Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 306

Fecha del Boletín 
23-12-2010

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101223-46

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

46
Resolución de 2 de diciembre de 2010, por la que se acuerda publicar la notificación de la Orden 3279/2010, de 1 de octubre, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se inadmite por extemporáneo el recurso de reposición interpuesto por don Miguel Fernández Peraleda contra la Orden de 2 de julio de 2010, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.

Intentada sin efecto la notificación de la Orden 3279/2010, de 1 de octubre, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se inadmite por extemporáneo el recurso de reposición interpuesto por don Miguel Fernández Peraleda contra la Orden de 2 de julio de 2010, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, procede su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Visto el recurso de reposición interpuesto por don Miguel Fernández Peraleda contra la Orden de 2 de julio de 2010, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, dictada en el expediente 3679.8/10, se constatan los siguientes

HECHOS

Primero

Don Miguel Fernández Peraleda solicitó ayuda económica para la adquisición de vivienda con protección pública sita en la calle Mestizaje, número 2, escalera 1, piso 1, puerta B, de Alcorcón (Madrid). Instruido el expediente la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, PDF (Orden 908/2009, de 14 de abril, del Director General de Vivienda y Rehabilitación), dictó Orden de fecha 2 de julio de 2010 por la que se denegó la ayuda solicitada.

Segundo

Notificada la Orden anterior, don Miguel Fernández Peraleda interpone recurso de reposición en el que solicita la revisión de la Orden, alegando, en síntesis, su disconformidad con la misma.

Tercero

Consta en el expediente que la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación ha emitido informe, en el que se propone inadmitir por extemporáneo el recurso de reposición interpuesto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La competencia para resolver el recurso de reposición interpuesto corresponde a la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de acuerdo con lo que se establece en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 41.g) y 57 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid.

Segundo

El artículo 115.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que el plazo para la interposición del recurso de alzada será de un mes, si el acto fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que, tenga lugar la notificación o publicación del acto que se impugna. Asimismo, dispone que transcurrido dicho plazo sin haberse interpuesto el recurso, la Resolución será firme a todos los efectos.

En este supuesto, tal y como consta en el expediente, la Orden impugnada fue notificada el 26 de julio de 2010, según consta en acuse de recibo incorporado al expediente y el recurso de alzada tuvo entrada el 2 de septiembre de 2010 en la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, una vez transcurrido el plazo de un mes legalmente establecido a tal efecto.

Por tanto, el presente recurso es extemporáneo, por lo que procede su declaración de inadmisibilidad por razones de forma, sin necesidad de entrar a conocer sobre el fondo del asunto.

En su virtud, de acuerdo con el informe de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación en el que se propone inadmitir por extemporáneo el recurso de reposición interpuesto,

DISPONGO

Inadmitir por extemporáneo el recurso de reposición interpuesto por don Miguel Fernández Peraleda contra la Orden de 2 de julio de 2010, de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, dictada en el expediente 3679.8/10.

Lo que se le notifica, significándole que la Orden transcrita agota la vía administrativa y que contra la misma procederá, en su caso, recurso contencioso-administrativo, a interponer en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de la presente notificación ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos.

Madrid, a 2 de diciembre de 2010.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(03/47.153/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101223-46