Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
28-12-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101228-274

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

274
Ejecución 227 de 2010

Doña Monterrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 227 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Carlos Duque Bastante, contra don Juan Martín Laín e “Instalaciones de Frío y Calor Calfri, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado el día 22 de noviembre de 2010 resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda el embargo y precinto del vehículo propiedad de la apremiada, “Instalaciones de Frío y Calor Calfri, Sociedad Limitada”, que a continuación se describe, con los datos de identificación conocidos:

Matrícula: 5874DSP.

Marca: “Citroën”.

Modelo: Jumpy 2.0.

Número de bastidor/número de chasis, en su caso: VF7BARHZB6233337.

Fecha de matriculación: 21 de noviembre de 2005.

Líbrese y remítase directamente y de oficio mandamiento por duplicado al ilustre señor registrador de Bienes Muebles Provincial, Sección de Automóviles y Otros Vehículos de Motor, obrante en el mismo, para que practique el asiento que corresponda relativo al embargo trabado sobre el vehículo indicado, se expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad que conste del bien y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, advirtiéndose que deberá comunicar a este Juzgado la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado (artículo 253 de la Ley de Procedimiento Laboral), y debiéndose devolver un ejemplar debidamente cumplimentado.

Ofíciese a la Unidad Administrativa correspondiente para la efectividad del precinto y conveniente depósito.

Se acuerda, igualmente, retener los saldos a favor de los ejecutados don Juan Martín Laín e “Instalaciones de Frío y Calor Calfri, Sociedad Limitada”, en las siguientes entidades: “Caja Madrid”, “Banco Santander”, y “Banco Popular”, y ello en cuanto sea suficiente para cubrir la suma de las cantidades reclamadas.

Libra los oficios necesarios en las entidades bancarias y/o de crédito donde se hará constar la orden de retención con los apercibimientos legales que para el caso de incumplimiento de esta orden pudiera incurrir el receptor de la misma quien deberá expedir recibo acreditativo de la recepción de la orden y quien deberá hacer constar las cantidades que los ejecutados, en ese instante, dispusiere en tal entidad. Dicho acuse de recibo será devuelto se remitirá directamente a este órgano judicial.

Requiérase a los Registros de la Propiedad de números 1 de Torrejón de Ardoz y de San Fernando de Henares, a fin de que se expida y remita a este Juzgado certificación en que conste si existen inscritos en los mismos bienes o derechos susceptibles de embargo propiedad de los demandados, y en caso afirmativo, se hagan constar los datos suficientes para el ulterior libramiento de mandamiento de embargo referencia de sus cargas.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Juan Martín Laín e “Instalaciones de Frío y Calor Calfri, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/46.038/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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