Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 307

Fecha del Boletín 
24-12-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101224-69

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

69
Ejecución 78 de 2010

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 78 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María del Carmen Andrés Redondo, contra la empresa “Logarme, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 12 de noviembre de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses y/o tasación de costas practicadas por importe de 312,78 euros a cuyo pago resulta condenada “Logarme, Sociedad Limitada”, en las presentes actuaciones (300 euros en concepto de tasación de costas y 12,78 euros en concepto de liquidación de intereses).

Póngase a disposición del letrado don Ángel Moisés Sánchez la cantidad de 200 euros en concepto de honorarios, mediante entrega del correspondiente mandamiento de devolución. Y póngase a disposición de la demandante doña María del Carmen Andrés Redondo la cantidad correspondiente a la liquidación de intereses, 12,78 euros.

Requiérase a la demandada para que en el plazo de diez días proceda a abonar en la cuenta número 2510 de este Juzgado abierta en “Banesto”, agencia sita en Madrid, calle Orense, número 19, la cantidad de 178,22 euros, importe que queda pendiente de la presente tasación de costas, con apercibimiento que en el caso de no hacerlo se procederá por la vía de apremio, sin necesidad de previo requerimiento personal.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Logarme, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/45.932/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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