Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
23-12-2010

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101223-10

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

VICEPRESIDENCIA, CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO

10
Orden 2490/2010, de 27 de octubre, por la que se resuelve la Orden 314/2010, de 26 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca para el año 2010 beca de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Unidad de Representación de la Comunidad de Madrid en Bruselas.

Mediante Orden 314/2010, de 26 de febrero, se convoca para el año 2010 beca de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Unidad de Representación de la Comunidad de Madrid en Bruselas.

Con fecha 21 de septiembre de 2010 se procede a la convocatoria de la Comisión de Valoración, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 de la citada Orden.

A tenor de lo anterior y de acuerdo con las bases reguladoras,

DISPONGO

Primero

Conceder a doña María Luisa Martínez Díez beca convocada por Orden 314/2010, de 26 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca para el año 2010 beca de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Unidad de Representación de la Comunidad de Madrid en Bruselas (Anexo I).

Segundo

Establecer la lista priorizada con los candidatos que han superado las pruebas de conocimientos e idiomas para el caso de que alguno de los beneficiarios renunciase a la beca, causase baja o por causa sobrevenida no pudiese ser beneficiario de la misma (Anexo II).

Se adjunta el listado completo de puntuaciones de todos los candidatos (Anexo III).

Tercero

El desarrollo del período de prácticas se realizará en la Unidad de Representación de la Comunidad de Madrid en Bruselas y consistirá en la investigación, perfeccionamiento y el estudio del derecho de la Unión Europea con el fin de que el beneficiario logre profundizar en sus conocimientos en el ámbito de la Unión Europea.

La beca estará dotada con la cantidad de 1.250 euros mensuales que el beneficiario percibirá por mensualidades vencidas. La cantidad mensual no incluirá la concertación de una póliza de asistencia sanitaria y accidentes, que deberá concertar el propio beneficiario.

En caso de que la beca fuese prorrogada, de acuerdo con lo estipulado por el artículo 4.3 de la Orden 314/2010, de 26 de febrero, las cantidades mensuales serán actualizadas con el IPC previsto para el año correspondiente, siempre que exista crédito adecuado y suficiente.

Cuarto

La aceptación del disfrute de la beca por parte del beneficiario se realizará en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de su notificación.

Quinto

La presente Orden pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, o bien recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el Vicepresidente, Consejero de Cultura y Deporte y Portavoz de Gobierno, ambos plazos se computarán desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente en defensa de sus derechos.

DISPOSICIÓN FINAL

Única

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Dado en Madrid, a 27 de octubre de 2010.—El Vicepresidente, Consejero de Cultura y Portavoz del Gobierno (PD 1472/2009, de 24 de septiembre), el Director General de Asuntos Europeos y Cooperación con el Estado, Antonio González Terol.

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Artículo 7 de la Orden 314/2010, de 26 de febrero:

a.1: Prueba de conocimientos sobre la Unión Europea.

a.2: Pruebas de inglés y francés.

b: Expediente académico.

c: Currículum vítae.

d: Entrevista.

e: Otros idiomas.

(03/47.702/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.30.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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