Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
16-12-2010

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101216-327

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

327
Demanda 217 de 2010

Doña María del Carmen Quintas Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 217 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Anna Kobylartz, contra la empresa “Las Letras de Echegaray, Sociedad Limitada Laboral”, y “Perro Negro Marketing, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 12 de noviembre de 2010.—Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Dispongo: Decretar la ejecución del fallo de la sentencia dictada en las presentes actuaciones con fecha 2 de julio de 2010, declarando extinguida a partir de esta fecha la relación laboral que ligaba a las partes y condenando a la parte demandada a pagar a la parte actora las siguientes cantidades:

Indemnización: 17.812 euros, correspondiente a trescientos cincuenta y siete días de salario.

Salarios de tramitación: desde el 27 de enero de 2010 hasta el 12 de noviembre de 2010, a razón de un salario día de 50 euros.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá al tiempo de interponer el recurso haber consignado la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en “Banesto”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, número de cuenta 2808/0000/00/0217/10, haciendo constar en el ingreso el tipo de recurso y la fecha de la resolución recurrida.

Así por este mi auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Las Letras de Echegaray, Sociedad Limitada Laboral”, y “Perro Negro Marketing, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID .

En Madrid, a 12 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/44.344/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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