Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 311

Fecha del Boletín 
30-12-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101230-262

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 7

EDICTO

262
Juicio de faltas 55 de 2010

Doña María de los Ángeles González Rodríguez, secretaria del Juzgado de instrucción número 7 de Leganés.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 55 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Leganés (Madrid), a 22 de marzo de 2010.—Vistos por el ilustrísimo señor don Rafael Rosel Marín, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de Leganés (Madrid), y colaborando en la redacción de esta resolución el magistrado-juez adjunto, don Carlos Javier Albarrán Machín, los presentes autos de juicio de faltas que bajo el número indicado se tramitan en este Juzgado, en los que intervienen, además del ministerio fiscal, don Vicente Bautista Parejo y doña Marta Fernández Rodríguez, en atención al siguiente

Fallo

Que absuelvo a doña Marta Fernández Rodríguez de responsabilidad penal por los hechos imputados, declarándose de oficio las costas causadas en este juicio.

Notifíquese a las partes en legal forma la presente resolución, haciendo saber que la misma es susceptible de ser recurrida en apelación a conocer por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, debiendo prepararse mediante escrito a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la constancia de su conocimiento.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Marta Fernández Rodríguez, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 18 de noviembre de 2010.—La secretaria (firmado).

(03/46.091/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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