Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
28-12-2010

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101228-165

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CERCEDILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

165
Modificación ordenanzas fiscales

El Pleno Corporativo, en sesión ordinaria celebrada el 4 de noviembre de 2010, aprobó inicialmente la modificación de las ordenanzas reguladoras que a continuación se indican, acuerdo que ha quedado elevado a definitivo, al no haber sido presentada ninguna reclamación durante el período de exposición pública, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publican íntegramente las modificaciones aprobadas:

Impuesto de vehículos de tracción mecánica

Art. 7:

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Impuesto de bienes inmuebles de naturaleza urbana

“Art. 8. Cuota tributaria y tipo de gravamen:

(...)

3. Los tipos de gravamen serán los siguientes:

a) Bienes de naturaleza urbana:

1. Tipo de gravamen general: 0,431 por 100”.

Servicio de alcantarillado y vigilancia especial de alcantarillas particulares

Art. 7:

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Recogida domiciliaria de basuras o residuos sólidos urbanos

“Art. 7. Para los inmuebles donde se ejercen actividades económicas:

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Como superficie se computará los metros dedicados a la actividad. En el caso de que en el mismo inmueble se realicen varias actividades gravadas en varias clasificaciones solo se tributará por aquella que suponga una mayor cuota.

Para las viviendas:

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La cifra de los metros cuadrados determinantes de la categoría se obtendrán de la diferencia entre la superficie del inmueble y la superficie construida”.

Entrada de vehículos a través de las aceras y reserva de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase

Art. 6. Las tarifas a aplicar serían las siguientes:

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Cercedilla, a 22 de diciembre de 2010.—El alcalde, Eugenio Romero Arribas.

(03/48.218/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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