Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
30-12-2010

Sección 1.2.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101230-11

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE FAMILIA Y ASUNTOS SOCIALES

11
ORDEN 2047/2010, de 2 de diciembre, por la que se nombran Vocales del Consejo Regional de Mayores en representación de las asociaciones, federaciones y demás entidades sin fin de lucro de personas mayores que desarrollen su labor en el territorio de la Comunidad de Madrid.

El Decreto 65/1998, de 23 de abril, por el que se crea el Consejo Regional de Mayores, modificado por el Decreto 34/2001, de 1 de marzo, dispone en su artículo 3 que todos los Vocales del Consejo serán nombrados, mediante Orden, por la titular de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales.

Cumplidos todos los trámites establecidos en la Orden 1002/2010, de 14 de junio, y en cumplimiento de su artículo 10 por el que procede dar publicidad,

DISPONGO

Artículo 1

Nombrar como Vocales del Consejo Regional de Mayores a las personas que a continuación se relacionan:

— Doña Blanca Clavijo Juaneda. Asociación Nacional de Alzheimer, AFAL Contigo.

— Don Vicente Luis Llópiz González. Asociación Ecologista y del Medio Ambiente de la Tercera Edad de Ciudad Lineal “Amigos de la naturaleza”.

— Don Gonzalo López Capdequí. Asociación de Servicio Integral Sectorial para Ancianos (ASISPA).

— Doña Pilar Sánchez Tamayo. Cruz Roja Española Comunidad de Madrid.

— Don Salvador Guirado Tamayo. Asociación de Mayores de Madrid XXI.

— Don Rafael Izquierdo Bartolomé. Fundación Desarrollo y Asistencia.

— Don Humberto García Valverde. Organización Social de Mayores, Pensionistas y Jubilados de Izquierda Unida.

Artículo 2

La Duración del mandato de cuatro años al que alude el artículo 4 del Decreto 65/1998, en lo que se refiere a los representantes de asociaciones, federaciones y entidades sin fin de lucro, comenzará a computarse desde el día en que se celebre la primera reunión tras la publicación de esta Orden.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden entrará en vigor a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de diciembre de 2010.

La Consejera de Familia y Asuntos Sociales, ENGRACIA HIDALGO TENA

(03/47.646/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101230-11