Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 1

Fecha del Boletín 
03-01-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110103-244

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VITORIA-GASTEIZ NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

244
Autos 978 de 2009

Don Jesús Sevillano Hernández, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Vitoria-Gasteiz.

Hago saber: Que en autos social ordinario número 978 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don Asier López López de Eguieta, contra la empresa “Caja Cantabria, Sociedad Anónima”, “Fortis Bank, Sociedad Anónima”, “Global Energy Services Siemsa, Sociedad Anónima”, don Manuel Huerta González, don Antonio Moreno Rodríguez y “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada” (STAM), sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente sentencia número 481 de 2010:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la letrada doña Ainhoa Ordorika Alegría, en nombre y representación de la Confederación Sindical ELA y su afiliado, don Asier López López de Aguileta, contra la empresa “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor 2.729,40 euros, más intereses, en los términos que indica el fundamento jurídico tercero de la presente resolución.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Servicios Técnicos Avanzados y Mantenimiento, Sociedad Limitada” (STAM), en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de noviembre de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/46.356/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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