Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 300

Fecha del Boletín 
16-12-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101216-394

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

394
Demanda 632 de 2010

Doña María Isabel García Valero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de refuerzo de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 632 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Hermenegildo Seisdedos Fernández, don Antonio Rayo Durán, don José Alberto Velasco Ruiz, don Khalid El Harrak, don José Velasco Gordillo, don José Antonio Cívicos Bozosa, don Juan Manuel Alonso de la Cruz y don Abdelfettah Tabari, contra la empresa “Pavimentos Convel, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y don Jorge Aguado López-Ramos, sobre despido, en fecha 28 de octubre de 2010 se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Que debo declarar y declaro, de oficio, la nulidad del despido de que fueron objeto los actores don Antonio Rayo Durán, don Hermenegildo Seisdedos Fernández, don Khalid El Harrak, don José Alberto Velasco Ruiz, don Juan Manuel Alonso de la Cruz, don José Antonio Cívicos Bozosa, don José Velasco Gordillo y don Abdelfettah Tabari el día 6 de abril de 2010, y declaro extinguida la relación laboral que vinculaba a los demandantes con la empresa “Pavimentos Convel, Sociedad Limitada”, condenando a la citada empresa demandada a abonar a cada uno de los actores las siguientes cantidades indemnizatorias:

A don Antonio Rayo Durán: 22.055,25 euros (salvo error u omisión).

A don Hermenegildo Seisdedos Fernández: 23.745,07 euros (salvo error u omisión).

A don Khalid El Harrak: 2.205,52 euros (salvo error u omisión).

A don José Alberto Velasco Ruiz: 17.329,12 euros (salvo error u omisión).

A don Juan Manuel Alonso de la Cruz: 21.897,71 euros (salvo error u omisión).

A don José Antonio Cívicos Bozosa: 22.842,93 euros (salvo error u omisión).

A don José Velasco Gordillo: 23.000,47 euros (salvo error u omisión).

A don Abdelfettah Tabari: 1.732,91 euros (salvo error u omisión).

Además, condeno a la empresa demandada a abonar a cada uno de los demandantes los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (6 de abril de 2010) hasta la fecha de la presente sentencia, a razón de un salario de 43,37 euros respecto de don Hermenegildo Seisdedos y a razón de un salario diario de 42,01 euros respecto de los demás, debiendo practicarse el descuento correspondiente en los términos expuestos en el fundamento de derecho séptimo de esta resolución.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que en su caso corresponda al Fondo de Garantía Salarial, de conformidad con el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Se tiene por desistidos a los demandantes de las demandas interpuestas frente a don Jorge Aguado López-Ramos.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pavimentos Convel, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/44.542/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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