energía y Minas. Consejería de Economía y Hacienda.

— Dirección General de Patrimonio Histórico. Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno.

Cuarto

Dar traslado del expediente al Ayuntamiento de Las Rozas de Madrid, para su conocimiento e informe, que deberá emitirse igualmente en el plazo máximo de un mes».

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que, en cumplimiento de la normativa vigente, dicho expediente podrá ser consultado, por un período de un mes, en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, en horas hábiles, desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el día en que termine el plazo de información pública.

Durante el expresado período de tiempo, cuantas personas se consideren afectadas podrán formular alegaciones mediante escrito dirigido a la Presidenta de la Comisión de Urbanismo de Madrid.

Madrid, a 22 de diciembre de 2010.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(01/6/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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