Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
16-12-2010

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101216-422

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE ZARAGOZA NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

422
Procedimiento 842 de 2010

Doña María Pilar Zapata Camacho, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Zaragoza.

Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 842 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Murillo Sánchez, contra la empresa “C-7 Control y Servicios Celular, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

CÉDULA DE CITACIÓN

Tribunal que ordena citar: Juzgado de lo social número 2 de Zaragoza.

Asunto en que se acuerda: procedimiento ordinario número 842 de 2010.

Persona a la que se cita: representante legal de “C-7 Control y Servicios Celular, Sociedad Limitada”, como parte demandada.

Objeto de la citación: asistir en esa condición a los actos de conciliación y, en su caso, juicio. Y también, si la parte contraria lo pide, y el magistrado-juez lo admite, contestar al interrogatorio que aquella pueda formular.

Lugar en que debe comparecer: en la sede de esta oficina judicial, calle Alfonso I, número 17, planta tercera.

Día y hora en la que debe comparecer: 29 de marzo de 2011, a las diez cuarenta y cinco horas, para el acto de conciliación o de juicio.

Prevenciones legales

1.o La incomparecencia de la demandada, debidamente citada, no impedirá la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía (artículo 83.3 de la Ley de Procedimiento Laboral).

2.o Se le hace saber que la parte demandante ha indicado que acudirá al acto del juicio con abogado para su defensa y/o representación, lo que se le comunica a los efectos oportunos.

3.o Debe asistir al juicio con las pruebas de que intente valerse (artículo 82.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si precisara de alguna otra prueba que requiriera la práctica de alguna diligencia por esta oficina judicial, deberá solicitarla con una antelación de diez días a la fecha señalada para el acto del juicio (artículo 90.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

4.o Se le advierte que la parte actora ha solicitado como pruebas interrogatorio y documental.

Al ostentar la condición de persona jurídica se pone en su conocimiento que será su legal representante, quien deberá comparecer al acto del juicio para la práctica del interrogatorio, siempre que hubiera intervenido en los hechos controvertidos en el proceso. Si quien intervino en los hechos controvertidos no hubiera sido su legal representante, será la persona que tenga conocimiento personal de los hechos quien habrá de comparecer al acto del juicio para la práctica de la prueba (artículo 309.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), sin perjuicio de que si desea que esa persona sea citada por conducto judicial así deberá comunicarlo antes de diez días a la fecha prevista para el juicio.

Su interrogatorio como demandado.

A tal efecto, se le indica que si no comparece, se podrán tener por ciertos los hechos de la demanda en que hubiera intervenido personalmente y le resultaren en todo o en parte perjudiciales (artículo 91.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

La aportación al acto del juicio de los siguientes documentos: lo solicitado en el escrito de demanda.

Se le advierte que si los citados documentos no se aportan al juicio sin mediar causa justificada, podrán estimarse probadas las alegaciones de la parte contraria en relación con la prueba acordada (artículo 94.2 de la Ley de Procedimiento Laboral).

5.o Debe comunicar a esta oficina judicial cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.4, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

6.o También deberá comunicar, y antes de su celebración, la existencia de alguna causa legal que justificara la suspensión de los actos de conciliación y/o de juicio a los que le convoca (artículos 83.1 de la Ley de Procedimiento Laboral y 188 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

En Zaragoza, a 29 de octubre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “C-7 Control y Servicios Celular, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Zaragoza, a 22 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/45.497/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101216-422