Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
16-12-2010

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101216-93

Páginas: 4


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PINTO

RÉGIMEN ECONÓMICO

93
Precio público servicios actividades deportivas

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pinto, en sesión celebrada el día 22 de noviembre de 2010, adoptó acuerdo de establecimiento del precio público número 3.21, por prestación de servicios o realización de actividades deportivas, así como de la norma que lo regula, procediendo por medio del presente a la publicación del acuerdo adoptado, así como de los importes aprobados:

«Primero.—Adoptar acuerdo por la Junta de Gobierno Local de establecimiento del precio público por prestación de los servicios o realización de actividades deportivas, previo dictamen de la Comisión Informativa de Economía, quedando, por consiguiente, derogada la ordenanza del precio público por prestación de los servicios de actividades deportivas, salvo en lo que respecta al cuadro cuarto del artículo tercero, titulado “Tasa entradas eventos deportivos pabellón “Príncipes de Asturias”.

Segundo.—Adoptar acuerdo por la Junta de Gobierno Local mediante el que se apruebe la regulación del precio público número 3.21, por prestación de los servicios o realización de actividades deportivas, cuyo texto consta en el expediente.

Tercero.—Dar a conocer las tarifas y la regulación del precio público por prestación de servicios o realización de actividades deportivas mediante anuncio colocado en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Pinto.

Cuarto.—Dar a conocer las tarifas y la regulación del precio público por prestación de servicios o realización de actividades deportivas mediante anuncio a insertar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Quinto.—Indicar, en la disposición final, la fecha en la que la Junta de Gobierno Local adopta el acuerdo de establecimiento del precio público número 3.21, por prestación de servicios o realización de actividades deportivas, así como de la aprobación de la norma que los regula y la fecha de su entrada en vigor.»

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Lo que se hace público para general conocimiento. Contra el presente acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, cabe el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, de conformidad con los artículos 8, 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

En Pinto, a 23 de noviembre de 2010.—El alcalde, Juan José Martín Nieto.

(03/45.440/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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